SUSPENDIDOS LOS DESAHUCIOS

SUSPENSIÓN DE DESAHUCIOS Y DE LANZAMIENTOS. 

COMPENSACIÓN A ARRENDADORES. 

 

Si necesitas suspender el desahucio de tu casa, es primordial poder obtener el CERTIFICADO DE VULNERABILIDAD. Con el objetivo de poder parar el lanzamiento o desahucio de tu casa, tienes que saber que existe el certificado de vulnerabilidad, se reguló con el objetivo de que nadie quedara fuera y aquellos colectivos que se encontraran en este estado pudieran evitar los desahucios.

SE SUSPENDEN LOS DESAHUCIOS HASTA EL 28 DE FEBRERO DE 2022. 

Pero, ¿a quienes no se les puede desahuciar? 

Básicamente a las personas que alquilen, en todos los juicios verbales que sean sobre reclamaciones de renta o cantidades debidas por el arrendatario, o la expiración del plazo de duración de contratos realizados conforme a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos que pretendan recuperar la posesión de la finca, se haya suspendido o no previamente el proceso en los términos establecidos en el apartado 5 del artículo 441 de dicha Ley.

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En estos casos, la persona que alquila, podrá instar, de conformidad con los previsto en este artículo, un incidente de suspensión extraordinario del desahucio o lanzamiento ante el Juzgado por encontrarse en situación de vulnerabilidad económica. Y que le sea imposible encontrar una alternativa habitacional para sí y para las personas con las que conviva.

¿si no vivo solo, sino que vivo con mi familia, nos pueden desahuciar? 

Si te encuentras en situación de vulnerabilidad económica, NO TE PUEDEN DESAHUCIAR. 

En principio el próximo martes, se aprobaría en el consejo de ministros se aprobaría una nueva prorroga hasta el 30 de septiembre de este mismo año. 

Qué requisitos tienes que cumplir para saber si estas en situación de vulnerabilidad o no: 

  • Estar en desempleo, o en caso de autónomo o profesional, haber sufrido una pérdida notable de ingresos o una caída en la facturación de al menos 40%. 
  • Que el conjunto de ingresos totales de la unidad familiar no supere estos umbrales.(en el mes anterior a la moratoria).

¿Qué documentos necesito para acreditar la vulnerabilidad económica?

  • En caso de estar en situación de desempleo: Certificado por el SEPE, Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social o el Instituto de la Marina.
  • En caso de cese de tu negocio o actividad de trabajadores por cuenta propia: Certificado expedido por la AEAT o el órgano competente de la comunidad Autónoma, sobre la base de la declaración de cese de actividad del interesado.

Y para acceder a las ayudas relacionadas con el derecho a la vivienda: 

  • Para acreditar el número de personas que habitan la vivienda habitual:

– Libro de familia o documento que acredite  pareja de hecho.

– Certificado de empadronamiento de las personas en la vivienda. 

– Declaración de DISCAPACIDAD, de dependencia o de incapacidad laboral permanente. 

  • Titularidad de los bienes: Nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Declaración responsable del deudor o deudores relativas al cumplimiento de los requisitos exigidos para considerarse sin recursos económicos suficientes.

Y recuerda que, 

OTRA FORMA DE HACER DERECHO, ¡ES POSIBLE!

Estos enlaces te pueden ayudar: 

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JUCIOS DE MENOS DE 2000€. NO HAY COSTAS.

Juicios de menos de 2000€. ¿Qué sucede con las costas?

 

Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, los juicios cuya cuantía no exceda de los 2000€ pueden llevarse a cabo sin la necesidad de tener que contratar un abogado y un procurador. Con lo cual, no existe el cobro de COSTAS si se pierde un juicio.

Pongamos un ejemplo cercano para que nos entendamos:

Supongamos un edificio donde varios propietarios no pagan los gastos de comunidad. Y la comunidad de propietarios contrata un bufete de abogados para la reclamación de estas deudas, sean de menos o de más de 2000€ por cada propietario.

En la foto que mostramos, se trata de un cliente nuestro que le llevamos otras causas, y en donde su comunidad de propietarios le realizó un procedimiento monitorio para reclamarle 835€.

Si bien nuestro cliente, sabía que ese dinero lo debía, tan sólo quería un plan de pago para poder hacer frente a esa cantidad. Nosotros le redactamos el escrito pertinente y el cliente lo presentó por su cuenta.

 

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Este cliente, asistió personalmente al juicio y se defendió por si mismo, intentando llegar a un acuerdo con la comunidad de propietario para el plan de pagos.

La comunidad de propietarios se negó a llegar a ningún acuerdo y al Juzgado no le quedó más remedio que fallar a favor de la comunidad de propietarios. Lo indignante es que el abogado de la comunidad de propietarios, pretendía además COBRAR COSTAS PROCESALES.

Cuando nuestro cliente nos comentó que le querían ademas cobrar costas, nosotros le redactamos de nuevo otro escrito, en el que básicamente decía que al no ser obligatoria la defensa con abogado y procurador, NO SE PUEDEN COBRAR COSTAS PROCESALES.

El juzgado le dio la razón a nuestro cliente.

El abogado de la comunidad de propietarios se quedó sin cobrar las costas, que NO LE CORRESPONDÍAN, pero que de no hacer la reclamación hubiese podido llegar a cobrar.

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Porque…

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Colaboramos con la Universidad ROVIRA I VIRGILI

EN CONVENIO CON LA UNIVERSIDAD ROVIRA I VIRGILI DE TARRAGONA.

Damos prácticas a alumn@s de la Universidad Rovira i Virgili de Tarragona, y también con Institut Andreu Nin del Vendrell. 

Si bien ya hace un par de años que iniciamos a algunos alumnos en prácticas jurídicas en formación en el Instituto Andreu Nin del Vendrell de Tarragona, ahora acabamos de firmar el convenio que también abrirá las puertas a practicas jurídicas de esta universidad. La Universidad Rovira i Virgili de Tarragona.

La URV es una institución pública moderna de enseñanza superior con una sólida trayectoria docente e investigadora. Esta reconocida en todo el mundo y también al servicio de las comarcas del sur de Cataluña.

Una universidad con valores, que se ha comprometido a ayudar a encontrar soluciones para afrontar los retos sociales. Todo mediante la generación de conocimiento y la formación de profesionales y ciudadanos preparados y críticos.

Así que, a partir de YA empezamos una colaboración de formación jurídica en practicas para sus alumnos.  Prestaremos nuestros conocimientos a los alumnos de Grado en Derecho y les ayudaremos a entender la práctica en esta profesión que tanto amamos y tanto nos aporta.

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«Incluso con la pandemia y el COVID-19 tenemos que darnos el empujón que falta para acabar nuestros estudios y poder realizar nuestros sueños». Y es que sin proyectos en mente, no existe ilusión. Qué mejor que darnos esta oportunidad y poder trasladar nuestros conocimientos a los alumnos que estan acabando la carrera de Derecho y que además, podremos darle de primera mano una visión realista de lo que es el DERECHO en sí.

De modo que, estamos muy ilusionados con este nuevo proyecto, y siempre agradecemos poder influir y ayudar en la formación de nuevos alumnos.  De nuevo se cumple nuestro lema.

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