Sustracción internacional de menores: qué es el Convenio de La Haya y cómo defenderte si te reclaman a tus hijos

Andrés Giordana · Abogado colegiado ICAB · Actualizado: mayo 2026 · Consulta gratuita sin compromiso

¿Sabías que el Ministerio de Justicia puede presentar una demanda contra ti para obligarte a devolver a tus hijos a otro país? Ocurre más de lo que imaginas. La sustracción internacional de menores es uno de los procedimientos judiciales más complejos y urgentes que existen en derecho de familia. En este artículo te explicamos cómo funciona el Convenio de La Haya, qué argumentos pueden salvarte y qué ocurre cuando un tribunal español deniega la restitución de los menores.

Qué es el Convenio de La Haya sobre sustracción internacional de menores

El Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores es un tratado internacional que obliga a los países firmantes a colaborar para devolver a los menores que han sido trasladados o retenidos de forma ilícita fuera de su país de residencia habitual. España es país firmante, al igual que Chile, Argentina, México y la mayoría de países europeos y latinoamericanos.

El mecanismo funciona así: cuando un progenitor considera que el otro ha trasladado o retenido ilícitamente a los hijos comunes en otro país, puede presentar una solicitud ante la Autoridad Central de su país. En España, esa autoridad es el Ministerio de Justicia, que actúa a través del Abogado del Estado. Por tanto, en estos procedimientos te puedes encontrar con el Estado español como parte contraria, exigiendo que devuelvas a tus hijos.

Sin embargo, el Convenio no es absoluto. Existen excepciones expresamente recogidas en sus artículos 12 y 13 que permiten denegar la restitución. Por eso, contar con un abogado especializado que conozca estas excepciones y sepa argumentarlas ante el juez es fundamental para el resultado del proceso.

El caso real: una madre consigue que sus hijos se queden en España

Elena —nombre ficticio— viajó a España con sus dos hijos menores con permiso del padre y con compromiso de regreso a Chile en diciembre de 2023. Sin embargo, decidió quedarse. El padre, a través del Ministerio de Justicia español vía Convenio de La Haya, presentó una demanda de restitución para que los menores fueran devueltos a Chile. Elena se enfrentaba a perder a sus hijos si el juez estimaba la demanda.

Desde nuestro despacho asumimos su defensa y construimos una estrategia basada en tres argumentos clave: primero, que el padre no ejercía la custodia de forma efectiva en el momento del traslado según el derecho chileno. Segundo, que había transcurrido más de un año desde la retención y los menores estaban plenamente integrados en España, escolarizados y con arraigo. Tercero, que devolver a los menores a Chile supondría un riesgo real para ellos, ya que ninguno de sus progenitores residía allí de forma estable.

Además, acreditamos que el propio padre había participado en un procedimiento de medidas paternofiliales en España sin impugnar la competencia de los tribunales españoles, lo que implicaba un reconocimiento implícito del cambio de residencia. En consecuencia, el juzgado de Tarragona dictó sentencia denegando la restitución de los menores a Chile. Los niños se quedan en España con su madre.

Qué argumentos permiten denegar la restitución de los menores

El Convenio de La Haya establece en su artículo 13 varias excepciones que permiten al juez denegar la restitución aunque se haya producido una retención ilícita. Conocerlas y argumentarlas correctamente es la clave de la defensa.

  • El progenitor reclamante no ejercía la custodia de forma efectiva — si en el momento del traslado el padre o la madre que reclama no ejercía realmente la custodia según el derecho del país de origen, el juez puede denegar la restitución.
  • Ha transcurrido más de un año y el menor está integrado — el artículo 12 del Convenio establece que si ha pasado más de un año desde la retención y el menor está integrado en su nuevo entorno, el juez puede denegar el retorno aunque la retención fuera ilícita.
  • Riesgo físico o psíquico para el menor — el artículo 13 b) permite denegar la restitución si existe un grave riesgo de que el regreso exponga al menor a un peligro físico o psíquico o lo coloque en una situación intolerable.
  • El propio menor se opone — cuando el menor ha alcanzado una edad y madurez suficientes, el juez puede tener en cuenta su opinión para denegar la restitución.

El tiempo es crítico: tienes muy poco margen para actuar

Estos procedimientos son urgentes por ley. El juez debe resolver en un plazo máximo de seis semanas desde la presentación de la demanda. Por eso, si recibes una notificación de demanda de restitución de menores, debes contactar con un abogado especializado de forma inmediata. Cada día cuenta y la calidad de la defensa desde el primer momento determina el resultado.

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si no respondo a la demanda de restitución de menores?

Si no contestas a la demanda en el plazo establecido, el juez puede dictar sentencia estimando la restitución sin escuchar tus argumentos. Por tanto, es imprescindible comparecer y presentar oposición con argumentos jurídicos sólidos desde el primer momento. No responder no paraliza el proceso: lo acelera en tu contra.

¿Puede el juez español denegar la restitución aunque haya retención ilícita?

Sí. El Convenio de La Haya establece excepciones expresas que permiten denegar la restitución incluso cuando la retención fue ilícita. La integración del menor en España, la falta de custodia efectiva del progenitor reclamante o el riesgo para el menor son causas reconocidas por los tribunales españoles para denegar el retorno.

¿Qué diferencia hay entre la restitución del Convenio de La Haya y la custodia?

Son procedimientos completamente distintos. El procedimiento del Convenio de La Haya solo decide si el menor debe regresar al país de origen, no quién tiene la custodia. La custodia se decide en un procedimiento separado de medidas paternofiliales. Por tanto, ganar la restitución no significa ganar la custodia, y viceversa.

¿Cuánto tiempo tiene el juez para resolver una demanda de restitución de menores?

El procedimiento es urgente por ley. El juez debe resolver en un máximo de seis semanas desde la presentación de la demanda según los artículos 778 quáter a 778 sexies de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Además, el recurso de apelación tiene tramitación preferente. Por eso, actuar con rapidez y con defensa especializada desde el primer momento es absolutamente imprescindible.

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