UNA SRA. ATROPELLA UN CAMIÓN DE 40 TONELADAS

LOS MOSSOS D´ESQUADRA, COMO NO ENCUENTRAN LA LÓGICA AL ACCIDENTE,  ATRIBUYEN LA CULPA A UNA SRA. DE 60 AÑOS.

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Todo empezó cuando la Sra. de 60 años, se disponía a ir a buscar a su nieta al colegio. La mujer, salió de su casa como cada día, y se dispuso a cruzar el paso de peatones que atraviesa la carretera principal de su pueblo.

Y como es eso, una carretera principal, en donde acostumbra a tener bastante tráfico, hay un paso de peatones que, lejos de ser pequeño, es de más de 20m de largo, y tiene una visibilidad completa, a continuación os mostraremos la fotografía.

LUGAR DE LOS HECHOS.

Como se puede comprobar en la fotografía, desde donde se encontraba la Sra. era totalmente más que VISIBLE por cualquier conductor, incluso en ambos sentidos de la marcha.

Hay que recordar que la velocidad máxima autorizada en esta clase de vías, además de estar bien señalizada, es de 50km/h para TURISMOS.

Y también añadir una nota en referencia a TRÁFICO, y es que «cuando se atraviesa un paso de peatones, hay que AMINORAR LA VELOCIDAD y frenar si hay algún peatón en él que se disponga a cruzar, o SÓLO CON INTENCIÓN DE CRUZARLO.»

Son normas BÁSICAS de circulación y cualquier persona que se haya sacado el carnet de conducir, SABE QUE ES LO QUE HAY QUE HACER EN ESTOS CASOS.

QUE ES CEDER EL PASO!

En fin, lejos de todo esto, y haciendo caso omiso de las normas de circulación y del sentido común. Nos hemos encontrado que:

  • PRIMERO: Los Mossos d´ Esquadra no realizaron ningún informe de velocidad. Es decir, no midieron nada. 
  • SEGUNDO: Como no sacaron nada en claro, de cómo transcurrió el accidente, LE DAN LA CULPA TOTALMENTE A LA SEÑORA. 
  • DIRECTAMENTE LA SRA. ATROPELLÓ AL CAMIÓN. 

  • LA SRA. IMPACTÓ CONTRA EL CAMIÓN. (como se escuchará en el juicio)

No contentos con el informe, la compañía de seguros GENERALI, no vaya a ser que la Sra., que después de 4 años, aun se recupera de las secuelas del accidente, va y GENERALI le pide que pague las COSTAS en abogados que ha causado la Sra. a la compañía.

Pobre GENERALI!!! Cómo se atreve una Sra. hacerle gastar un dineral en abogados.!!

YA TIENE RAZÓN EL ANUNCIO DE GENERALI….

GENERALI, EL LEÓN DE LOS SEGUROS. Se comió a la pobre mujer. 

Ya es que, el caso me indigna!

En fin, vamos a seguir contando el caso.

Los Mossos d´ Esquadra, realizan un informe policial que, deja a la Sra. totalmente expuesta. Además de que a día del juicio, aun no se aclaran qué es lo que ha ocurrido en el accidente, y ESTO ES REALMENTE LO ABSURDO.

Cómo pueden declarar que la CULPA ES DE LA SRA???????

Pues sí, y no solo lo declaran sino que además, la Jueza, lejos de pensar por ella solita, les da la razón. ¡¡¿Para qué va a trabajar?!! y a darle vueltas a un caso que para ella estará encima de la mesa apenas una hora.

ASÍ VA LA JUSTICIA. 

Después del desastre y el bochornoso escándalo de los Jueces del Tribunal Supremo, no sé cómo me sorprendo de este estropicio.

Y para no dejar a nadie con mal sabor de boca, os pongo aquí el enlace al video del Juicio de esta pobre Sra. que tuvo la mala suerte de toparse con gente que nada tienen de profesionales ni de tener un ápice de empatía.

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Y digo esto con conocimiento de causa. Tan sólo habría que hacerle una pregunta a las personas que en el juicio han declarado, y a la Jueza. Algo tan simple como preguntar:

Si esa Sra. hubiese sido tu madre, ¿habrías tomado la misma decisión y hubieses tenido la misma dejadez?

Estoy seguro de que ahí, la respuesta y el final de este triste episodio hubiese sido otro.

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¿QUÉ HAGO AL TENER UN ACCIDENTE DE TRÁFICO?

¿CÓMO PUEDO RECLAMAR INDEMNIZACIÓN?

Cuando tenemos un accidente de tráfico en lo último que pensamos en el dinero. Pero en realidad deberíamos de prestarle un poco más de atención.

¿Por qué decimos esto?

Básicamente por que cada día que pasa, vemos más injusticias en accidentes de tráfico, donde las mutuas se niegan a indemnizar a sus abonados.

ACCIDENTE DE TRÁFICO
Luego ¿Qué debemos hacer ante un accidente de tráfico?

Primeramente esta claro, recuperarnos, pero mientras, estaría bien que alguien tome las riendas por nosotros y consulte con un abogado. Nosotros vemos casos continuamente e incluso recientemente hemos tenido una indemnización de casi 260.000€ que hemos explicado en un post reciente.

Hay que tener clara una frase: «LA PALABRA DE LA POLICIA NO ES PALABRA SANTA»

Incluso ellos pueden equivocarse y es que no dejan de ser personas. Puede darse que justo ese fatídico día tengamos la «mala» suerte de encontrarnos con personas incompetentes que hagan un informe mal redactado, sin ninguna clase de dato relevante o que incluso nos den a nosotros la culpa siendo los agraviados. Como es el caso que les voy a contar a continuación:

Para situarnos: Entrada a poblado, velocidad máxima de 50 km/h, gran paso de cebra con visibilidad máxima.

¿Qué sucede?

En el paso de peatones hay una mujer de unos 60 años, que va a buscar a su nieta a la parada de bus que hay justo al otro lado.

En la misma vía, que justo es la entrada al pueblo, entra un vehículo articulado de unas 40 toneladas y 16 metros de largo que atraviesa por el paso peatonal a 50km/h y se lleva con la parte lateral final del vehículo la señora, destrozándole la cara y creándole múltiples fracturas y contusiones.

¿Qué es lo que escriben los agentes en el informe policial del accidente?

Que la Señora se tiró al camión. Qué no saben lo que ocurrió y que es un accidente inusual.

LA REALIDAD

La señora de 60 años va a buscar a su nieta, se dispone a cruzar por el paso de peatones. Y como ve que hay tráfico, se para.

El camión de 40 toneladas y 16 metros de largo, pasa a 50km/h sin reducir la velocidad.. además de que va cargado hasta los topes.

En consecuencia, no para, ni puede frenar el camión a tiempo, con lo que mira por el retrovisor y ve como se lleva a la señora por delante.

Lo que ha ocurrido verdaderamente, es que la velocidad era demasiado elevada, y ha succionado a la señora de 60 años y 60 kilos de peso. POR LÓGICA PURA Y APLASTANTE. 

LO QUE OCURRE EN LOS JUZGADOS

La Mutua se niega a darle la indemnización de 13.000€ a la Sra. alegando que ella se tiró al camión creando el accidente.

El informe policial del accidente, no aclara nada, tan solo que la Sra  se encontraba en el paso de peatones y que no se explican COMO sucedió.

SENTENCIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: 

La señora es la única culpable de haber creado el accidente. Con lo que no le dan ninguna indemnización y además la condenan a costas procesales.

NUESTRA ACTUACIÓN

APELACIÓN A LA AUDIENCIA PROVINCIAL para subsanar este desastre judicial, por llamarlo de alguna forma.

No solo creemos que la indemnización es irrisoria para los daños causados a la Sra de 60 años de edad, sino que además tener que pagar costas ya es el colmo.

Con este artículo queremos dejar clara la frase: «LA PALABRA DE LA POLICIA NO ES PALABRA SANTA», refiriéndonos a que, a veces un informe policial mal elaborado o con mala gana.. puede hacer mucho daño a una persona y su familia.

Por eso recomendamos ponerse en contacto en cuanto se pueda con un abogado, quién les ayudará a enfocar el caso y a poder actuar en consecuencia.

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