56- CAIXABANK SIGUE LOS PASOS DEL BBVA

CAIXABANK SE PASA AL PROCEDIMIENTO ORDINARIO.

 QUE ES EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO EN EJECUCIONES HIPOTECARIAS

El BBVA ha sido uno de los primeros en desistir en las ejecuciones hipotecarias y pasarse al «PROCEDIMIENTO ORDINARIO».

Cuando una familia no podía pagar una hipoteca, los bancos  presentaban la demanda en los juzgados y éstos declaraban sobreseimientos de las causas por vencimiento anticipado.

Desde mediados de año que comenzaron a presentar los llamados «PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS». Es decir, que dejaron de presentar las demandas por procedimiento especialmente regulado para los bancos por un procedimiento genérico.

APLICAMOS UNA RECONVENCIÓN DE LA DEMANDA.

Pues bien, a partir de ahora CAIXABANK también esta presentando los llamados «PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS«.

En éstos, nosotros actuamos aplicando una «RECONVENCIÓN DE LA DEMANDA» presentada por el banco.

Viene a ser como si se tratara de una ampliación de la demanda presentada por el banco. Ésta se incorpora en el juicio con todas las cláusulas abusivas que contienen los préstamos hipotecarios.

Las cláusulas abusivas más conocidas como, gastos de constitución de hipoteca, entre los que se encuentran,  gastos de notaria, el impuestos de actos jurídicos documentados  o también llamado AJD, gastos de registro, gastos de tasación, y gestoría.

Además, también incorporamos en dicha contestación a la demanda, la comisión de apertura, donde el porcentaje más común aplicado es del 1% sobre el importe de la hipoteca.

ESTA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA INCORPORA OTRAS CLAUSULAS ABUSIVAS. 

 

Así como también  la cláusula de los «cargos por posiciones deudoras». Que son los cargos fijos que se cobran por el solo hecho de atrasarse un día en el pago de la hipoteca.

Otra de las cláusulas  que incorporamos en la demanda es la llamada del «vencimiento anticipado», para que el banco no pueda reclamar la totalidad de lo que faltaba por amortizar y solo pueda reclamar lo que efectivamente ha vencido y/o se adeuda.

Y por último, entre otras, muy importantes y desconocidas por las familias es la de «cesión de crédito». Esta se trata cuando han vendido su derecho de crédito  a un fondo de titulización, y por lo tanto carece de legitimación activa para reclamara la deuda judicialmente.

En los casos en que hemos ganado la cláusula de «cesión de crédito», han decretado el archivo de la causa y por lo tanto el sobreseimiento del procedimiento judicial.

 

 

 

 

 

 

 

 

51-NUEVA ACTUALIZACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO

ACTUALIZACIÓN PARA LA DEFENSA CONTRA LOS ABUSOS DE LA BANCA EN LOS PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS

Hago este artículo, no para que no me llaméis, al contrario, para seguir aunando esfuerzos y conocimientos y poder solucionar estos temas de CLAUSULAS ABUSIVAS y la centralización de una estrategia  de ideas y recursos para frenar los despropósitos de la banca.

El problema que ahora nos ocupa es «que los bancos presentan JUICIOS  ORDINARIOS en lugar de EJECUCIONES HIPOTECARIAS».

» hemos actualizado nuestro escrito de defensa, para las demandas que fueron presentadas por las entidades financieras a partir del 1 de julio del 2017.

Alegamos como TERCERA CAUSA que el JUEZ PLANTEÉ UNA CUESTIÓN DE PREJUDICIALIDAD ( que el tribunal de Justicia de la Unión Europea determine si alguna normativa nacional contraviene normas Europeas imperativas)  al TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA, basándonos en que el acuerdo adoptado por el CGPJ de ESPAÑA de la creación de Juzgados especializados para las CLAUSULAS ABUSIVAS en contratos de préstamos hipotecarios firmados entre profesionales y consumidores, estaría entrando en COLISIÓN con EL REGLAMENTO 93/13 de la Defensa del Consumidor.

¿Por qué alegamos esto?

Porque la entidad financiera, puede alegar falta de COMPETENCIA MATERIAL en su reclamación por impago de hipoteca ya que existen Juzgados especializados a tal fin.

Es decir, el banco puede acudir a cualquier Juzgado a desahuciar a las familias, en cambio, la familia que quiera denunciar las CLAUSULAS ABUSIVAS, solamente puede acudir al Juzgado Especializado, no pudiéndose alegar CLAUSULAS ABUSIVAS  en OTROS JUZGADOS.

Nosotros entendemos que aquí se da una PARADOJA que se traduce en una grave INDEFENSIÓN para las familias.

Recordemos que nuestra primera causa de oposición es PROCEDIMIENTO INADECUADO. La segunda causa de oposición es CLAUSULAS ABUSIVAS, ambas explicadas en post anterior en nuestra página de ABOGADOSLOWCOSTAG.COM 

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