Seguimos con el RETRACTO Y TANTEO

TANTEO Y RETRACTO

¿Cómo funciona el retracto en una compra-venta? 

Es de especial importancia poder distinguir el derecho de retracto (refiriéndonos al retracto legal) del derecho de tanteo. Pero la diferencia básica esta en la línea temporal, es decir, en el momento en que se ejerce. Mientras que el derecho de TANTEO opera ANTES de la enajenación, cuya formalización se pretende, el derecho de retracto permite a quien lo ostenta adquirir el bien aunque el mismo ya haya sido transmitido al primer comprador. En el caso de las viviendas de las familias «afectadas» por la dación en pago, sería el fondo buitre o fondo de inversión.

Es decir, que el derecho de tanteo es ANTES de que se entre, por ejemplo, en una disputa o demanda judicial (empiece quien empiece), y el derecho de retracto en sí, es cuando ya ha sido empezada la disputa, o está ya JUDICIALIZADO. 

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Estos argumentos son los que están contemplados en el Código Civil, y por lo que las familias tienen derecho a reclamar por qué cantidad los bancos han vendido sus viviendas a fondos buitres o fondos de inversión.

Si nuestras viviendas se vendieron a un fondo de inversión, o fondo buitre por un tanto por ciento de descuento, ¿por qué las familias no pueden optar también a este descuento?, ¿Y más cuando han sido afectadas por la burbuja inmobiliaria, y ya llevan arrastrando deuda?.

Es una opción bien válida que los jueces DEBEN y TIENEN LA OBLIGACIÓN de contemplar sin dar esquinazo al derecho de retracto y con ello al Código Civil por el que está regulado.

Pero, ¿cómo funciona exactamente en una operación de compra-venta el derecho de tanteo y retracto?

El retracto, en concreto el convencional, surge cuando se realiza un contrato de compra-venta donde se INCLUYE el denominado PACTO DE RETROVENTA. Dicho pacto implica que el vendedor, se reserva el derecho de recuperar la cosa vendida, siempre y cuando se cumpla con lo dispuesto en el Código Civil y lo demás que se hubiera pactado.

Para finalizar y en conclusión, el derecho de tanteo y retracto otorga, en la mayoría de los casos, UNA POSICIÓN PREFERENTE adquirida por lo legalmente dispuesto, o por el contrario, por lo pactado entre las partes.

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