IRPH, VAMOS AL T.SUPREMO!

ESTA ES NUESTRA TERCERA VEZ QUE LLEVAMOS AL TRIBUNAL SUPREMO LA ABUSIVIDAD DEL I.R.P.H. 

EL TRIBUNAL SUPREMO DEBERÁ DE PRONUNCIARSE SOBRE EL I.R.P.H. 

Los recursos al TRIBUNAL SUPREMO son bastante limitados. La Constitución garantiza que las resoluciones de un juez sean vistas por una instancia superior. Aquí hablamos sobre el IRPH.

Para que nos entendamos,  el procedimiento empieza con una demanda ante el juzgado especializado en cláusulas abusivas.

Una vez dictada la sentencia por este juzgado, tenemos derecho a  un recurso de apelación a la Audiencia Provincial. Éstos vienen a revisar todo el juicio y dicta una nueva sentencia.

Si continuamos «no conforme» con la sentencia de la Audiencia Provincial, nos queda un tercer juicio que es el «TRIBUNAL SUPREMO». Y aquí viene el kid de la cuestión, para acceder al TRIBUNAL SUPREMO sólo se puede por motivos muy tasados, y en donde además tiene que haberse producido una infracción procesal o una cuestión casacional.

CASI IMPOSIBLE LLEGAR AL TRIBUNAL SUPREMO. Te contamos un poco sobre ello en este artículo.

Para explicarlo más fácil…

Cuando hablamos de una «infracción procesal», es cuando se han incumplido por parte de los jueces normas esenciales del procedimiento, o no se han tenido en cuenta determinadas leyes.

Y cuando hablamos de un tema «casacional» es que tiene que darse una disparidad de criterios entre distintas AUDIENCIAS PROVINCIALES, o entre una Audiencia Provincial y el TRIBUNAL SUPREMO.

Por eso todos estos recursos son muy laboriosos y necesitan una redacción muy específica tal y como así lo requiere el TRIBUNAL SUPREMO. Y eso sin hablar que hay que revisar infinidad de jurisprudencia.

EL IRPH. 

Ahora, volviendo al tema que nos ocupa en este caso, el llamado IRPH, Indice de Referencia para Préstamos Hipotecarios, en sus tres variantes:

  1. CAJAS.
  2. BANCOS.
  3. ENTIDADES. 

El IRPH es uno de los índices que utilizan las entidades bancarias cuando consideraban que los clientes eran de «riesgo». En palabras crudas, con alto grado de morosidad.

 

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El IRPH siempre ha sido un índice mucho más caro que el EURIBOR. Y eso se debe a que los bancos podían manipular este índice, con los datos que le enviaban al Banco de España, que es quien realizaba el cálculo. Y que posteriormente enviaba a las entidades bancarias para su aplicación en cada préstamo hipotecario que tuviera IRPH.

Lo que sí podemos asegurar es que, con estos recursos que estamos presentando, obligamos al TRIBUNAL SUPREMO a decidir si el IRPH no fue negociado individualmente con los clientes.

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OTRA FORMA DE HACER DERECHO, ES POSIBLE! 

 

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LAS MERCANTILES TIENEN CLAUSULAS ABUSIVAS!

LAS EMPRESAS MERCANTILES TIENEN TAMBIÉN CLAUSULAS ABUSIVAS EN LOS PRÉSTAMOS FIRMADOS POR LOS BANCOS. 

Así lo confirman los Juzgados en Torrent, en la Pieza de oposición a la ejecución en su auto del 30 de marzo de 2020 contra el Banco Sabadell.

La verdadera oposición que se planteó fue que hay que concretar que se basa en un artículo de la Ley 1/2000, referente a que el título contenga cláusulas abusivas. Y se alega entre otra muchas cosas, que los intereses de demora son abusivos, 27% anual.  Así como el vencimiento anticipado, cláusula por la que ya hemos tenido cientos de escritos en nuestra web.

AQUÍ OS DEJAMOS ALGUNOS ENLACES REFERENTES AL VENCIMIENTO ANTICIPADO: 

LA MUERTE DEL VENCIMIENTO ANTICIPADO

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Ante todo el embrollo, el Banco Sabadell acusa a la mercantil que no tienen consideración de consumidores y que por ello ya tiene que desvirtuarse todo el argumento.

En cambio, y cómo se puede observar:

 

Es decir, que el Juez hace suyos nuestro argumento de que la Ley general de contratación se puede utilizar también para las MERCANTILES, de manera análoga a la Ley de Defensa del Consumidor. Y por lo tanto determinar que existen cláusulas abusivas aunque ésta sea una MERCANTIL.

 

También es cierto que, aludiendo a la sentencia del 14 de marzo del 2013 del TJUE y la normativa nacional en cuanto a que se considera un interés de demora superior a dos o tres veces el interés legal del dinero como ABUSIVO, debe tenerse en cuenta que éstos intereses moratorios no podrán ser superiores a 3 veces el interés legal del dinero. Tal y como se practica y establece en los préstamos o créditos para la adquisición de una vivienda.

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Esta práctica habitual en las escrituras de préstamos hipotecarios también se aplica a los usos de comercio y vista la habitualidad de dichas cláusulas en la práctica bancaria reciente, existen argumentos de sobra para defender la validez de estas «malas prácticas».

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MERCANTILES. Y empiezan a otorgarlas como tales. Con lo que se abre una puerta importante para todas aquellas empresas que hayan comprado su local para poner su negocio, y defender ante los abusos de los bancos las condiciones leoninas que nos imponen.

SE ABRE UN RESPIRO PARA LAS MERCANTILES, AUTONOMOS Y PYMES. 

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COVID-19, CONSECUENCIAS ECONÓMICAS.

¿A QUÉ NOS ENFRENTAMOS CON EL CORONAVIRUS?

El CORONAVIRUS afecta a nivel mundial. Una repercusión que nadie esperaba y que hasta ahora nunca habíamos vivido. Esto ha hecho que se limite la producción de muchas empresas y ha afectado a los mercados. Además de haber influido en la bajada del precio del petróleo.

¿QUÉ NOS ESTA PASANDO?

La globalización ha transformado la relación entre las personas. Internet y las nuevas tecnologías nos permiten saber tan sólo en un CLICK cómo están en el otro lado del mundo y cómo afecta el COVID-19 o el CORONAVIRUS en otros lugares. Además de ver cómo va evolucionando.

Durante estos últimos días, lo que si que planea sobre nuestras mentes es la INCERTIDUMBRE y el DESCONOCIMIENTO sobre esta epidemia, que NO SABEMOS en qué desembocará.

La dificultad de poder frenar el CORONAVIRUS a tiempo ha obligado a los gobiernos a actuar y aplicar medidas extraordinarias. Entre ellas, cerrar edificios públicos, empresas, pequeños comercios, y limitar nuestra movilidad.

CONSECUENCIAS…

Aunque ya las sabemos y van surgiendo por los medios de comunicación e internet, éstas han sido la reducción drástica de producción, el consumo y el turismo, como sectores más afectados. Y esto va a tener muchas consecuencias ECONÓMICAS, para qué engañarnos.

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NADIE PUEDE DEFENDERSE SIN UNA ECONOMÍA ESTABLE. 

Los organismos internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el FMI (Fondo Monetario Internacional, advierten que la pandemia puede reducir el crecimiento económico mundial en este año 2020.

Y es que en una situación semejante, los estados tienen la obligación de ayudar a la ciudadanía. Pero, y por desgracia, siempre existe un «pero», habrá que analizar al milímetro cómo van hacerlo.

Por ejemplo, las personas que se han quedado TEMPORALMENTE sin trabajo sigan cobrando para poder pagar las facturas, o que las empresas que no puedan producir puedan pagar a sus trabajadores. Porque de otra manera, es una situación inaguantable.

Francia por ejemplo, ya ha anunciado que suspende el pago de alquiler y de las facturas de la Luz, AGUA o GAS.. mientras el propio estado se hará cargo de pagar los créditos bancarios de la gente que no pueda asumirlos por culpa del CORONAVIRUS/COVID-19.

ANDRES GIORDANA. ABOGADO.

Vamos a ver si nuestro gobierno cumple y hace los deberes para defender a las familias, empresas y nuestro sistema sanitario, que cada día vemos más deficitario. Y no hay que ir muy lejos para acordarse AHORA de los RECORTES EN SANIDAD y EDUCACIÓN. 

Mientras tanto, abróchense los cinturones, porque vienen muchas curvas.

Ya de por sí, si te suscribes a nuestra web, así como si nos sigues en redes sociales, tendrás las CONSULTAS JURÍDICAS GRATIS, pero ahora con el CORONAVIRUS, aun más queremos hacer PUBLICIDAD de este servicio, además de que nuestro despacho SIGUE TRABAJANDO DIARIAMENTE ONLINE, los 365 días del año, con COVID-19/CORONAVIRUS  o no. 

Porque…

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SOMOS UN DESPACHO SOSTENIBLE 100%. 

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