DOCUMENTACIÓN PARA OBTENER LA VULNERABILIDAD ECONÓMICA.

La Documentación que debes aportar para acreditar la vulnerabilidad económica por Coronavirus en la suspensión de desahucios. 

Para poder acreditar la «vulnerabilidad económica por Coronavirus y poder acceder a suspender un desahucio» deberemos de tener en cuenta:

Aunque todo esta dispuesto en el Real Decreto-Ley 11/2020 del 31 de Marzo, en el que se adoptan las medidas urgentes para hacer frente a la pandemia del coronavirus.

Es importante recordar que todas las medidas de «suspensión de los desahucios» estan relacionados con el alquiler de vivienda habitual.

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Y ahora vamos a ver qué necesitamos presentar para poder acreditar la vulnerabilidad económica de nuestra familia para poder parar el desahucio en época de coronavirus.

La regulación de la documentación a presentar, la encontrarás dispuesta en el artículo 6 Del Real Decreto-Ley 11/2020.

En concreto será mediante la presentación de estos documentos que podrás optar a la paralización del desahucio.

En concreto será mediante la presentación de los siguientes documentos:

PRIMERO.- En caso de SITUACION LEGAL DE DESEMPLEO , mediante certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones, en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo.

SEGUNDO.- En caso de CESE DE ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA , mediante certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado

TERCERO.- Para acreditar el NUMERO DE PERSONAS QUE HABITAN EN LA VIVIENDA HABITUAL:

i. Libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho.

ii. Certificado de empadronamiento relativo a las personas empadronadas en la vivienda, con referencia al momento de la presentación de los documentos acreditativos y a los seis meses anteriores.

iii. Declaración de discapacidad, de dependencia o de incapacidad permanente para realizar una actividad laboral.

CUARTO.- TITULARIDAD DE BIENES: nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar.

QUINTO.-DECLARACION RESPONSABLE  del deudor o deudores relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos para considerarse sin recursos económicos suficientes según este real decreto-ley.

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Si el solicitante NO PUDIESE APORTAR ALGUNOS DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS , PODRA SUSTITUIRLO mediante una DECLARACION RESPONSABLE en la que justifique los motivos de ello  y que tienen que relacionados con las consecuencias de la crisis del COVID-19.

Tras la finalización del estado de alarma y sus prórrogas dispondrá del PLAZO DE UN MES para la aportación de los documentos que no hubiese facilitado.

Si estas en esta situación no dudes en reunir la documentación cuanto antes. Como bien sabrás la burocracia es lenta, pero el plato en la mesa nos hace falta todos los días.

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CONSEGUIMOS EL ARCHIVO DE UNA EJECUCIÓN HIPOTECARIA.

DE NUEVO CONSEGUIMOS EL ARCHIVO DE OTRA EJECUCIÓN HIPOTECARIA.

OTRA FAMILIA QUE SE QUEDA EN CASA

De nuevo conseguimos que se archive una ejecución hipotecaria. Y es que aunque estemos en tiempo de pandemia y el covid-19 haga sus estragos, los bancos no paran con sus ejecuciones hipotecarias.

Tememos, desgraciadamente, que dentro de poco habrá de nuevo otra oleada de ejecuciones hipotecarias, puesto que muchísimas familias no van a poder soportar el peso económico con los cierres masivos de sus negocios a causa de la pandemia.

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Los hospitales ya están al 80% de su capacidad, y aun el frio no se ha dejado notar, esperamos que no tengamos de nuevo un cierre total como el de marzo.

Este caso en particular, se trata de una familia que se vio envuelta en la crisis del 2008 y no pudo remontar. Las grandes estafas bancarias del mercado hipotecario también la absorbieron y la arrastraron hasta este punto, como tantas y tantas familias.

Pero, menos mal que pudimos darle la vuelta al caso. Ahora esta familia podrá quedarse de nuevo en su casa.

FALLO DE LA SENTENCIA, estima el ARCHIVO DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN HIPOTECARIA.

En la Audiencia Provincial de Tarragona nos han dado la razón en contra del auto de los Juzgados del Vendrell. 

Así es, cómo se puede apreciar en la resolución de esta sentencia, la Audiencia Provincial de Tarragona ha ARCHIVADO EL PROCEDIMIENTO de ejecución hipotecaria.

También y si os fijáis en lo subrayado en rojo, también dice que NO HAY COSTAS, con lo cual, aquí hay mucho que decir del «poder» bancario.

Y la pregunta es, ¿porqué cuando se trata de un particular, es decir una persona normal y corriente, lo que se diría «de a pie», se le imponen costas, y en cambio en un caso como éste, al BANCO NUNCA SE IMPONEN COSTAS??

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El sistema judicial si bien, apoya y se ve en la obligación de respetar la legalidad, puede hacer «dribblings» con el sistema y esquivar las COSTAS de un procedimiento en el que habría mucho dinero que devolver a las familias.

Es por eso que exponemos aquí el caso, puesto que si bien hemos logrado que la familia se quede con su casa, ¡que es mucho ya!, aun no conseguimos que el sistema judicial imponga unas costas al banco que le corresponderían. Y además, le vendría muy bien a las familias.

VIÑETA CEDIDA POR S.M.

Pero como ya sabemos el poder BANCARIO es muy fuerte, pero no por ello hay que desanimarse, sino que hay seguir luchando.

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¿Qué es INTRUM?

¿TIENES MONITORIOS DE INTRUM?

INTRUM, EMPRESA QUE COMPRA CRÉDITOS FALLIDOS.

 

Todos en algún momento hemos escuchado la palabra INTRUM, o bien nos ha llegado una carta de esta empresa. Pues bien, hay que ponerse en antecedentes para entender qué es INTRUM y quienes son.

¿QUÉ ES INTRUM?

INTRUM es una empresa que se dedica a comprar créditos fallidos a entidades financieras. En especial los créditos y tarjetas REVOLVING.

CREDITO FALLIDO

Un crédito fallido es el que la entidad que lo emite o la que es la propietaria no ha conseguido cobrar, y por lo tanto intentan recuperar algo del crédito que se debe, y para hacer eso, lo que hace es «ponerlo a la venta».

Para «venderlos» se hacen «paquetes» con miles de créditos no cobrados.

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El comprador podrá ejercer los derechos que tuviese la entidad financiera frente al deudor, esto significa reclamar la deuda con los intereses, comisiones, etc.

Por lo general la deuda se vende por un tanto por ciento de la cantidad que ha quedado adeudada, quizá un 10% o un 5% incluso. Y aquí es donde INTRUM hace su negocio. Recupera el crédito al 100% y con eso gana el 95% o el 90% de la deuda, menos los gastos que haya costado recuperarla.

Andrés Giordana en su intervención en el PROCESO A LA BANCA. Abogado defensor.

EL MÉTODO DE INTRUM Y LAS TARJETAS REVOLVING.

El método que utiliza INTRUM es comprar las tarjetas revolving, y créditos parecidos.  Después de hacerse una cartera de créditos «fallidos» es cuando empieza a querer recuperar la deuda al usuario, no sin haber antes enviado la carta con la cesión de crédito a su favor.

Si INTRUM no consigue cobrar la deuda, es cuando se va directo al PROCEDIMIENTO MONITORIO.

Si este es tu caso,  ponte en contacto en seguida con un abogado, porque lo peor que puedes hacer, es NO HACER NADA.

No contestando ELLOS GANAN.

Así que hay que hacer frente a este proceso, y para ello es muy aconsejable, primero que te informes bien de todo el procedimiento y lo que tienes que hacer.

Hay varios factores que se tienen que tener en cuenta, y que pueden afectar a la determinación de la deuda. El cómo se haya contratado la tarjeta «revolving». Las explicaciones que se hayan dado a los usuarios, si se firmó o no el contrato, etc..

También tiene un parecido a las CLAUSULAS ABUSIVAS, que debían de ser claras y entendibles. En este caso, si el contrato era legible, fácil de entender el cálculo de los intereses, y si se aceptaron de forma transparentes las condiciones del contrato de dicho crédito.

Absolutamente todo, en un contexto jurídico puede hacer que INTRUM NO GANE dicho procedimiento MONITORIO.

RECOPILA TODA LA INFORMACIÓN QUE TENGAS.

Como hemos dicho, si es tu caso, recupera toda la información que tengas. Por ejemplo, el contrato de la tarjeta, los extractos de la cuenta en donde te hagan el cargo, los justificantes de los ingresos para pagar la deuda, etc..

SI TE OPONES AL PROCEDIMIENTO MONITORIO DE INTRUM, SE ARCHIVARÁ.

Si ocurre esto, INTRUM, deberá de presentar una nueva demanda, para empezar de nuevo. Pero se hará mediante un procedimiento ordinario, o bien con un juicio verbal ( si la deuda es inferior a 6000€).

Y aquí es donde se pueden pedir la NULIDAD DE LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS de tu contrato.

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