PRECIO INDIVIDUALIZADO.

SUBASTAN UNA CASA POR MENOS QUE SU VALOR. Pasa de tener un valor de más de un millón de euros a ser CEDIDA por 107.000€. (Precio individualizado). 

De nuevo se puede ver el PRECIO INDIVIDUALIZADO. 

Empezamos a tener esta familia de cliente hace años, siempre intentando que no perdieran su finca familiar de toda la vida. Aquella que los abuelos empezaron y que se ha ido pasando de padres a hijos y finalmente a nietos.

Hasta aquí todo «normal» hasta que con la burbuja inmobiliaria y la estafa bancaria hicieron que las deudas empezaran a subir y el negocio familiar se resintiera de tal manera que no pudieron pagar las deudas de la finca.

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El valor de la finca estaba estipulada por más de un millón de euros se acabo valorando a efectos de subasta en 707.714€. Y se publicita la subasta por 357.491,77€ tal y como se puede ver en la primera página de la ejecución hipotecaria que empezó en 2017.

Precio individualizado de la finca. Suscríbete a nuestra web GRATIS y consulta de forma gratuita, SIN cuotas mensuales.

Por si fuera poco, seguimos con lo sucedido de este caso, y es que CAIXA BANK cuando ya se queda con la FINCA de esta familia, realiza un «compromiso de CESIÓN de REMATE judicial DESPUÉS de SUBASTA JUDICIAL» tal y como se puede ver en la siguiente captura de pantalla.

Podemos obtener el precio individualizado.

En esta CESIÓN DE REMATE JUDICIAL, el CEDENTE (Caixabank) le pasa la propiedad de esta finca a una empresa Sociedad Limitada. 

En conclusión, que en vista de que tal y como se observa en las capturas de pantalla, cuando se celebra la SUBASTA JUDICIAL queda DESIERTA.

CAIXABANK  solicitó la adjudicación de la  expresando que «se guardaban el derecho de CEDERLA a quien quisieran» en este caso, tal y como se ve, «a un tercero». 

Y este TERCERO, adquirió la FINCA FAMILIAR de nuestros clientes con un valor inicial de más de un millón de euros, por la cantidad IRRISORIA de 107.000€. 

PRECIO INDIVIDUALIZADO
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EN CONCLUSIÓN, y por más crudo que sea, nos encontramos (y por desgracia no es el primer caso) que CAIXABANK quita a través de una ejecución hipotecaria la FINCA FAMILIAR de toda la vida a una familia, luego se GUARDA EL AS EN LA MANGA de que la puede CEDER a quien quiera en caso de quedar DESIERTA LA SUBASTA, y cuando eso ocurre, la CEDEN a una SL (Sociedad Limitada, a una mercantil) por el irrisorio importe de 107.000 euros.

Y nos da por pensar tan sólo utilizando la lógica, ¿no hubiese sido más fácil dar la oportunidad de pagar a esta familia los 107.000€ y poder seguir conservando su casa de toda la vida? 

¿Hay intereses detrás de esta CESIÓN? ¿Porqué CAIXABANK se queda con la finca con un valor de más de un millón de euros, y luego LA CEDE A QUIEN QUIERE por un importe de tan sólo 107.000€? 

Finalmente y en la última captura de pantalla que hemos puesto, se puede ver cómo se redacta el PACTO de COMPROMISO DE CESIÓN DE REMATE JUDICIAL por el dicho importe.

Precio individualizado final, hemos pasado de más de un millón de euros a 107.000€. 

Si estas en proceso de ejecución hipotecaria, o bien estas con apuros económicos con la subida del  EURIBOR, no lo dudes, ponte en contacto con nosotros, te asesoraremos GRATIS y sin compromiso.

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DERECHO DE RETRACTO. Seguimos demostrando cómo se puede utilizar y que REALMENTE se puede utilizar.

DERECHO DE RETRACTO.

Ante las decenas de llamadas de personas afectadas en EJECUCIONES HIPOTECARIAS, creemos oportuno explicar más en detalle cuándo podemos utilizar el DERECHO DE RETRACTO en CRÉDITOS LITIGIOSOS.

Credito litigioso, según el Tribunal Supremo.

Tomemos en cuenta, que el artículo 1.535 del Código Civil fue prácticamente anulado por innumerables sentencias del Tribunal Supremo que siempre falla a favor de los bancos.

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Aún así se puede exigir su aplicación del DERECHO DE RETRACTO, pero en qué casos:

Según el Tribunal Supremo se marcan dos requisitos, uno temporal y otro material.

El requisito temporal básicamente es que exista un juicio por la deuda que reclama el banco. Y el requisito material es que la venta de la deuda, de esa deuda a un fondo buitre sea una VENTA INDIVIDUALIZADA y no una VENTA EN GLOBO.

AHORA HEMOS LOGRADO POR PRIMERA VEZ DEMOSTRAR, al menos en el FTA2015 (la antigua CatalunyaBank) que el precio es INDIVIDUALIZADO. (Cabe el derecho de retracto)

Derecho de retracto, DEMOSTRADO.

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Ahora si superando el requisito MATERIAL (precio individualizado) debemos volver a analizar el requisito temporal.

En la jurísprudencia del Tribunal Supremo dice:

En la sentencia 976/2008 que al igual que las sentencias del 14 de febrero de 1903 y 8 de abril de 1904 dicen que los CREDITOS LITIGIOSOS «sólo son aquellos que no pueden tener realidad sin una sentencia FIRME».

Esto significaría que en una EJECUCIÓN HIPOTECARIA, no podría reclamarse el DERECHO DE RETRACTO (fijaos que se procede al mismo resultado que con sentencias de principios del siglo pasado, pero eso es otro tema a discutir).

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Pero sin embargo, también es cierto que la jurisprudencia dentro de la EJECUCIÓN HIPOTECARIA dicen que en casos como el de, despacho, ejecución, plazos, recursos, sí  terminan teniendo FIRMEZA dichas resoluciones.

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Luego entonces, aunque una EJECUCIÓN HIPOTECARIA no finalice mediante sentencia, la verdad es que en los AUTOS dentro de la ejecución hipotecaria también adquieren firmeza, y recién con esa firmeza tiene realidad la EXIGIBILIDAD DE LA DEUDA.

 

Por eso defendemos firmemente que en las ejecuciones hipotecarias también CABE el DERECHO DE RETRACTO.

Si estais inmersos en una ejecución hipotecaria en donde el juzgado hubiera inadmitido o rechazado el DERECHO DE RETRACTO, nada nos impide reclamar al fondo buitre por DAÑOS Y PERJUICIOS derivado del ENRIQUECIMIENTO INJUSTO que tuvo o que tiene el fondo buitre

Si este también ha sido tu caso, o piensas que puede serlo. No lo dudes, CONSULTA GRATIS a nuestro bufete, sin cuotas mensuales ni nada parecido. Trabajamos por todo el país, incluidas Islas Canarias, porque poco a poco hemos crecido, porque nos importan las personas y porque en,

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PARAR EJECUCIÓN HIPOTECARIA

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¿CÓMO PUEDO SALIR DEL ASNEF?

¿Cómo puedo salir del ASNEF, sin pagar la deuda? 

SALIR DEL ASNEF, SI SE PUEDE.

Si hay algo que la nueva Ley Orgánica de Protección de datos nos ha traído, es que reforzamos el hecho de poder salir del famoso fichero de morosos ASNEF  o el BADEXCUG. 

El fichero de morosos tiene su «razón», pero no quiero obviar también que éste fichero a veces es muy injusto, y aunque tengas una deuda ínfima, o bien, que por circunstancias no se PUEDE pagar la deuda, quedas totalmente sin ayuda financiera para poder seguir adelante.

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Haz click en el enlace y dale AL ME GUSTA.

Es de aclarar éste ítem, puesto que no es la primera vez que nos encontramos con casos de gente que ha tenido un problema en un momento dado de su vida, y el ASNEF además se ha encargado de complicar más las cosas a alguien que, de no estar en ese fichero, podría salir adelante e incluso poder llegar a pagar dicha deuda.

Rellena el cuestionario que encontrarás al final de esta entrada y nos pondremos en contacto contigo en menos de 24 horas. 

 

Primero de todo, para salir del ASNEF, hay que seguir una serie de tramites que a continuación os vamos a detallar.

Fichero de Morosos ASNEF

QUÉ TENGO QUE HACER PARA SALIR DEL ASNEF… 

 

Lo primero que hay que saber son los datos exactos que constan en el ASNEF y en el BADEXCUG y la empresa que nos ha hecho constar en él.

NOTA IMPORTANTE:  en los últimos años muchas de las deudas antiguas se han trasladado a FONDOS BUITRE, y son éstos los que nos han inscrito en el fichero de morosos en el momento de la compra de esa deuda). 

 

Para poder saber esos datos tan solo hay que hacer una consulta «formal» al fichero, es decir ejercer el derecho de acceso a nuestros datos personales que puedan constar en el ASNEF o BADEXCUG. 

Hacer la consulta y pedir los informes a los ficheros Asnef o Badexcug para saber si te encuentras inscrito o inscrita, es gratuito. Los ficheros están obligados por ley. Es lo que se llama el derecho de acceso.

PARA OBTENER LOS DATOS, debes de enviar una solicitud formal al siguiente correo electrónico:  sac@equifax.es

 

Deberán de enviarte una contestación con los datos que a continuación te mencionamos.

  • Empresa que te ha dado de alta en el ASNEF.
  • Deuda que te reclaman.
  • Fecha en la que te dieron de alta en el ASNEF.
  • Datos de contacto de la empresa que le ha mandado inscribir la deuda.
  • Posibles datos personales relevantes .

 

En todo caso y con esa información ya podemos empezar a tramitar la baja del ASNEF, incluso sin pagar la deuda, acreditando que se ha producido un incumplimiento legal en la inscripción de tus datos personales.

Es decir, le vamos a empezar a decir al ASNEF que nuestros datos personales no pueden estar recogidos en base a la LOPD, y que en caso de incumplimiento, son causa de reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, cuando:

  1. La deuda haya sido abonada pro la incidencia todavía continúa en el fichero. 
  2. Que  la deuda haya prescrito pero aun aparecemos en el ASNEF o BADEXCUG.
  3. O que la deuda no es cierta, vencida, liquida o exigible. Es decir no estar conforme con la deuda, justificando su disconformidad mediante una denuncia ante la Oficina del Consumidor.
  4. Que no haya recibido comunicación de la empresa que la ha inscrito y ni siquiera le haya dado el aviso pertinente. 
  5. Que no haya recibido notificación del ASNEF comunicándote que tus datos personales iban a formar parte del mismo. 
  6. Que la deuda no exista más, por ejemplo en casos de suplantación de personalidad. 

En todos y cada uno de estos casos es conveniente seguir el procedimiento de cancelación de datos personales. 

Que es más o menos el siguiente:

  • Requerir fehacientemente a la empresa que «supuestamente» debemos.
  • Requerir fehacientemente al ASNEF, BADEXCUG, EXPERIAN, RAI etc.. con el fin de que procedan a eliminarnos de sus ficheros.

En ambos casos hay que acreditar  que ha habido un incumplimiento legal en la «anotación» de nuestros datos personales y basarlos jurídicamente en nuestro caso concreto. En todo caso están obligados a contestar en el plazo de 10 dias desde la recepción del requerimiento.

Si quieres saber más sobre ASNEF, BADEXCUG, RAI, INFODEUDA, y otros ficheros de morosos, rellena el siguiente formulario, y te responderemos en menos de 24 horas. 

!OTRA FORMA DE HACER DERECHO, ES POSIBLE!

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