GANAMOS A E-DISTRIBUCIÓN

CONSEGUIMOS ANULAR UNA RE-FACTURACIÓN POR NO HABERSE ACREDITADO LA DOBLE ACOMETIDA. 

NUESTRO CLIENTE EN CONCRETO HABÍA PAGADO LA MULTA POR LA DOBLE ACOMETIDA, PORQUE LO INCLUYERON EN EL FICHERO DEL ASNEF. 

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en sentencia contenciosa administrativa deL 2013 pasada hacía referencia la manipulación de un contador constatando que cuando existe una doble acometida.

Las pruebas que  se aportan más relevantes son:

  • El acta por el inspector de la suministradora eléctrica
  • La comprobación de la manipulación realizada por el organismo de control y acreditada mediante ACTA de INSPECCIÓN y VERIFICACIÓN.
  • La variación manifiesta NO justificada del consumo en relación a periodos anteriores, es decir, que  el consumo varia entre una época anterior ( mientras está la supuesta doble acometida, el fraude) y la época posterior (consumos ya  en regla).
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El artículo 87 Del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, establece que en relación a la facturación en los siguientes supuestos: 

  • Enganches directos sin contrato previo
  • Si hay derivaciones por el suministro de energía a una instalación no prevista en el contrato
  • En manipulaciones del contador que comporten un INCORRECTO funcionamiento.
  • En el caso de instalaciones peligrosas.
Esta página es la que estamos explicando y por lo tanto traduciendo en este artículo. CONSULTANOS GRATIS, sin cuotas mensuales, ni nada parecido. Gratis es GRATIS.

Que de no existir CRITERIO OBJETIVO para facturar en estos casos, la empresa DISTRIBUIDORA facturará el importe correspondiente al producto de la potencia contratada, o a la que se hubiera tenido que contratar. Esto multiplicado por seis horas de utilización diaria durante un año. Y sin perjuicio de las acciones PENALES o CIVILES que se puedan interponer.

En el supuesto que en este caso nos ocupa, la EMPRESA E-DISTRIBUCIÓN ha aportado fotografías  de las diferencias de medidas entre el contador y el punto de red. Y con ello, considera acreditada el FRAUDE DE FLUIDO ELÉCTRICO. Es decir, la DOBLE ACOMETIDA. 

PERO NO ACREDITA QUE LA PERSONA QUE SE BENEFICIA DE ESTA PERDIDA SEA EL TITULAR DEL CONTRATO DEL PUNTO DE SUMINISTRO. 

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Analizando la documentación que aporta  E-DISTRIBUCIÓN para acreditar la SUPUESTA DOBLE ACOMETIDA, se observa que:

Las fotografías que acompañan con fecha 21.10.2021 NO CERTIFICAN la supuesta manipulación en el contador. NO HAY NINGUNA FOTOGRAFÍA DE LA SUPUESTA DOBLE ACOMETIDA. 

Y al histórico de lecturas y consumos aportado, no se manifiesta una variación NO JUSTIFICADA del consumo en relación con los periodos anterior y posterior a la normalización del suministro.

 

Y POR TANTO, LA DOBLE ACOMETIDA…

SE CONSIDERA que NO HA QUEDADO ACREDITADA LA EXISTENCIA DE UNA MANIPULACIÓN DEL CONTADOR, Y POR LO TANTO DE LA DOBLE ACOMETIDA. Y que ésta no puede reclamar una facturación adicional por la situación detectada. 

Nuestro cliente había pagado la multa, pero nos contrató para seguir el procedimiento y conseguir que le reembolsaran el dinero.

AHORA TENDRÁN QUE DEVOLVERLE EL DINERO CON INTERESES Y PAGAR LA MULTA POR HABERLO INCLUIDO EN EL FICHERO DEL ASNEF (morosos).

Si estas en una situación parecida, no lo dudes y contacta con nosotros. Somos especialistas en el tema, así como también en muchos otros. Suscríbete a nuestra página web, (es gratuito) y tan sólo comporta recibir información importante en tu correo. Puedes darte de baja cuando quieras y no supone pagar ningún importe.

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ENDESA Y SUS MULTAS

PASADA LA PANDEMIA, ENDESA VUELVE A LAS SUYAS FACTURANDO  CASI 25.000€ DE LUZ EN UN MES A UNA FAMILIA. 

ASI ES CÓMO ENDESA QUIERE COBRARSE LOS SUPUESTOS FRAUDES DE LUZ. 

Ya es bien conocido que ENDESA se quiere forrar a base de multas que nada tienen que ver con la realidad. Y es que toda esta facturación que se le quiere cobrar a esta familia, no es un consumo real, sino que se trata de el cálculo Del Real Decreto  1955/2000 que dictaminó el Sr. Aznar en su momento para facilitarle éste tipo de facturaciones a ENDESA. E incluso ENDESA amplifica extralimitándose en lo que le permite tal Real Decreto.

Además también decimos SUPUESTAMENTE, ya que no hay pruebas en contra de esta familia, ¡y esto ya pasa de castaño oscuro!

En este caso, y si se fijan en la factura, se puede observar que la facturación es de tan sólo UN MES. Exactamente desde el 27 de abril del 2018 al 14 de abril de 2019. (382 días). Eso es lo que dice exactamente el Real Decreto que hemos comentado en el párrafo anterior. Y el cargo lo facturan tal día como el 22 de mayo de 2020.

REAL DECRETO 1955/2000 en su artículo 87. 

«Otras causas de la suspensión del suministro»: 

La empresa distribuidora podrá interrumpir el suministro de forma inmediata en los siguientes casos: 

a) Cuando se haya realizado un enganche directo sin previo contrato.

b) Cuando se establezcan derivaciones para suministrar energía a una instalación no prevista en el contrato. 

c) Cuando se MANIPULE el equipo de medida o control o se evite su  correcto funcionamiento. 

d) En el caso de instalaciones peligrosas. 

En todos los casos anteriores la interrupción del suministro se LLEVARÁ A CABO POR LA EMPRESA DISTRIBUIDORA y se comunicará a la ADMINISTRACIÓN COMPETENTE, haciéndolo por ESCRITO o por cualquier otro medio aceptado ENTRE LAS PARTES

De no existir criterio objetivo PARA GIRAR LA FACTURACIÓN EN ESTOS SUPUESTOS, la EMPRESA DISTRIBUIDORA la girará FACTURANDO un importe correspondiente a: 

LA POTENCIA CONTRATADA, o que se hubiese debido de contratar, POR SEIS HORAS DE UTILIZACIÓN DIARIAS durante UN AÑO. Todo esto sin perjuicio de las acciones PENALES O CIVILES que se puedan interponer». 

 

Así que ésta familia, gracias a ESTE DECRETAZO de Aznar en su día, se encuentra ahora totalmente indefensa ante un corte de suministro eléctrico, y además con la premisa de tener que pagar los casi 25.000€ en los 20 días que estipula la Ley.

Aquí tenemos un claro ejemplo de LOS ABUSOS DE LAS ELÉCTRICAS con los más vulnerables. De como se atreven a pasar una factura en donde NO HA PASADO ESE «CAUCE» de electricidad, y aun así lo pasan en una sola factura.

Además, también nos hemos encontrado en que otras distribuidoras, lo que hacen es cobrar en varias facturas, emitidas el mismo día, varios importes hasta llegar a la multa calculada al completo. Encontrarás más información en los enlaces que dejamos al final de este escrito.

También recuerda que en esta web, tienes una casilla de BUSCADOR, en donde podrás encontrar todo lo referente a ENDESA escribiendo esta palabra.

Queremos ayudar a las familias, y así, dando este tipo de informaciones es como podemos orientarlas.  Siguenos por redes sociales, estamos en FACEBOOK, Instagram ( @Silvia Monfort) y también TWITTER.

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¿¿¿ENDESA ESTAFA???

¿ENDESA INVENTA «DOBLE ACOMETIDA» PARA RECAUDAR MILLONES DE EUROS?

EMPECEMOS CON UN BUEN TITULAR: 

TITULAR DE LA VANGUARDIA.

Aquí os dejo el enlace para que podáis leer bien la noticia. PINCHA AQUÍ.   

Os recomiendo que leáis esta noticia y luego saquéis vuestras propias conclusiones. PERO  a mi me da… que están recaudando dinerales y encima se quejan DICIENDO en el segundo titular que:

«LA DEMANDA ELÉCTRICA CAE EN EL PRIMER SEMETRE DEL AÑO POR EL MEN0R CONSUMO DE GRANDES EMPRESAS).  

Y encima tienen la cara de decir que «PIERDEN DINERO».

Pero vamos a la «denuncia» que queremos hacer desde nuestro blog. Aquí os pongo la foto de nuevo de la portada de ésta noticia.

CONTESTACIÓN DE ENDESA A LA SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN.

Vamos a desgranar lo que pone en la carta de contestación:

Primero, nos llegó un caso de una familia, que se encontró con que llegó a su vivienda y le habían cortado La Luz. Sólo le dejaron en el buzón un papelito diciendo que ENDESA había cortado el suministro por una doble acometida, según ellos.

También los operarios de la empresa RESEN, denunciaron ante la guardia civil, que habían sido insultados y amenazados, tal y como se ve en la documentación aportada.

En cuanto a esta denuncia, fue archivada por que  los mismos operarios ni siquiera supieron ponerse de acuerdo en los hechos relatados.  Por lo tanto, se demostró la falsedad de la denuncia y se archivó.

Volviendo al tema del supuesto FRAUDE ELÉCTRICO, hemos requerido como tantas otras veces, que por intermedio de los juzgados ENDESA esté obligada a entregar el expediente. Para poder analizar correctamente la documentación que ENDESA presenta en contra de la familia.

En vista de todas las contradicciones, mentiras, y falta de pruebas para poder legitimar un CORTE DE SUMINISTRO ELÉCTRICO, ya hemos presentado una demanda contra las mercantiles, por daños y perjuicios.

También hemos reclamado una indemnización para esta familia en torno a unos 10.000 euros, como así también la anulación de la cuantía de la «anomalía», vamos la multa que se inventan.  Que en este caso, es de 16.000 euros.

Es decir que la familia, en lugar de tener que darle a ENDESA 16.000 euros, intentamos que cobren 10.000 euros por «indemnización».

 

En base a que, DESGRANEMOS LA CARTA EN SÍ. 

EN EL PRIMER PÁRRAFO:

Primero, en el primer párrafo de la carta de ENDESA que mostramos, alega que: «se adjunta acta y fotos» en su anexo.

Decir que después de ver toda la documentación de dicho ANEXO, tan sólo aportan unas fotos de la fachada de la casa de ésta familia. Con lo cual NO SE DEMUESTRA LA DOBLE ACOMETIDA. 

Después también en su acta tan sólo escriben que hay un desfase de lectura en los aparatos. Los cuales, ni existen fotografías con dichas mediciones. Con lo cual, si el operario pone un 8 en lugar de un 2, a esta familia le subirá enormemente el SUPUESTO DESFASE.. por una mala transcripción.

VAYAMOS AL SIGUIENTE PÁRRAFO:

Afirman que UN OPERARIO  DE ENDESA  realiza una inspección en donde  CONSTATA la doble acometida por diferencia de lecturas.

De nuevo, ni hay fotos, ni hay mediciones a no ser que sean en bolígrafo BIC. Vamos que si viene un operario a tu casa de Endesa y dice y escribe que tienes una diferencia de lectura, pues VA A MISA, y según ellos DIOS AFIRMA QUE TIENES SI O SI UNA DOBLE ACOMETIDA. 

Y además como es DIOS, también afirma que los propietarios de la casa estaban dentro de la vivienda en el momento que ellos estaban allí pero que no salieron.  ( DIOS TIENE MUCHO PODER).

La verdad es que ya me indigna tanta FALSEDAD y ESTAFA junta. Es decir, que como venga un operario a tu casa, y escriba que tienes una diferencia de lecturas en tu contador… ya empiezas a tener un problema. Por que además no hay certificación ninguna, ni de los aparatos, ni fotografías que avalen la DOBLE ACOMETIDA.

Y para más recochineo, resulta que cuando les llamas por teléfono por que te han cortado el suministro eléctrico, te dicen que les saques una foto de la supuesta doble acometida para ponerlo todo en regla y que pongas todo en normativa.

Nuestra pregunta, es obvia. SI NO TIENES DOBLE ACOMETIDA, que les envías una fotografía de una doble acometida ¿¿¿de google??? porque como no te la inventes, ya me dirás.

En fin, que esto indigna a mucha gente, sobretodo a la gente que la han metido en el problema sin comerlo ni beberlo. Y que realmente ahora tendrá encima que pagar una multa, porque DIOS OPERARIO DE ENDESA escribió con boli Bic que había un desfase en la lectura de contador.

Y por si fuera poco, resulta que les ponen una denuncia en la guardia civil.

SE VE QUE ES TODO UN PACK. 

 

Te dejamos aquí un artículo relacionado de INTERÉS.  ENDESA A JUICIO. Pincha AQUÍ.

SEGUIMOS… 

Además, y ya para acabar de rizar el rizo… la parte final de la carta, dice que aplican un «CRITERIO OBJETIVO»

AHORA EXPLICAMOS ESTO:

El CRITERIO OBJETIVO se aplica cuando no existen mediciones concretas. Lo cual aquí es una vergüenza más redactada por el gobierno de turno, a pedido de ENDESA.

Y encima en este caso, NO SERÍA APLICABLE dicho CRITERIO OBJETIVO, ya que ellos mismos están AFIRMANDO que hay una diferencia de lectura, con lo cual ya hay una medición CONCRETA.

EN RESUMIDAS CUENTAS:

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