NOVEDADES! ULTIMA REFORMA DE LA LAU

¿QUÉ PASA SI EL CASERO DEJA DE PAGAR LA HIPOTECA DEL PISO QUE HAS ALQUILADO?

 

Las olas de desahucios siguen y siguen. Es algo que NO PARA, aunque no se refleje en las televisiones. Y ahora también existen más oleadas que son los DAÑOS COLATERALES que hay por causa de la crisis económica y las estafas bancarias. Éstos son, por ejemplo, los INQUILINOS que han alquilado una casa y se queda sin casero por que ha tenido que dejar de pagar su hipoteca.

El inquilino de esa casa que ha alquilado también puede verse afectado indirectamente cuando se queda sin casero.. AHORA con la nueva reforma de la LAU podremos hacer frente a estas situaciones.

Y es que aunque el piso/casa esté alquilado y el inquilino pague religiosamente  todos los meses el alquiler, puede que el propietario se vea inmerso en un proceso de ejecución hipotecario y el inquilino NO LO SEPA. Por todo ello la última reforma de la LAU, nos viene muy pero que muy bien.

Quizás un buen día, venga la policia a la puerta de la casa con la intención de realizar el desahucio del inquilino, creyendo que el inquilino es el propietario. Pero para que esto no pase, se ha realizado la nueva reforma de la LAU, y de todas maneras, para eso hacemos este artículo, hay que estar preparado.

Así que.. en caso de encontrarnos en esta situación, ¿qué hacemos?

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¿Qué es lo que pasa entonces?

NUEVA REFORMA DE LA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS

Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.

EN SU ARTÍCULO 13. dice:

RESOLUCIÓN DEL DERECHO DEL ARRENDADOR 

TRADUCCIÓN:

 

Lo que viene a decir esta nueva reforma de arrendamientos urbanos es que, se deberá respetar el contrato vigente, durante el plazo de cinco años, o bien de 7 años si se trata de una persona JURÍDICA.

Para aquellos casos en los que se hubiese firmado un contrato de por ejemplo, 10 años, la duración de ese contrato, igualmente será de cinco o siete años respectivamente.

Otra cosa que nos dice también, es que a partir de ahora, este Real Decreto Ley 7/2019, es que el INQUILINO tiene EL DERECHO DE RETRACTO CONVENCIONAL:

TRADUCCIÓN:

Que si el inquilino iguala la cantidad de dinero por la que se subastó el inmueble, puede quedarse y comprar la casa. 

 

 

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OTRA FORMA DE HACER DERECHO ES POSIBLE!

 

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ENDESA A JUICIO