Sustracción internacional de menores: cómo impedir que se lleven a tus hijos fuera de España
Andrés Giordana · Abogado colegiado ICAB · Actualizado: mayo 2026 · Consulta gratuita sin compromiso
La sustracción internacional de menores es una de las situaciones más angustiosas que puede vivir un progenitor. Ocurre cuando el otro progenitor traslada o retiene al hijo en otro país sin tu consentimiento y sin autorización judicial. Sin embargo, España cuenta con mecanismos legales muy efectivos para recuperar a tus hijos y para impedir que salgan del territorio nacional. En este artículo te explicamos qué es, qué dice la ley y qué pasos puedes dar hoy mismo.
Qué es la sustracción internacional de menores y cuándo se aplica
Se considera sustracción internacional de menores cuando uno de los progenitores traslada al hijo a otro país sin el consentimiento del otro, o lo retiene en el extranjero más allá del tiempo acordado. Además, también se produce cuando el menor ya está fuera de España y el progenitor que permanece aquí quiere que lo devuelvan. El marco legal que regula estos casos es el Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980, ratificado por más de 100 países, incluida España.
El Convenio establece un procedimiento de restitución urgente: el menor debe ser devuelto a su país de residencia habitual en el menor tiempo posible. Sin embargo, existen excepciones importantes. El artículo 13 del Convenio permite denegar la restitución cuando existe un riesgo grave para el menor, cuando el propio menor se opone teniendo edad y madurez suficiente, o cuando ya ha pasado más de un año desde el traslado y el menor se ha integrado plenamente en su nuevo entorno. Por eso, la rapidez en actuar es fundamental.
Cómo impedir que se lleven a tus hijos: medidas cautelares urgentes
Si el otro progenitor tiene intención de llevarse al menor al extranjero sin tu permiso, puedes solicitar al juzgado medidas cautelares de forma urgente. En primer lugar, el juez puede ordenar la retirada del pasaporte del menor. Además, puede prohibir expresamente la salida del menor de España, con anotación en el Registro Civil y comunicación directa a las autoridades fronterizas. Por otro lado, si el menor ya ha salido del país, puedes activar el procedimiento de restitución a través de la Autoridad Central española, dependiente del Ministerio de Justicia.
- Solicitud de medidas cautelares urgentes ante el juzgado de familia.
- Prohibición de salida del menor del territorio nacional.
- Retirada del pasaporte y documento de identidad del menor.
- Activación del Convenio de La Haya si el menor ya está en el extranjero.
- Denuncia penal por sustracción de menores (art. 225 bis del Código Penal).
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Caso real: conseguimos que la madre se quedara con sus hijos en España
Recientemente hemos resuelto con éxito un caso de sustracción internacional de menores en el que el juzgado denegó la restitución de los menores a Chile. El tribunal aplicó las excepciones previstas en los artículos 12 y 13 del Convenio de La Haya y entendió que, aunque la retención inicial fue declarada ilícita, con el paso del tiempo había dejado de serlo al concurrir las causas de excepción previstas en la norma internacional. En consecuencia, los menores permanecen en España junto a su madre.
Este resultado demuestra que, aunque el otro progenitor haya iniciado un procedimiento de restitución desde el extranjero, existen argumentos jurídicos sólidos para oponerse y ganar. Por tanto, si te encuentras en una situación similar, no des nada por perdido. Igualmente, si quieres prevenir que te pase esto, actúa antes de que ocurra y consulta con un abogado especializado cuanto antes.
El artículo 225 bis del Código Penal: responsabilidad penal del progenitor
El artículo 225 bis del Código Penal tipifica como delito la sustracción internacional de menores cometida por uno de los progenitores. La pena prevista oscila entre dos y cuatro años de prisión. Igualmente, se considera delito tanto el traslado del menor sin consentimiento como su retención fuera del lugar de residencia habitual. Por tanto, además de la vía civil del Convenio de La Haya, tienes la posibilidad de presentar denuncia penal en España para proteger a tus hijos y exigir responsabilidades al progenitor que actúa de forma ilícita.
Qué documentos necesitas para actuar con rapidez
Para iniciar el procedimiento de forma efectiva, conviene tener preparada la documentación básica desde el primer momento. En primer lugar necesitas el libro de familia o certificado de nacimiento del menor. Además, cualquier resolución judicial previa sobre custodia o régimen de visitas es fundamental. Por otro lado, los mensajes, correos o cualquier prueba de que el otro progenitor tiene intención de llevarse al menor refuerzan considerablemente tu posición. En definitiva, cuanta más documentación aportes desde el inicio, más rápido actúa el juzgado.
Preguntas frecuentes
¿Qué hago si creo que el otro progenitor va a llevarse a mi hijo al extranjero?
Actúa de inmediato. Puedes solicitar al juzgado de familia medidas cautelares urgentes para prohibir la salida del menor de España y retirarle el pasaporte. Además, puedes interponer denuncia penal. Cuanto antes actúes, más fácil es conseguir la protección judicial del menor antes de que se produzca el traslado.
¿El Convenio de La Haya obliga siempre a devolver al menor?
No siempre. El artículo 13 del Convenio establece excepciones que permiten denegar la restitución. Entre ellas destacan el riesgo grave para el menor, la oposición del propio menor si tiene edad y madurez suficiente, y la integración del menor en su nuevo entorno cuando ha pasado más de un año. Un abogado especializado puede identificar y argumentar estas excepciones ante el juez.
¿Cuánto tiempo tengo para actuar si ya se han llevado a mi hijo?
El Convenio de La Haya establece que si solicitas la restitución dentro del primer año desde el traslado ilícito, el juez está obligado a ordenar el retorno inmediato. Sin embargo, pasado ese año, el menor puede haber generado vínculos en su nuevo entorno y la restitución puede ser más difícil. Por tanto, actúa cuanto antes: cada día cuenta.
¿Puedo oponerme si el otro progenitor pide la restitución desde el extranjero?
Sí. Si recibes una reclamación de restitución desde otro país, tienes derecho a oponerte alegando las excepciones del Convenio. Puedes demostrar que el traslado estaba justificado, que el retorno supondría un riesgo para el menor, o que el menor ya está integrado en España. Cada caso tiene sus particularidades y merece un análisis jurídico individualizado.
Consulta gratuita — sin compromiso
Silvia Monfort: 661 34 91 20 │ Andrés Giordana: 603 78 38 64
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