BANCOS Y FAMILIAS EN IGUALDAD DE CONDICIONES.

LOS JUZGADOS ESPECIALIZADOS TAMBIÉN SE TENDRÁN QUE HACER CARGO DE LAS CONSECUENCIAS  DE LOS JUICIOS POR EJECUCIÓN HIPOTECARIA.

 

Así es, en los Juzgados especializados también deberán de hacerse cargo de todas las consecuencias  de los juicios por ejecución hipotecaria. Y es que acabamos de recibir una resolución de la Audiencia Provincial de Bilbao en la que se sostiene que la demanda que hemos presentado por cláusulas abusivas y las consecuencias de un juicio por ejecución hipotecaria de antes del año del 2013 es correcta.

En un articulo anterior en esta misma web, explicamos qué es lo que sucedía en las tan llamativas ejecuciones hipotecarias anteriores al 2013.

Aquí os dejamos el enlace a la noticia del pasado abril.

Nos devuelven el dinero por daños y perjuicios en una EJECUCIÓN HIPOTECARIA. Si quieres ver este artículo, Haz CLICK AQUÍ.

Reclamación por daños y perjuicios.

Para que se entienda, nosotros presentamos una demanda con todas las cláusulas abusivas al Juzgado Especializado de Bilbao, y además incorporamos los daños y perjuicios que sufrió nuestro cliente por haber tenido una ejecución hipotecaria anterior al 2013, que es cuando los Juzgados no aceptaban el debatir las tan famosas CLAUSULAS ABUSIVAS.

Una vez admitida la demanda por el Juzgado de Bilbao, éste determinó que los daños y perjuicios debían de Juzgarse en Getxo que es de dónde se Juzgó la ejecución hipotecaria.

Tanto nosotros como los Juzgados de Getxo se opusieron a desdoblar la demanda.

En otras palabras, se opusieron a que hubiese dos demandas en lugar de una sola. Este tema llegó hasta la Audiencia Provincial de Bilbao, la cual como se ve en la parte dispositiva del fallo, donde determinó que los Juzgados Especializados han de entender de todo lo relativo a préstamos hipotecarios firmados entre consumidores y profesionales.

Haz click en el enlace y dale AL ME GUSTA.

Esta cuestión que hemos logrado, abre la vía para que cuando las entidades financieras hagan juicio a las familias que no puedan hacer frente al pago de la hipoteca, éstos bancos no tengan acceso a cualquier juzgado, evitando de ésta forma el colapso de los Juzgados Especializados.

Es decir, si una familia quiere reclamar cláusulas abusivas, tiene una espera de promedio en Barcelona o Madrid de más de dos años. En cambio si un banco demanda a una familia por no pagar la hipoteca en seis meses como mucho puede incluso tener la sentencia en la mano.

Con esta resolución de la Audiencia Provincial de Bilbao hemos logrado poner en igualdad de condiciones a los particulares y a los bancos. 

 

OTRA FORMA DE HACER DERECHO ES POSIBLE. 

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¡¡EL BBVA RECLAMABA 42.000 y acaba pagando 11.500 euros!!! HAY VIDEO JUICIO REAL

EL BBVA ¡DE QUERER COBRAR 42.000 euros, HACEMOS QUE LE PAGUE A UNA FAMILIA 11.500 euros por CLAUSULA SUELO!

¡OS DEJAMOS AL FINAL DE ESTE ARTÍCULO EL VIDEO DEL JUICIO REAL!

 

Recientemente hemos ganado una sentencia por CLAUSULAS ABUSIVAS. Concretamente la famosa «CLAUSULA SUELO» en el Juzgado Especializado de GIRONA. 

Aunque parezca que  ganar a un banco la cláusula suelo no tenga nada de especial, en este caso se trataba de un PROMOTOR. 

¿Qué es lo que ha pasado? 

A continuación explicaremos el caso:

 

Esta familia había contratado un abogado en el año 2014 para que le quitaran la CLAUSULA SUELO, ya que tenía una cuota mensual de unos 1.200 euros, y no podían afrontarla.

En aquel entonces, este tipo de procedimientos lo llevaban los Juzgados en lo MERCANTIL. El resultado fue que GANARON. 

Y como el BBVA apeló a la AUDIENCIA PROVINCIAL,  la familia solicitó pagar la cuota del préstamo hipotecario SIN la aplicación de la cláusula suelo, mientras se resolvía el recurso.

( sería como una especie de «medidas cautelares», algo provisional mientras se decidía finalmente, así que se aceptó).

LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA, confirma la sentencia. 

El Banco no conforme, apela al TRIBUNAL SUPREMO.  Dicho tribunal tira por tierra todo lo logrado por la familia, hasta ese momento, aludiendo que el préstamo hipotecario se había firmado 8 DÍAS ANTES DE LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR (1/2007) y para postre, el TRIBUNAL SUPREMO encima los condenó en costas.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO.
SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO. FALLO.

Es decir, la familia ya habiendo ganado en el JUZGADO DE LO MERCANTIL (donde hay un Juez que dicta sentencia), después ganó en la AUDIENCIA PROVINCIAL ( donde hay 3 Jueces que dictan sentencia).

El BBVA lleva el caso al TRIBUNAL SUPREMO, y éste no solo le da la razón, sino que además condena en costas a la familia.

Osea, que la familia pasa, a deber unos 42.000 euros que era la cantidad que se había ahorrado en CLAUSULA SUELO.

Viñeta por S.M.

Existe una excepción para la NO CONDENA EN COSTAS, y es que tenga «serias dudas de derecho».

Nosotros nos preguntamos, si el Juez de lo MERCANTIL junto con los tres Jueces de la AUDIENCIA PROVINCIAL, fallaron a favor de esta familia,

¿Podría EL TRIBUNAL SUPREMO al menos, no cargar con costas a esta familia?

Por poder siempre se puede, puesto que no dejan de ser personas como nosotros, y si nosotros lo «vemos», la pregunta sería ¿por qué ellos no?

En fin… sigamos.

Automáticamente, el BBVA calculó toda la diferencia de las cuotas de la CLAUSULA SUELO, las que no se habían pagado durante la NO APLICACIÓN de  dicha cláusula suelo.

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Es en ese momento, cuando la familia contacta con nosotros a través de nuestra página WEB. 

Empezamos de nuevo un camino, tras estudiar el caso, consideramos que no existía la llamada «cosa juzgada». Y planteamos la demanda igualmente al JUZGADO ESPECIALIZADO NÚM 3 DE GIRONA.

Esta vez utilizando la LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN y no la de Defensa del Consumidor. 

¿Por qué?

Básicamente por los 8 famosos días que alega el TRIBUNAL SUPREMO y en la que se apoya para darle la razón al BBVA.

También queremos decir, que aunque se trate de un PROMOTOR, no dejan de ser CLAUSULAS ABUSIVAS, así que las defendimos enérgicamente durante el juicio.

Ahora, hace unos días nos llegó la sentencia, que aquí exponemos.

SENTENCIA QUE TUMBA LA CLAUSULA SUELO, EN UN PROMOTOR.
SENTENCIA QUE TUMBA LA CLAUSULA SUELO EN UN PROMOTOR.

¡HEMOS GANADO!

La jueza sentenció, finalmente, que no tenía razón el BBVA y que reintegrara a la familia 11.500 euros de la CLAUSULA SUELO.

Viñeta por S.M (2)
En conclusión,

Esta familia pasó de deber 42.000 euros por la CLAUSULA SUELO que se le exigía pagar, a cobrar 11.500 euros por la misma cláusula. 

 

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AQUÍ TENÉIS EL VIDEO DEL JUICIO REAL.

 

 

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51-NUEVA ACTUALIZACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO

ACTUALIZACIÓN PARA LA DEFENSA CONTRA LOS ABUSOS DE LA BANCA EN LOS PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS

Hago este artículo, no para que no me llaméis, al contrario, para seguir aunando esfuerzos y conocimientos y poder solucionar estos temas de CLAUSULAS ABUSIVAS y la centralización de una estrategia  de ideas y recursos para frenar los despropósitos de la banca.

El problema que ahora nos ocupa es «que los bancos presentan JUICIOS  ORDINARIOS en lugar de EJECUCIONES HIPOTECARIAS».

» hemos actualizado nuestro escrito de defensa, para las demandas que fueron presentadas por las entidades financieras a partir del 1 de julio del 2017.

Alegamos como TERCERA CAUSA que el JUEZ PLANTEÉ UNA CUESTIÓN DE PREJUDICIALIDAD ( que el tribunal de Justicia de la Unión Europea determine si alguna normativa nacional contraviene normas Europeas imperativas)  al TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA, basándonos en que el acuerdo adoptado por el CGPJ de ESPAÑA de la creación de Juzgados especializados para las CLAUSULAS ABUSIVAS en contratos de préstamos hipotecarios firmados entre profesionales y consumidores, estaría entrando en COLISIÓN con EL REGLAMENTO 93/13 de la Defensa del Consumidor.

¿Por qué alegamos esto?

Porque la entidad financiera, puede alegar falta de COMPETENCIA MATERIAL en su reclamación por impago de hipoteca ya que existen Juzgados especializados a tal fin.

Es decir, el banco puede acudir a cualquier Juzgado a desahuciar a las familias, en cambio, la familia que quiera denunciar las CLAUSULAS ABUSIVAS, solamente puede acudir al Juzgado Especializado, no pudiéndose alegar CLAUSULAS ABUSIVAS  en OTROS JUZGADOS.

Nosotros entendemos que aquí se da una PARADOJA que se traduce en una grave INDEFENSIÓN para las familias.

Recordemos que nuestra primera causa de oposición es PROCEDIMIENTO INADECUADO. La segunda causa de oposición es CLAUSULAS ABUSIVAS, ambas explicadas en post anterior en nuestra página de ABOGADOSLOWCOSTAG.COM 

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