CORONAVIRUS: ¿qué hacer ante la indefensión del cierre y acceso de los afectados a sus juzgados para defenderse ?
LOS JUZGADOS Y EL CORONAVIRUS
Hemos recibido muchos correos electrónicos en los que muchas familias se quejan. El Estado de Alarma desde su inicio ha afectado a muchas de estas familias. A las que sólo se les da acceso a ellos a través de cita previa o bien por via telefónica.
Si hacemos la suma de todo, la indefensión es total porque muchas veces las incidencias y problemas se han resuelto de forma verbal con un funcionario en el mostrador del juzgado de turno. La desesperación de las familias no puede depender de una llamada telefónica de la cual el registro, aunque posible, no tiene validez jurídica.

¿QUE HACER ante esta indefensión?
Falta de información en los juzgados sobre los procesos judiciales. Recomendaciones y pautas de actuación.
👉🏼Varios usuarios de la Administración de Justicia nos han remitido quejas relativas a que desde los juzgados no se está permitiendo el acceso a las personas afectadas con la excusa de la prevención contra el coronavirus.
👉🏼El personal de los juzgados remite a quien consulta a que manifieste sus dudas telefónicamente, y en consecuencia, se fíe de lo que se le informe por este canal, que no deja ninguna constancia de dicha comunicación.
👉🏼Esto puede poner en peligro la situación de muchas familias que dependen del resultado de las actuaciones judiciales, especialmente en temas como vivienda, empleo o sanciones de la Administración.
👉🏼El apartado I de la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia establece el derecho a conocer el contenido y estado de los procesos en los que tenga interés legítimo de acuerdo con lo dispuesto en las leyes procesales.
👉🏼Recomendación: al estar impedido el acceso a las personas usuarias de la Administración de Justicia a los edificios de juzgados y tribunales de España, recomendamos que bajo ningún concepto se realicen consultas telefónicas a los juzgados, debiendo ser sustituidas por medios que garanticen la recepción y constancia de la consulta. A estos efectos, lo más eficaz para poder evidenciar circunstancias de indefensión, es dirigirse a los juzgados por medio de correo electrónico, debiendo guardarse este envío en un lugar seguro.
👉🏼El Consejo General del Poder Judicial ofrece en su web direcciones de correo de todos los Juzgados y Tribunales de España, en este enlace: http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Directorio/Directorio-de-Organos-Judiciales/

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