¡¡ANTES MORATORIA QUE ALQUILER SOCIAL!!
EL ALQUILER SOCIAL, PARECÍA UNA SALVACIÓN PARA LAS FAMILIAS…
Quien esta inmerso en una situación parecida ya sabe que no es ninguna sorpresa que las entidades bancarias NO QUIERAN RENOVAR EL ALQUILER SOCIAL. La pregunta sería por qué estan obrando de esta forma.
Pero también sabemos por los casos que nos llegan de todo el país que las mismas entidades financieras están dando estas DOS OPCIONES como ÚNICA solución a los impagos hipotecarios o el lanzamiento de la vivienda habitual.
Que curioso que una reivindicación popular cómo la de RECLAMAR LA DACIÓN EN PAGO, ahora haya pasado a ser una herramienta de los bancos para doblegar a las familiar y quedarse con la vivienda.

Sí, esas casas que supuestamente no querían los bancos ni en pintura porqué no eran su negocio decía la prensa cuando precisamente ese es uno de los principales negocios de los bancos con las hipotecas y sobre todo su garantía.
¿ANTES ES MEJOR UNA MORATORIA QUE UN ALQUILER SOCIAL?
Día sí y día también que nos llegan casos de familias afectadas en situación de vulnerabilidad, EUFEMISMO usado también por organizaciones sociales, para esconder la violencia inmobiliaria y económica, que sufren por ser sencillamente POBRES.
A estas familias se les ofrece un ALQUILER SOCIAL ante la alternativa del lanzamiento después que el banco, en algún momento del proceso hipotecario se haya adjudicado la vivienda del deudor.
Además de hacer estragos y estropicios a avalistas y familiares que acaban en pelea, discutidos y sin relación a causa también de la situación tensa económica.

La pregunta que hay que hacerse:
¿POR QUÉ LOS BANCOS Y LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, AL UNÍSONO, SOLO OFRECEN EL ALQUILER SOCIAL Y NO LA MORATORIA DE DESAHUCIO QUE FUNCIONA DESDE EL 2013 AL 2014?
El alquiler social parece que es mucho más favorable al BANCO que a las familias, ¿por qué?
Básicamente porqué con la firma del alquiler social el banco acaba el proceso hipotecario. No sólo adjudicándose la vivienda y tomando posesión de la misma en un mismo acto de la firma del contrato de alquiler.
UN ALQUILER QUE DESPUÉS SE CONVIERTE EN UN ALQUILER NO SOCIAL.
El auto de posesión del juzgado se vuelve «AMISTOSO» pues es la misma familia la que RENUNCIA a su propiedad jurídica de la que fue su vivienda a cambio de ese CONTRATO DE ARRENDAMIENTO «SOCIAL» por una sola vez, sino cambian las leyes.
Hasta la entrada en vigor de la modificación de la LAU del 2019 eran 3 años de contrato. Lo que ha hecho que miles de familias con DACIÓN EN PAGO y alquileres sociales se han encontrado de patitas en la calle porqué los bancos no tienen la OBLIGACIÓN DE RENOVAR dichos contratos.
¡NO LO SABÍAN, ES INCREÍBLE!
Hay organizaciones sociales que deberían de responder también por este fiasco. Pero después de todo, se consideran UNA OBRA SOCIAL, menudo chiste.
Y además, lo más importante para los bancos, será que habrá una cláusula en el contrato de la dación en pago, que diga que la familia renuncia a cualquier reclamación contra el banco de la anterior ejecución hipotecaria. Y aquí vienen las CLAUSULAS ABUSIVAS.
Hay miles de hogares hoy que se arrepienten de haber entregado la vivienda al banco voluntariamente. De hecho si estas en esta situación, ANTES CONSULTA CON NOSOTROS, SIN COMPROMISO.
Por que…
OTRA FORMA DE HACER DERECHO, ¡ES POSIBLE!
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