TENGO UNA DEMANDA, ¿Qué hago?

¿Qué tengo que hacer si me demandan?

Cuando recibimos una demanda ya sea por parte de una persona, una entidad bancaria etc… lo más importante primero es MANTENER LA CALMA.

Es necesario saber entender el por qué nos han demandado y ponerse en contacto con un abogado. Si es especialista mejor. 

Uno de los primeros instinto es ignorar la demanda, y pensar que si no la recibimos, o «pasamos» de ella, ella pasará de nosotros. CRASO ERROR. Nunca hay que evitar una demanda, sino todo lo contrario hay que «coger el toro por los cuernos». Si no lo enfrentamos, es posible que después cuando nos reclamen «lo que sea» no tengamos margen de movimiento y no podamos hacer frente ni defendernos como corresponde.

Si estas leyendo este artículo es muy posible que tengas alguna pendiente, o que esperes alguna. Si es el caso, apunta nuestro teléfono y nuestros correos electrónicos ya que te atenderemos sin coste alguno, sin compromiso siempre que te suscribas a nuestra web, que también es GRATIS. 

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Tener un respaldo jurídico es ESENCIAL.

De hecho si lo miramos bien, hasta para trabajar necesitamos conocimientos jurídicos puesto que el contrato y las condiciones de trabajo, para que se nos respeten, primero debemos conocerlas, y segundo necesitamos saber CÓMO defenderlas si nuestros jefes, encargados, etc… no las respetan.

¿CÓMO RESPONDEMOS ANTE UNA DEMANDA? 

Contestar a la demanda es uno de los pasos más importantes que se dan. Aunque también puede darse el caso de que se trate de un requerimiento o emplazamiento para que el que lo recibe realice alguna acción en el primer caso o se persone ante el órgano judicial en el segundo.

Es decir, que ya dependiendo de lo que recibamos deberemos de realizar una acción u otra. Por ello, la importancia de contar con un abogado siempre.

Siempre es difícil enfrentarse a una demanda, sea contra quien sea. En nuestro caso, somos especialistas en el sector bancario, hipotecario, penal y civil. Así que si necesitas un buen asesoramiento, no dudes en SUSCRIBIRTE GRATIS. 

Y contarás con nuestra asesoría jurídica siempre que la necesites.

Por qué…

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JUCIOS DE MENOS DE 2000€. NO HAY COSTAS.

Juicios de menos de 2000€. ¿Qué sucede con las costas?

 

Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, los juicios cuya cuantía no exceda de los 2000€ pueden llevarse a cabo sin la necesidad de tener que contratar un abogado y un procurador. Con lo cual, no existe el cobro de COSTAS si se pierde un juicio.

Pongamos un ejemplo cercano para que nos entendamos:

Supongamos un edificio donde varios propietarios no pagan los gastos de comunidad. Y la comunidad de propietarios contrata un bufete de abogados para la reclamación de estas deudas, sean de menos o de más de 2000€ por cada propietario.

En la foto que mostramos, se trata de un cliente nuestro que le llevamos otras causas, y en donde su comunidad de propietarios le realizó un procedimiento monitorio para reclamarle 835€.

Si bien nuestro cliente, sabía que ese dinero lo debía, tan sólo quería un plan de pago para poder hacer frente a esa cantidad. Nosotros le redactamos el escrito pertinente y el cliente lo presentó por su cuenta.

 

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Este cliente, asistió personalmente al juicio y se defendió por si mismo, intentando llegar a un acuerdo con la comunidad de propietario para el plan de pagos.

La comunidad de propietarios se negó a llegar a ningún acuerdo y al Juzgado no le quedó más remedio que fallar a favor de la comunidad de propietarios. Lo indignante es que el abogado de la comunidad de propietarios, pretendía además COBRAR COSTAS PROCESALES.

Cuando nuestro cliente nos comentó que le querían ademas cobrar costas, nosotros le redactamos de nuevo otro escrito, en el que básicamente decía que al no ser obligatoria la defensa con abogado y procurador, NO SE PUEDEN COBRAR COSTAS PROCESALES.

El juzgado le dio la razón a nuestro cliente.

El abogado de la comunidad de propietarios se quedó sin cobrar las costas, que NO LE CORRESPONDÍAN, pero que de no hacer la reclamación hubiese podido llegar a cobrar.

Si estas en alguna situación que necesites asesoramiento, no dudes en suscribirte y consultarnos. Te asesoraremos sin problema.

Porque…

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COMISIÓN DE APERTURA,¡ devuelta!

VUELVEN A DEVOLVER LAS CLAUSULAS ABUSIVAS DE NUESTRAS HIPOTECAS. COMISIÓN DE APERTURA.

LA COMISIÓN DE APERTURA COMO CLÁUSULA ABUSIVA.

¿QUÉ HA PASADO?

Ya hace tiempo que nos dedicamos a esto, y que hemos descrito miles de veces lo que son las denominadas CLAUSULAS ABUSIVAS. En este caso en concreto, una demanda que presentamos ya hace un tiempo, ha salido resulta AHORA. Dándonos la COMISIÓN DE APERTURA como cláusula abusiva por parte del Banco Sabadell.

¿QUÉ ES?

LA COMISIÓN DE APERTURA, es basicamente la cantidad que te cobra el banco a la hora de «abrir» la cuenta del banco en donde vas a pagar la hipoteca. Se podría decir que «apretar un botón» sería la comisión de apertura. Pero, ¿dónde radica la abusividad? Radica en el tanto por ciento que se cobra en proporción a lo que vale el inmueble.

Es decir, si el piso que te quieres comprar, vale 100.000 € y la comisión de apertura que te cobra el banco es de un 2 % la comisión sería de 2000 €. Pero si hablamos de que si, en cambio, te quieres comprar una vivienda de 500.000 €, y se te aplica la misma comisión de apertura, el 2%, deberías de pagar 5000€.

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Luego, ¿no parece demasiado justo, no?

Puesto que hablamos de que la comisión de apertura, que es básicamente como aquel quien dice, «apretar un botón», y establecer el inicio del préstamo hipotecario.

Así que, en este caso, la han dado por abusiva además de otras cláusulas que tenía el contrato de préstamo hipotecario de nuestro cliente.

Por todo ello, aún hay esperanza en que los bancos nos devuelvan el dinero de todas las cláusulas abusivas que te cobraron en un inicio. Tal y como ha pasado en este caso.

Además, tal y como se puede observar en esta captura de pantalla, NUNCA, NUNCA ponen «costas» para que paguen las entidades bancarias. En este caso en particular y tal y como comentamos en el «bocadillo» de la captura de pantalla, se ESTIMÓ PARCIALMENTE, y por lo tanto NO CORRESPONDEN. 

Pero si queremos hacer mención de que en NINGÚN CASO, cuando el banco pierde la demanda, SE LE PONEN COSTAS A NINGUNA ENTIDAD BANCARIA. Eso sí, como se trate de un particular, agárrate a la silla porque las costas vienen de cajón. Así seguimos en el sistema judicial, que aunque se consiguen victorias, y seguimos en lucha, la batalla es dura puesto que el camino para recorrer y encontrar jueces que «entiendan la problemática de muchas de las familias» es una ardua tarea.

Igualmente, desde Abogadoslowcostag.com, seguimos en lucha.

Porque,

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