IRPF por MATERNIDAD ¿Cómo se cobra?

PRESTACIÓN POR MATERNIDAD… 

¿Cómo puedo cobrar la prestación por maternidad?

La Agencia Tributaria ha anunciado que desde este lunes permitirá que los contribuyentes que fueron padres en 2014 y 2015 reclamen la retención del IRPF por las prestaciones de paternidad y maternidad.

Los que fueron papás en 2016 y 2017 podrán hacer este paso en una segunda fase, a partir de enero de 2019.

 

Los que lo hagan en 2018 lo pueden regularizar en la campaña de la Renta de 2018. Y aquellos que tuvieron hijos en el año 2013 y cobraron parte de la prestación en 2014 pueden reclamar los meses cobrados en ese año.

Se puede hacer desde el portal de Hacienda, que ya ha facilitado descargar el formulario o bien hacerlo desde internet con el CERTIFICADO ELECTRÓNICO.

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QUE NOS SOLICITAN… 

En el documento sólo se solicitan los datos del DNI, NIF o NIE, nombre y apellidos de quien lo solicita y si hace falta el representante.

Cuándo se percibió la prestación, si en 2014 o 2015 o si ha sido entre uno y otro año, y un código IBAN y SWIFT de la cuenta en la que quieras que te hagan el reembolso.

El resto de datos ya se encarga la propia AGENCIA TRIBUTARIA, por lo que no será necesario adjuntar ninguna documentación extra. Así, que no es necesario adjuntar ni enviar ningún certificado de la Seguridad Social conforme se recibieron prestaciones.

RECIBO DE PRESENTACIÓN

Aquí os mostramos cómo hemos realizado uno de las PRIMERAS PRESENTACIONES para cobrar el IRPF por maternidad. Directamente desde internet, y desde el sofá de casa teniendo el certificado electrónico.

Para cualquier consulta no DUDES en rellenar el siguiente formulario, déjanos tus comentarios, consultas, y/o dudas y te responderemos enseguida.

RECUERDA QUE… 

OTRA FORMA DE HACER DERECHO ES POSIBLE. 

 

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