Influencers, nueva ley que los regulan.

La nueva Ley para regular las actividades de los influencers.

La Ley regulará algunos aspectos de este nuevo colectivo, y aunque aun existen vacíos legales, ya empieza a regularizar los puntos más importantes.

Esta ley lo que primero que hace es estipular un nombre legal, y quiere que se les denomine «PRESTADORES DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL». Eso hace que haya mayor transparencia en los artículos o servicios que promocionan y en los regalos que reciben. INFLUENCERS. 

Ser INFLUENCER es una nueva ocupación profesional. Aunque tiene muchos aspectos que falta regular, como ya hemos avanzado. Eso es algo con lo que la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia quiere acabar con la redacción de una ley que incluya estas actividades en el marco de la comunicación audiovisual. Esto es algo que afectaría a los comportamientos en redes de personajes famosos y demás prescriptores con miles de seguidores.

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LAS REDES SOCIALES se han convertido en una fantástica plataforma de promoción para todo tipo de marcas y empresas.

Esta Ley está en fase de anteproyecto y la prepara la CNMC, pero quiere que se defina un nuevo nombre para estos personajes «famosos» como: «PRESTADORES DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL», y la normativa que deban seguir se incluya en la LEY DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

El incumplimiento de la nueva normativa aporta como sanciones para los INFLUENCERS de hasta 30.000 euros. Además, una vez haya salido adelante, la norma también se encargará de controlar que los productos o servicios que anuncien dichos INFLUENCERS sean de calidad y no resulten engañosos o perjudiciales para el consumidor.

Otro de los puntos que se añadirán es que las estrellas de internet que se presten a estas actividades deberán declarar a Hacienda los regalos que reciban de las marcas a cambio de su promoción.

Si eres INFLUENCER seguro que este artículo te ha interesado, y si tienes contratado alguno también, desde ABOGADOSLOWCOSTAG.COM te informamos de todos los nuevos avances en temas legales que están a la orden del día.

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¿Estafa por internet?

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Tal y como dice el artículo 248 del Código Penal, «… comete estafa el que, con ánimo de lucro, utilice engaño bastante para producir error en otro, introduciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno». Y sigue… «también lo comete el que, con ánimo de lucro, y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consiga la transferencia NO CONSENTIDA de cualquier activo patrimonial en perjuicio de tercero. Así como los que fabriquen introduzcan, posean o faciliten programas de ordenador específicamente destinados a la comisión de las estafas». ESTAFA POR INTERNET.

Se considera «delito de estafa cuando la cuantía de lo defraudado excede de los 400 euros. Si el valor de lo estafado es inferior a 400 euros estaremos ante una falta de estafa.»

Los estafadores estudian a sus víctimas, y buscan a las que pueden ser más vulnerables, así, las víctimas favoritas de los timadores solían ser los turistas, pero en la actualidad estos casos suelen darse en la gente mayor, principalmente, y en segundo lugar los desempleados o personas que tiene más necesidades económicas. Siendo otra de las razones principales del aumento de estos engaños la actual crisis económica.

Muchos sienten vergüenza por haber sido engañados y no solo denuncian, sino que no le cuentan a nadie lo sucedido, quedando la conducta del timador IMPUNE.

LA ESTAFA DEL TIMADOR QUEDARÁ IMPUNE SIEMPRE QUE NO SE DENUNCIE. 

Las cifras reales de la comisión de este tipo de delitos son muy difíciles de averiguar, ya que los timados suelen tener bastante miedo o vergüenza a denunciar.

En relación a las estafas por internet, algunas personas mayores tienen problemas para recordar detalles sobre los ataques, o no disponen de suficientes conocimientos para explicar la naturaleza técnica de los hechos.

Los timos tradicionales conviven con los nuevos, por lo que hay que estar siempre alerta.

Además, es muy importante recordar la importancia de FORMULAR LA DENUNCIA. Y sobretodo, consultar con un abogado para poder llevar a buen fin la reclamación de la denuncia a la aseguradora.

EL PERFIL DEL ESTAFADOR.

Con la experiencia que hemos tenido, el perfil del estafador NO SUELE ACTUAR SOLO. Usualmente actúan entre dos y tres personas, compinchadas, y la idea es la de obtener dinero en metálico en acto. Suele ser muy educados, con buena presencia, hablar con seguridad y se ganan pronto la confianza de su víctima.

Es gente profesional que se suele especializar en estafas y timos predeterminados, por lo que realizan su trabajo de una forma mecánica y muy convincente.

En gran cantidad de ocasiones son desconocidos de la víctima, y desaparecen de la zona o municipio después de cometer la estafa.

CÓMO ACTUAR EN CASO DE SUFRIR UNA ESTAFA POR INTERNET. 

Si has sufrido una estafa por internet, no lo dudes y contáctanos. Para ello tan solo tienes que rellenar el siguiente formulario de contacto que hay a continuación. Es totalmente privado.

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Derecho de retracto. NOVEDADES

OBTENEMOS EL IMPORTE DE UNA VENTA INDIVIDUALIZADA, DE UNA VENTA EN GLOBO. (Derecho de retracto). 

De nuevo, obtenemos el PRECIO por el cual se ha CEDIDO(vendido) un préstamo personal. Derecho de retracto. 

El derecho de la información contra las advertencias que hacen los notarios en las escrituras. Derecho de retracto. 

Ahora tenemos la prueba de lo que veníamos denunciando. Los fondos buitre siempre intentan ocultar el precio individualizado por las que compran los derechos de crédito de las familias. Tal y como se expone en esta escritura notarial, (fotografía de la portada) este notario es el que advierte que esta información no puede utilizarse para ningún fin distinto a que no sea una reclamación judicial de la deuda. Derecho de retracto.

Comúnmente, cuando se hacen estas ventas a fondos buitre, toda la información se encuentra comprimida en unos Cd´s. Esta información esta guardada por lo visto en las mismas notarias bajo 7 llaves. Es el mismo notario el que extrae la información mínima indispensable para que el fondo buitre pueda reclamar judicialmente, dando FE del resto de los datos.

Nuestras preguntas son:

¿un notario tiene más importancia que un juez?

¿pueden los notarios estar por encima de la ley?

Y si la agencia tributaria requiriera esta información, ¿el notario la negaría?

Este bufete, ¿estaría incumpliendo las advertencias del notario al ponerlo a la web?

Esta última pregunta SI LA RESPONDEREMOS.

NOS DA EXACTAMENTE IGUAL LAS ADVERTENCIAS DEL NOTARIO.

Este bufete no tiene ninguna prohibición judicial para publicar esta información en nuestra web.

Creemos firmemente que esta clase de notarios se están extralimitando en las funciones que por Ley le corresponden. Los notarios no están por encima de la ley y no pueden prohibir la publicación de información.

El derecho a la información es un derecho recogido constitucionalmente. Si bien no somos un medio periodístico, nuestro blog se caracteriza por brindar información a una pluralidad de lectores. Información responsable, información seria e información veraz.

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Es necesario que nos informemos bien sobre el derecho de retracto, las ventas en globo que han realizado las financieras, así como poder obtener el precio CONCRETO e individualizado por el cual han vendido nuestras viviendas sin saberlo.

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