Endesa vuelve a calcular sin acta: frenamos otra refacturación injusta

Cuando la distribuidora calcula a su favor y olvida las pruebas… nosotros las exigimos

En Abogados Low Cost AG defendemos cada día a familias que reciben “regularizaciones” por presunto fraude eléctrico sin pruebas independientes. En este caso —doble acometida— la compañía pretendía refacturar 33.213 kWh aplicando un método que infla el consumo, a pesar de que los Servicios Territoriales requirieron el acta del organismo de control y no fue aportada. Gracias a nuestra reclamación, se impuso un recálculo conforme a la ley: 12.596,5 kWh. Menos ruido, más Derecho.

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¿Qué es una “doble acometida” y por qué no siempre hay fraude?

Una doble acometida es la existencia de dos puntos de conexión a la red desde una misma instalación. Puede generar anomalías en el registro de consumos, pero no equivale a fraude. Para afirmar un acceso indebido o manipulación, la ley exige pruebas técnicas y un acta del organismo de control que lo certifique. Sin acta, la acusación es una hipótesis, no un hecho.

«Las fotografías aportadas por la empresa distribuidora, así como el registro histórico de lecturas y consumos, reafirman la información facilitada. Esta situación habilita a la compañía, según el artículo 87 del Real Decreto 1955/2000, a poder cortar cautelarmente el suministro y emitir una refacturación para recuperar la energía supuestamente consumida y no facturada.

No obstante, con fecha 23/07/2025, estos Servicios Territoriales requirieron a la empresa distribuidora el acta del organismo de control, sin la cual no puede probarse el grosor del cable de la doble acometida. La empresa distribuidora no aportó el documento requerido y, con fecha 13/08/2025, estos mismos Servicios Territoriales solicitaron la revisión del cálculo de la energía a refacturar, de manera que se realizara considerando la potencia contratada y no el grosor del cable. La modificación del cálculo queda de la siguiente manera:»

Lo que intentaron cobrar: el cálculo “a su manera” refacturación injusta.

En el escrito de la compañía constaba:

  • Periodo: 09/02/2023 a 08/02/2024 (365 días)
  • Horas/día: 6
  • Potencia: 16,905 kW (derivada del grosor de un cable de 10 mm², 73,5 A)
  • Consumo estimado a facturar: 37.022 kWh
  • Consumo ya facturado: 3.809 kWh
  • Consumo a liquidar: 33.213 kWh

Ese método no parte del consumo real ni de la potencia contratada, sino de una suposición técnica (capacidad del cable) que multiplica el resultado. Además, no aportaron el acta del organismo de control sobre la supuesta doble acometida.

Lo que exige la ley: artículo 87 del RD 1955/2000

El art. 87 del Real Decreto 1955/2000 regula las refacturaciones cuando hay defectos de medida. En pocas palabras y para que se entienda:

  • Si falta medida fiable, se puede estimar, pero con criterios objetivos y proporcionales.
  • El cálculo debe basarse en datos reales o verificables (histórico del punto, inspección, potencia contratada…), no en hipótesis que inflen el consumo.
  • Y, sobre todo, si se alega una anomalía grave, debe existir un acta técnica que lo pruebe.

Lo que reclamamos… y GANAMOS

Ante nuestra impugnación, los Servicios Territoriales requirieron el acta. La distribuidora no la aportó. Se ordenó entonces recalcular con el criterio correcto: potencia contratada, no capacidad de cable. Resultado:

  • Potencia contratada: 5,75 kW
  • Horas/día: 6
  • Días: 365
  • Energía a refacturar: 5,75 kW × 6 h × 365 = 12.596,5 kWh

La diferencia es enorme. Y lo más importante: se respetó la legalidad. Siempre defenderemos que, sin pruebas válidas, no hay fraude y que cualquier regularización debe ser proporcional y justificada.

Glosario rápido (para entenderlo sin tecnicismos)

  • Refacturación: nueva factura que emite la compañía para cobrar un supuesto consumo “no registrado”.
  • Acta del organismo de control: documento técnico independiente que acredita una anomalía grave. Sin acta, hay duda razonable.
  • Potencia contratada: el “tamaño” de tu suministro. Es el dato que debe usarse, no la capacidad teórica del cable.
  • Consumo histórico: tus lecturas reales antes y después. Es la base más justa para cualquier regularización.

¿Te reclaman una regularización por “doble acometida” o “fraude”?

  • Pide copia del acta, del informe y de las fotos del contador (con número visible).
  • Exige cálculo con potencia contratada y consumo histórico, no con fórmulas infladas.
  • Solicita suspensión del cobro mientras se revisa tu reclamación ante Industria/Energía.
  • Si no responden o persisten, contacta con nosotros. Llevamos muchos casos y sabemos cómo frenarlo.

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