GANAMOS A LA SAREB a favor de una empresa!

ZASCA A LA SAREB!

CONSEGUIMOS GANAR A LA SAREB Y QUE SE DECLARE LA ABUSIVIDAD AUNQUE SE TRATE DE UNA EMPRESA.

 

Las empresas pequeñas y pymes también tienen derecho a defenderse de la SAREB!. Y es que en este caso fue un constructor el que acudió a nuestro despacho para alegar que le habían presentado una ejecución hipotecaria.

Así que nos pusimos a trabajar en su caso. El Juzgado número 2 de Villarreal en Castellón nos dio la razón y desestimó el recurso de la SAREB. 

El caso era complicado, puesto que estaba fuera de plazo en la contestación, pero aun así lo hicimos. Total, de perdidos al río, hay que luchar siempre cuando algo es injusto, y en este caso ¡lo era!

SÍGUENOS EN FACEBOOK y danos tu ME GUSTA.

SIGUENOS EN NUESTRA PÁGINA DE FACEBOOK Y DANOS TU ME GUSTA.

 

Pues bien, aun y estar fuera de plazo, hicimos la contestación al recurso de reposición  que había presentado la SAREB a esta empresa constructora. Y aquí tenéis el resultado.

Y es que tal y como se dice en el DECRETO, en el que hace mención al TJUE, la Magistrada señala que el juzgado de primera instancia debió atenerse a la interpretación de la Directiva 93/13 realizada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) EN LA CITADA SENTENCIA DE 26 DE ENERO DE 2016.

De esta sentencia «se desprende que las cláusulas cuyo eventual carácter abusivo no haya sido aún examinado en un anterior control judicial del contrato controvertido concluido con la adopción de una resolución con fuerza de cosa juzgada, deben de ser CONOCIDAS por el juez nacional, bien a instancia de parte o de oficio».

Es decir, que la Magistrada, y como ya hemos explicado varias veces en nuestra web, dice que en cualquier ejecución hipotecaria se DEBE mirar si hay cláusulas abusivas tal y como dictan la Directiva 93/13 del TJUE.

SE PUEDE GANAR A LA SAREB. 

Además y por si no fuera poco también dice que aunque esté fuera de plazo y se tratara de una empresa (una constructora en este caso), se debía demorar igual y VER y DECIDIR SI EXISTEN O NO DICHAS CLAUSULAS ABUSIVAS.

El juzgado número 2 de Villarreal de Castellón nos da la razón en el sentido que en una ejecución hipotecaria aunque esté fuera de plazo y el ejecutado sea empresa se ha de fallar respecto a las clausulas abusivas aunque la SAREB diga lo contrario.

¿Qué queremos informar con todo esto?

Básicamente que también los empresarios y las pymes tienen opciones a la hora de ver si sus escrituras tienen cláusulas abusivas. Que el derecho siempre es INTERPRETATIVO, quedando a manos de un Juez la decisión de hacer efectivas las leyes.

Si eres empresario, tienes problemas con la SAREB o con alguna entidad financiera respecto algún trámite hipotecario, así como préstamos personales o de empresa, puedes acudir a nosotros sin ningún problema que nos miraremos tu caso de forma muy personal.

Andrés Giordana en su intervención en el PROCESO A LA BANCA. Abogado defensor.

La directiva 93/13 del TJUE ha declarado que es una disposición imperativa, es decir, OBLIGATORIA que pretende equilibrar de alguna manera los derechos y obligaciones de las dos partes, tanto la de los empresarios y pymes como la de las entidades bancarias para evitar las cláusulas abusivas.  Y que debe de haber un control previo de las normas y cláusulas que se plasman en una escritura, ya sea para empresas o para personas.

OTRA FORMA DE HACER DERECHO ES POSIBLE!

 

SUSCRIBETE A NUESTRA WEB Y TENDRÁS CONSULTAS GRATIS.
ENLACES QUE TAMBIÉN TE PUEDEN INTERESAR: 

¿LLEVO LOS NIÑOS AL COLEGIO?

EJECUCIÓN HIPOTECARIA, LOS BANCOS YA NO QUIEREN TU CASA

TORTAZO A LA SAREB.

TITULIZACIÓN, abrimos la puerta.

Rellena el siguiente formulario para ponerte en contacto con nosotros, realizar tu consulta o bien suscribirte, dinos lo que necesitas y te responderemos lo antes posible. 
Recuerda rellenar de forma correcta la casilla de «correo electrónico» y así podremos responderte.

 

 

PROSEGUR TAMBIÉN A FAVOR DE FONDOS BUITRE?

PROSEGUR ALARMAS VENDE LOS CRÉDITOS IGUAL QUE LOS BANCOS. 

Y es que nos ha sorprendido ver a una empresa multinacional cómo PROSEGUR, vendiendo créditos al más estilo Banco. Si alguna vez tuvo algún contrato con Prosegur Alarmas, seguro que este post le interesa.

En este caso corresponde a una familia que contrató a Prosegur Alarmas para la instalación de ésta en su vivienda. En el año 2012 la alquiló, y por lo tanto la dio de baja en ese momento.  Y de ahí nada más se supo de Prosegur Alarmas hasta la fecha.

PROSEGUR VENDE SUS CRÉDITOS A UNA MERCANTIL. 

Por otro lado, en el año 2014 ésta empresa, Prosegur Alarmas,  le vendió una cartera de supuestos créditos de «deudas» a la mercantil » LÍMITE 24 S.L.». El importe fue de  un millón de euros. Esta mercantil, «LIMITE 24 S.L.» ha comenzado a presentar demandas para cobrar supuestas cantidades de dinero que no se hubieran abonado en su momento.

En algunos casos, estamos hablando de juicios por importes de entre 300 euros a 700 euros. 

Lo más curioso de todo este caso, es que «LIMITE 24 S.L.» al presentar la demanda de juicio no adjunta el contrato original firmado entre el cliente y Prosegur Alarmas. Recordemos que éstos son contratos amparados por la normativa europea de defensa del consumidor, la Ley 93/13. 

Tampoco ésta empresa adjunta la escritura completa de compra de créditos, para poder determinar el importe real de la cesión de crédito, es decir el porcentaje que pagó «LIMITE 24 S.L.» del total de las deudas.

Y para acabar de redondear, si la deuda es del 2012, en este caso, nunca enviaron la notificación. Es de suponer que en la presentación de la demanda, la deuda estaría prescrita y el juzgado ni siquiera debería haber admitido la demanda a tramite.

ENLACES QUE PUEDEN INTERESARTE: 

CONSEGUIMOS DESVINCULAR LA CASA DE LA HIPOTECA

CAIXABANK SE ESTRELLA!

REVOLUCIONARIA SENTENCIA GANADA A BANKIA!!

 

OTRA FORMA DE HACER DERECHO ES POSIBLE.