Casos por los que reclamar DAÑOS Y PERJUICIOS.

LAS RESIDENCIAS Y HOSPITALES  EN EL PUNTO DE MIRA. 

La muerte de nuestros mayores esta siendo una auténtica tragedia. Sobretodo en las Residencias de tercera edad. El fallecimiento de un enfermo a la espera de un respirador en un hospital. La falta de medidas de protección de los sanitarios. La escasez de información de las familias sobre sus seres queridos… y un largo etc son las principales preocupaciones, y lo que se está viviendo ahora mismo en este país.

Frente a estos supuestos, caben reclamaciones que, si bien es cierto, algunas prosperarán y otras no. Pero esta crisis sanitaria a causa del COVID-19 o CORONAVIRUS ha causado estas situaciones derivadas de una gestión improvisada, rápida o ya tardía por parte del gobierno.

Estas reclamaciones prosperarán cuando se acredite el supuesto concreto, el responsable pudo, a pesar del ESTADO DE ALARMA y las circunstancias, haber evitado el daño o disminuido ALGO el riesgo.

QUE MOTIVOS EXISTEN PARA RECLAMAR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS. 

En primer lugar queremos nombrar los casos en que los ancianos han fallecido por abandono en residencias. Podrán reclamar todos aquellos afectados que puedan acreditar la situación de abandono en situación de peligro manifiesto grave.

Será responsable la persona que no socorra al anciano,

ni avise inmediatamente a terceras personas para que lo hagan. En estos casos también se podrá exigir la responsabilidad penal por omisión del deber de socorro, o en su caso, lesiones y homicidio imprudente sin perjuicio de la responsabilidad civil por daños y perjuicios.

ALTAS INDEBIDAS

En segundo caso, hablamos de la LEX ARTIS, que son las ALTAS INDEBIDAS, error de diagnóstico, tratamiento inadecuado, falta de información, demora de intervenciones urgentes, etc..)

En estos casos tendrán derecho a reclamar todos los pacientes de patologías diferentes al CORONAVIRUS, que durante la pandemia no reciban la debida atención médica y sufran una evolución negativa de su enfermedad, como puede pasar con pacientes que tengan problemas de corazón, casos oncológicos, o neurológicos… etc.

A LA ESPERA…

En un tercer caso, quisiéramos nombrar a todos aquellos que han fallecido esperando un respirador o no han sido ingresados en la UCI por una lista de espera mal gestionada dentro de la urgencia.

Se podrá reclamar en los supuestos en los que los pacientes no acceden a la asistencia que deben de tener a pesar de existir posibilidad en ello. Por poner un ejemplo, cuando se podía derivar al paciente a otro centro con más medios, ya fuera a un centro dentro o fuera de la misma comunidad autónoma, o bien fuera un centro privado.

TENER BUENA INFORMACIÓN.

Todos necesitamos saber que todos los centros públicos tienen la obligación de derivar a la sanidad privada a los pacientes críticos que no puedan asumir. La sanidad privada no puede rechazar la asistencia a URGENCIAS, luego tendrá que reclamar los gastos al Servicio de la Comunidad Autónoma que haya decidido la derivación.

Estos supuestos, tan sólo son y serán algunas de las causas por las que se podrán hacer reclamaciones por daños y perjuicios. Si tienes dudas sobre tu caso personal, no dudes en contactarnos.

Tan sólo tienes que rellenar el siguiente formulario de contacto y dejarnos tu mensaje.

OTRA FORMA DE HACER DERECHO, ES POSIBLE! 

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