DOCUMENTACIÓN PARA OBTENER LA VULNERABILIDAD ECONÓMICA.

La Documentación que debes aportar para acreditar la vulnerabilidad económica por Coronavirus en la suspensión de desahucios. 

Para poder acreditar la «vulnerabilidad económica por Coronavirus y poder acceder a suspender un desahucio» deberemos de tener en cuenta:

Aunque todo esta dispuesto en el Real Decreto-Ley 11/2020 del 31 de Marzo, en el que se adoptan las medidas urgentes para hacer frente a la pandemia del coronavirus.

Es importante recordar que todas las medidas de «suspensión de los desahucios» estan relacionados con el alquiler de vivienda habitual.

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Y ahora vamos a ver qué necesitamos presentar para poder acreditar la vulnerabilidad económica de nuestra familia para poder parar el desahucio en época de coronavirus.

La regulación de la documentación a presentar, la encontrarás dispuesta en el artículo 6 Del Real Decreto-Ley 11/2020.

En concreto será mediante la presentación de estos documentos que podrás optar a la paralización del desahucio.

En concreto será mediante la presentación de los siguientes documentos:

PRIMERO.- En caso de SITUACION LEGAL DE DESEMPLEO , mediante certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones, en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo.

SEGUNDO.- En caso de CESE DE ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA , mediante certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado

TERCERO.- Para acreditar el NUMERO DE PERSONAS QUE HABITAN EN LA VIVIENDA HABITUAL:

i. Libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho.

ii. Certificado de empadronamiento relativo a las personas empadronadas en la vivienda, con referencia al momento de la presentación de los documentos acreditativos y a los seis meses anteriores.

iii. Declaración de discapacidad, de dependencia o de incapacidad permanente para realizar una actividad laboral.

CUARTO.- TITULARIDAD DE BIENES: nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar.

QUINTO.-DECLARACION RESPONSABLE  del deudor o deudores relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos para considerarse sin recursos económicos suficientes según este real decreto-ley.

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Si el solicitante NO PUDIESE APORTAR ALGUNOS DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS , PODRA SUSTITUIRLO mediante una DECLARACION RESPONSABLE en la que justifique los motivos de ello  y que tienen que relacionados con las consecuencias de la crisis del COVID-19.

Tras la finalización del estado de alarma y sus prórrogas dispondrá del PLAZO DE UN MES para la aportación de los documentos que no hubiese facilitado.

Si estas en esta situación no dudes en reunir la documentación cuanto antes. Como bien sabrás la burocracia es lenta, pero el plato en la mesa nos hace falta todos los días.

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