SEGURO DE VIDA. PRIMA ÚNICA.

SEGURO DE VIDA ASOCIADO AL PRÉSTAMO HIPOTECARIO CON PAGO DE PRIMA ÚNICA.

Pago único. ¿es correcto? 

La prima única en un seguro de vida para un préstamo hipotecario se refiere a un pago único que se realiza al inicio del préstamo y que cubre el riesgo de fallecimiento del titular durante el plazo del préstamo. A continuación, resumimos  las ventajas y desventajas de optar por una prima única en este tipo de seguro:

Ventajas del seguro de vida. Prima única. 

  1. Pago único: Al pagar la prima de seguro de vida en una sola vez al inicio del préstamo, el prestatario no tiene que preocuparse por pagos periódicos adicionales durante la vigencia del préstamo.
  2. Tranquilidad para la familia: En caso de que el titular fallezca durante el plazo del préstamo, el seguro de vida pagará la deuda pendiente, evitando que la familia cargue con la responsabilidad del préstamo hipotecario.
  3. Menor costo a largo plazo: En algunos casos, optar por una prima única puede resultar en un costo total más bajo en comparación con la suma de primas periódicas a lo largo del plazo del préstamo.

Desventajas: 

  1. Costo inicial alto: El pago único puede ser significativo y representar una carga financiera considerable al inicio del préstamo, especialmente para aquellos que tienen recursos limitados.
  2. Inflexibilidad: Una vez que se paga la prima única, no se pueden realizar ajustes en el seguro de vida, como modificar la cobertura o cancelar el seguro sin perder el dinero invertido en la prima.
  3. Alternativas limitadas: Al optar por una prima única, el prestatario puede perder la oportunidad de comparar diferentes pólizas de seguro de vida y encontrar una opción más adecuada o asequible.
  4. Reembolso limitado: Si el titular cancela el préstamo antes de su vencimiento, es posible que no se reembolse el importe proporcional de la prima única.

Es esencial que cualquier persona que considere adquirir un seguro de vida en el contexto de un préstamo hipotecario evalúe cuidadosamente las opciones disponibles, comprenda los términos del contrato y considere su situación financiera personal antes de tomar una decisión.

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En algunos casos, una prima única puede ser ventajosa, mientras que en otros, las primas periódicas podrían ser una opción más adecuada. Consultar con un abogados especialista en el tema,  puede ayudar a tomar una decisión informada. En este caso, somos especialistas en el sector, así que puedes consultarnos de forma GRATUITA y sin cuotas mensuales. ( ni nada parecido).

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SERVICIOS SOCIALES, el mundo al revés.

 A UN NIÑO SORDO SE LE BAJA LA DISCAPACIDAD DEL 36% AL 10% SIN NINGUNA EXPLICACIÓN. 

Os contamos el caso porque esto raya el insulto hacía esta familia. Una madre presentó un informe médico en donde se determinaba que la discapacidad mínima de su hijo menor de edad era de el 50%. Su discapacidad trata de una sordera TOTAL en ambos oídos, además de las dificultades para poder comunicarse y con la consecuencia de trastorno del desarrollo.

Cuando a un niño se le diagnóstica la sordera,  debe de llevar siempre AUDIFONOS en ambos oídos. Esto supone para un niño de unos 14 años, todo un proceso de adaptación, que incluye además de tener los audífonos, soportar lo que provocan, ya que no sólo es llevarlos y ya está, sino que supone que se le hace más cera en los oídos, en verano, hace que tenga más calor y se le irriten las orejas, entre muchas otras incomodidades. Además, que también supone unos 100€ por mes que cuestan las pilas para los audífonos.

Por ello presentó una solicitud a los servicios sociales para que le revisaran el vigente GRADO DE DISCAPACIDAD  del 36%. 

En 2017, los servicios sociales le estimaron el 36% de GRADO DE DISCAPACIDAD a causa de la pérdida neurosensorial de ambos oídos. 

¿Qué han hecho los SERVICIOS SOCIALES? 

Los servicios sociales  dictaron resolución ESTIMANDO el escrito presentado por la madre, y rebajaron el GRADO DE DISCAPACIDAD al 10%.

¿INSÓLITO VERDAD?

Y es que NO ES COMPRENSIBLE que aun y viendo en el mismo informe que se emite, que tiene un diagnóstico, de TRANSTORNO DEL DESARROLLO, TRANSTORNO DEL LENGUAJE, PERDIDA NEUROSENSORIAL DE OÍDO, en lugar de incrementar el tanto por ciento de DISCAPACIDAD, se le rebaje a tan sólo un 10%. 

Aquí tenéis la captura de pantalla del informe. 

Lo que se debería de haber hecho es que se desestimara la solicitud que presentó la madre. Luego, NO REBAJAR un tanto por ciento de discapacidad si se sigue teniendo el mismo diagnóstico que cuando se diagnosticó. La sordera no es algo que tenga remedio y que se cure. Este tipo de pérdida auditiva es permanente y puede hacer que incluso los sonidos fuertes parezcan débiles.

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Cuánto mucho, deberían de haber desestimado la solicitud y haber dejado el GRADO DE DISCAPACIDAD que ya tenía, es decir el 36%.  Pero no solo que no lo han hecho, sino que además la han REDUCIDO de forma DRÁSTICA. Y para colmo, que ¿»se estima el recurso»?

Cuando recibimos el caso nos sorprendió muchísimo ver esta drástica bajada de GRADO DE DISCAPACIDAD cuando se trata de una pérdida auditiva PERMANENTE.

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FIBROMIALGIA. El INSS se actualiza.

EL INSS se actualiza en conocimientos sobre la FIBROMIALGIA entre otros síndromes más. 

La fibromialgia, el síndrome de fatiga crónica, la sensibilidad química múltiple y electrosensibilidad. 

 

El INSS se actualiza formando a más de 600 inspectores médicos para que puedan valorar estas enfermedades y puedan realizar su labor con los mayores índices de calidad. La fibromialgia, el síndrome de fatiga crónica, la sensibilidad química múltiple y electrosensibilidad, son algunas de los síndromes que se están actualizando e investigando.

¿Qué es la fibromialgia? 

La fibromialgia es una enfermedad crónica que se caracteriza por su dolor en el músculo esquelético generalizado, con una exagerada hipersensibilidad en múltiples áreas corporales y puntos predefinidos, sin alteraciones orgánicas demostrables. También se le llaman «tender points».

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El transtorno del sueño, rigidez y ansiedad también forman parte de los síntomas más característicos de la fibromialgia. 

Esta enfermedad, durante muchos años tuvo un tratamiento médico no determinado del todo. Con lo que llevaba a que los tribunales médicos desconfiaran en su calificación como dolencias de intensidad objetivada y permanente.

Afortunadamente, este año se actualiza el INSS en todos estos síndromes y enfermedades crónicas, y que hoy en día son reconocidos por los tribunales médicos de lo social, en orden a prestar la asistencia necesaria para quienes lo padecen.

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EL SIMPLE DIAGNÓSTICO NO ES SUFICIENTE PARA LA CALIFICACIÓN DE LA INCAPACIDAD 

En la jornada que se ha llevado a cabo en este día de difusión médica sobre estos síndromes y enfermedades, se ha estudiado y actualizado cuales son los criterios para su valoración.

Se han conocido las ultimas investigaciones relacionadas con estas patologías, para actualizar y optimizar el proceso de valoración de la incapacidad relacionado con las mismas y avanzar en el conocimiento para determinar las posibilidades de reintegración laboral de trabajadores con estas dolencias.

También se ha hablado sobre las posibilidades rehabilitadoras, ocupacionales, reintegración laboral y valoración de la incapacidad laboral en estas patologías.

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