GANAMOS A LA SAREB a favor de una empresa!

ZASCA A LA SAREB!

CONSEGUIMOS GANAR A LA SAREB Y QUE SE DECLARE LA ABUSIVIDAD AUNQUE SE TRATE DE UNA EMPRESA.

 

Las empresas pequeñas y pymes también tienen derecho a defenderse de la SAREB!. Y es que en este caso fue un constructor el que acudió a nuestro despacho para alegar que le habían presentado una ejecución hipotecaria.

Así que nos pusimos a trabajar en su caso. El Juzgado número 2 de Villarreal en Castellón nos dio la razón y desestimó el recurso de la SAREB. 

El caso era complicado, puesto que estaba fuera de plazo en la contestación, pero aun así lo hicimos. Total, de perdidos al río, hay que luchar siempre cuando algo es injusto, y en este caso ¡lo era!

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Pues bien, aun y estar fuera de plazo, hicimos la contestación al recurso de reposición  que había presentado la SAREB a esta empresa constructora. Y aquí tenéis el resultado.

Y es que tal y como se dice en el DECRETO, en el que hace mención al TJUE, la Magistrada señala que el juzgado de primera instancia debió atenerse a la interpretación de la Directiva 93/13 realizada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) EN LA CITADA SENTENCIA DE 26 DE ENERO DE 2016.

De esta sentencia «se desprende que las cláusulas cuyo eventual carácter abusivo no haya sido aún examinado en un anterior control judicial del contrato controvertido concluido con la adopción de una resolución con fuerza de cosa juzgada, deben de ser CONOCIDAS por el juez nacional, bien a instancia de parte o de oficio».

Es decir, que la Magistrada, y como ya hemos explicado varias veces en nuestra web, dice que en cualquier ejecución hipotecaria se DEBE mirar si hay cláusulas abusivas tal y como dictan la Directiva 93/13 del TJUE.

SE PUEDE GANAR A LA SAREB. 

Además y por si no fuera poco también dice que aunque esté fuera de plazo y se tratara de una empresa (una constructora en este caso), se debía demorar igual y VER y DECIDIR SI EXISTEN O NO DICHAS CLAUSULAS ABUSIVAS.

El juzgado número 2 de Villarreal de Castellón nos da la razón en el sentido que en una ejecución hipotecaria aunque esté fuera de plazo y el ejecutado sea empresa se ha de fallar respecto a las clausulas abusivas aunque la SAREB diga lo contrario.

¿Qué queremos informar con todo esto?

Básicamente que también los empresarios y las pymes tienen opciones a la hora de ver si sus escrituras tienen cláusulas abusivas. Que el derecho siempre es INTERPRETATIVO, quedando a manos de un Juez la decisión de hacer efectivas las leyes.

Si eres empresario, tienes problemas con la SAREB o con alguna entidad financiera respecto algún trámite hipotecario, así como préstamos personales o de empresa, puedes acudir a nosotros sin ningún problema que nos miraremos tu caso de forma muy personal.

Andrés Giordana en su intervención en el PROCESO A LA BANCA. Abogado defensor.

La directiva 93/13 del TJUE ha declarado que es una disposición imperativa, es decir, OBLIGATORIA que pretende equilibrar de alguna manera los derechos y obligaciones de las dos partes, tanto la de los empresarios y pymes como la de las entidades bancarias para evitar las cláusulas abusivas.  Y que debe de haber un control previo de las normas y cláusulas que se plasman en una escritura, ya sea para empresas o para personas.

OTRA FORMA DE HACER DERECHO ES POSIBLE!

 

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