La estafa de la doble acometida

LAS ELECTRICAS ENGAÑAN CON LAS DOBLE´S ACOMETIDA´S. 

La estafa de la doble acometida, como fraude eléctrico. 

Si bien el fraude eléctrico está contemplado en el artículo 255 del Código Penal, normalmente es aplicado en el caso de instalaciones por plantaciones de marihuana, etc… éstos tipos de casos. Pero ya hace cosa de tres años que ENDESA se dedica a ir familia por familia, vivienda por vivienda a «revisar» si hay o no, dobles acometidas. Eso no esta mal, sino fuera porque ENDESA revisa las viviendas como Pedro por su casa, e incluso cuando no existe doble acometida, inventa una.

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No es el primer caso que nos llega de este tipo, ya que incluso ya existen DOBLES revisiones, en los cuales las familias en cuestión, han sido multadas, pero por el poco importe, han preferido pagar antes que someterse a un juzgado, con los gastos que comportan.

¿Qué pasa ahora? Doble acometida. 

Pues que ENDESA aprovecha que la familia ya ha pagado una vez la multa, ahora revisa de nuevo y ya aplica de nuevo que existe OTRA doble acometida. Y claro, como ya has asumido la «culpa» al pagar la primera multa, digamos que ahora tienes como «antecedentes».

NO ES JUSTO. 

Si ya encontramos a veces casos que son insostenibles, y aun así, ENDESA gana en los juzgados (no todos, claro). Ahora tiene más a favor, cuando nos llegan casos de familias que han pagado la primera multa para evitar el problema, y se encuentran de nuevo con el mismo problema OTRA VEZ.

TAMPOCO ES JUSTO CÓMO SE CALCULA LA MULTA POR UNA DOBLE ACOMETIDA.

Si bien ya es una injusticia todo el tema en sí, además tenemos en contra también el REAL DECRETO 1955/2000 con el que se calcula la multa. Ya que dependiendo la cuantía que quiera recaudar ENDESA, ésta aplica un cálculo u otro para llenarse los bolsillos.

Además, esta aplicación de «multas» a la brava, son ILEGALES, ya que una compañía eléctrica como empresa PRIVADA no puede determinar coste alguno ni cobrar multas por este tipo de actividades sin que lo ordene un juez.

Si estas teniendo un problema como este, no lo dudes y ponte en contacto con nosotros, somos especialistas en el tema. Defenderemos tus derechos como consumidor.

Porque, 

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¡es posible!

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LAS MULTAS DE TRÁFICO…COMO EVITARLAS.

LA INUTILIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: MULTAS DE TRÁFICO. 

LA INOPERANCIA HACE QUE PRESCRIBAN MILES DE MULTAS POR SUERTE   PARA LOS CONDUCTORES. 

 

Y así es, la inoperancia ha llegado tan lejos que ni siquiera te puedas permitir el  «LUJO» de pagar una multa. Para muestra un botón.

El día 14 de diciembre de 2016 en un control rutinario de los Mossos de Esquadra, realizaron una multa  a nuestro cliente por utilizar el móvil mientras conducía.  Y tras casi dos años, y ya totalmente prescrita, se aprecia que a día de hoy en el expediente administrativo de  «Trànsit» consta como enviada a la AEAT para su cobro forzoso.

Y es que la misma Generalitat de Cataluña impide que las puedas pagar, ya que según ellos mismos no te las cobran porque han derivado el pago a la AEAT, tal y como se ve en la fotografía siguiente.

 

CAPTURA DE PANTALLA EN LA ATC DEL MISMO USUARIO.

Ahora si nos remitimos al expediente electrónico de la AEAT, vemos como figura una deuda del IRPF de nuestro cliente, pero no dice nada sobre ninguna multa.

Lo más gracioso es que en febrero del 2017 la Generalitat firmó un convenio con el Estado Español para ser ellos mismos los que gestionaran el cobro de las mismas, como se ve en la fotografía.

En el texto de la noticia advierten que:

 

«La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC), y el Servicio Catalán de Tráfico (STC) han firmado un convenio según el cual la primera se hará cargo de la recaudación ejecutiva de las deudas por sanciones de multas impuestas por Tráfico.

Con la Asunción de esta tarea, que hasta ahora hacía la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), la interlocución entre dos organismos de la misma administración servirá para mejorar la coordinación de las actuaciones ejecutivas dirigidas a los titulares de las deudas e incrementar la eficacia en el cobro de los impagados.

Y así ha sido, ha sido TANTA LA EFICACIA que ni se ve ni se nota en los bolsillos de los contribuyentes por suerte para éstos. 

CAPTURA DE PANTALLA DEL MISMO USUARIO EN LA AEAT.

 

Cómo se  ve en esta última captura de pantalla del mismo usuario, no se aprecia ninguna multa ni ninguna deuda de tráfico.

La interlocución entre estas dos administraciones o va muy lenta, o ni siquiera existe, por suerte para todos. 

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OTRA FORMA DE HACER DERECHO ES POSIBLE. 

 

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