Endesa E-Distribución recibe un golpe magistral (3)

El Departamento de Acció Climatica de la Generalitat de Catalunya da un varapalo genial a Endesa o E-Distribución.

 

Seguimos con la última y tercera parte que viene del artículo de fecha 10 de julio. Tenemos que acabar de mostrar todo lo que que se recogió de nuestros argumentos contra Endesa E-Distribución.

Tal y como se puede ver en las capturas de pantalla del departamento de Acción Climática, para calcular el importe de la energía defraudada se debe de tener en cuenta que  siempre que se trate de un consumidor y éste tenga el contador vigente, debería de aplicarse el CRITERIO OBJETIVO. (Endesa)

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Es decir, hacer una valoración mientras se estaba «enganchado» y los consumos posteriores, cuando ya esta «normalizado» el sistema.

Tal y como puede apreciarse en este caso, los consumos son iguales.

Para más entendimiento, traduciremos estas capturas de pantalla:

«Esta parte reclama la aplicación de criterios objetivos de consumo con carácter prioritario, particularmente si el consumo registrado en el periodo afectado por la liquidación es parecido al posterior a la normalización del equipo de medida, siempre que se mantengan en términos similares las circunstancias de personas que residen en la vivienda y los aparatos eléctricos conectados en el punto de suministro. 

No obstante esto, las distribuidoras aplican por regla general el criterio residual que ofrecen el reglamento para calcular la liquidación, generando facturas por importe muy elevado. 

El debate entorno a esta naturaleza materialmente sancionadora de la liquidación por fraude está relacionada precisamente con aquellos supuestos en que la liquidación de la regla de cálculo  prevista en el artículo 87 mencionado del Real Decreto 1955/2000 determina un consumo molt superior al habitual o al normal en una vivienda, cosa que hace pensar que no pretende únicamente recuperar el consumo indebidamente realizado, sino que tiene además una pretensión correctiva y disuasiva de este tipo de contratos».

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ENDESA Y SUS MULTAS

PASADA LA PANDEMIA, ENDESA VUELVE A LAS SUYAS FACTURANDO  CASI 25.000€ DE LUZ EN UN MES A UNA FAMILIA. 

ASI ES CÓMO ENDESA QUIERE COBRARSE LOS SUPUESTOS FRAUDES DE LUZ. 

Ya es bien conocido que ENDESA se quiere forrar a base de multas que nada tienen que ver con la realidad. Y es que toda esta facturación que se le quiere cobrar a esta familia, no es un consumo real, sino que se trata de el cálculo Del Real Decreto  1955/2000 que dictaminó el Sr. Aznar en su momento para facilitarle éste tipo de facturaciones a ENDESA. E incluso ENDESA amplifica extralimitándose en lo que le permite tal Real Decreto.

Además también decimos SUPUESTAMENTE, ya que no hay pruebas en contra de esta familia, ¡y esto ya pasa de castaño oscuro!

En este caso, y si se fijan en la factura, se puede observar que la facturación es de tan sólo UN MES. Exactamente desde el 27 de abril del 2018 al 14 de abril de 2019. (382 días). Eso es lo que dice exactamente el Real Decreto que hemos comentado en el párrafo anterior. Y el cargo lo facturan tal día como el 22 de mayo de 2020.

REAL DECRETO 1955/2000 en su artículo 87. 

«Otras causas de la suspensión del suministro»: 

La empresa distribuidora podrá interrumpir el suministro de forma inmediata en los siguientes casos: 

a) Cuando se haya realizado un enganche directo sin previo contrato.

b) Cuando se establezcan derivaciones para suministrar energía a una instalación no prevista en el contrato. 

c) Cuando se MANIPULE el equipo de medida o control o se evite su  correcto funcionamiento. 

d) En el caso de instalaciones peligrosas. 

En todos los casos anteriores la interrupción del suministro se LLEVARÁ A CABO POR LA EMPRESA DISTRIBUIDORA y se comunicará a la ADMINISTRACIÓN COMPETENTE, haciéndolo por ESCRITO o por cualquier otro medio aceptado ENTRE LAS PARTES

De no existir criterio objetivo PARA GIRAR LA FACTURACIÓN EN ESTOS SUPUESTOS, la EMPRESA DISTRIBUIDORA la girará FACTURANDO un importe correspondiente a: 

LA POTENCIA CONTRATADA, o que se hubiese debido de contratar, POR SEIS HORAS DE UTILIZACIÓN DIARIAS durante UN AÑO. Todo esto sin perjuicio de las acciones PENALES O CIVILES que se puedan interponer». 

 

Así que ésta familia, gracias a ESTE DECRETAZO de Aznar en su día, se encuentra ahora totalmente indefensa ante un corte de suministro eléctrico, y además con la premisa de tener que pagar los casi 25.000€ en los 20 días que estipula la Ley.

Aquí tenemos un claro ejemplo de LOS ABUSOS DE LAS ELÉCTRICAS con los más vulnerables. De como se atreven a pasar una factura en donde NO HA PASADO ESE «CAUCE» de electricidad, y aun así lo pasan en una sola factura.

Además, también nos hemos encontrado en que otras distribuidoras, lo que hacen es cobrar en varias facturas, emitidas el mismo día, varios importes hasta llegar a la multa calculada al completo. Encontrarás más información en los enlaces que dejamos al final de este escrito.

También recuerda que en esta web, tienes una casilla de BUSCADOR, en donde podrás encontrar todo lo referente a ENDESA escribiendo esta palabra.

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