COMISIÓN DE APERTURA,¡ devuelta!

VUELVEN A DEVOLVER LAS CLAUSULAS ABUSIVAS DE NUESTRAS HIPOTECAS. COMISIÓN DE APERTURA.

LA COMISIÓN DE APERTURA COMO CLÁUSULA ABUSIVA.

¿QUÉ HA PASADO?

Ya hace tiempo que nos dedicamos a esto, y que hemos descrito miles de veces lo que son las denominadas CLAUSULAS ABUSIVAS. En este caso en concreto, una demanda que presentamos ya hace un tiempo, ha salido resulta AHORA. Dándonos la COMISIÓN DE APERTURA como cláusula abusiva por parte del Banco Sabadell.

¿QUÉ ES?

LA COMISIÓN DE APERTURA, es basicamente la cantidad que te cobra el banco a la hora de «abrir» la cuenta del banco en donde vas a pagar la hipoteca. Se podría decir que «apretar un botón» sería la comisión de apertura. Pero, ¿dónde radica la abusividad? Radica en el tanto por ciento que se cobra en proporción a lo que vale el inmueble.

Es decir, si el piso que te quieres comprar, vale 100.000 € y la comisión de apertura que te cobra el banco es de un 2 % la comisión sería de 2000 €. Pero si hablamos de que si, en cambio, te quieres comprar una vivienda de 500.000 €, y se te aplica la misma comisión de apertura, el 2%, deberías de pagar 5000€.

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Luego, ¿no parece demasiado justo, no?

Puesto que hablamos de que la comisión de apertura, que es básicamente como aquel quien dice, «apretar un botón», y establecer el inicio del préstamo hipotecario.

Así que, en este caso, la han dado por abusiva además de otras cláusulas que tenía el contrato de préstamo hipotecario de nuestro cliente.

Por todo ello, aún hay esperanza en que los bancos nos devuelvan el dinero de todas las cláusulas abusivas que te cobraron en un inicio. Tal y como ha pasado en este caso.

Además, tal y como se puede observar en esta captura de pantalla, NUNCA, NUNCA ponen «costas» para que paguen las entidades bancarias. En este caso en particular y tal y como comentamos en el «bocadillo» de la captura de pantalla, se ESTIMÓ PARCIALMENTE, y por lo tanto NO CORRESPONDEN. 

Pero si queremos hacer mención de que en NINGÚN CASO, cuando el banco pierde la demanda, SE LE PONEN COSTAS A NINGUNA ENTIDAD BANCARIA. Eso sí, como se trate de un particular, agárrate a la silla porque las costas vienen de cajón. Así seguimos en el sistema judicial, que aunque se consiguen victorias, y seguimos en lucha, la batalla es dura puesto que el camino para recorrer y encontrar jueces que «entiendan la problemática de muchas de las familias» es una ardua tarea.

Igualmente, desde Abogadoslowcostag.com, seguimos en lucha.

Porque,

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SUSPENSIÓN DE DESAHUCIOS POR COVID-19

SE SUSPENDEN LOS DESAHUCIOS POR EL CORONAVIRUS HASTA FINALIZAR EL ESTADO DE ALARMA.

Esta ha sido la noticia muy bien recibida por todas aquellas familias que estaban pendientes de un hilo con sus viviendas. La suspensión de los desahucios hasta finalizar el estado de alarma, de alguna manera garantiza a las familias «poder recuperarse», o al menos tener un problema menos.

Para los arrendamientos de la vivienda se amplia el plazo y para esclarecer un poco más el tema, veamos en qué casos podemos acordar la suspensión de desahucio o del lanzamiento en el desahucio por covid-19.

Primero, es una medida  EXCEPCIONAL y afecta tanto al juicio de desahucio como al lanzamiento si ya estuviera señalada fecha y hora.

Hay que tener en cuenta que está prevista la SUSPENSIÓN de desahucios o de los lanzamientos cuando se refieran a ARRENDAMIENTOS DE VIVIENDA. 

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LA SUSPENSIÓN podrá solicitarse en el Juzgado mientras dure el ESTADO DE ALARMA, que de momento es hasta el 9 DE MAYO de 2021. 

Para informaros de forma más técnica, podréis buscar el REAL DECRETO-LEY 37/2020 de 22 de diciembre, en el que mediante dicho decreto se ha prorrogado la posibilidad de que en los procedimientos de desahucio por falta de pago de la renta o por EXPIRACIÓN del término de duración, el ARRENDATARIO podrá instar en el juzgado la SUSPENSIÓN EXTRAORDINARIA del DESAHUCIO o LANZAMIENTO por encontrarse en SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD ECONÓMICA.

A TENER EN CUENTA: suspensión de desahucios.

«Esta medida de SUSPENSIÓN del desahucio se podrá solicitar hasta que se finalice el estado de alarma, que durará de momento, hasta el 9 de mayo de este año 2021». 

De forma que, es importante si os encontráis en situación de vulnerabilidad económica, solicitar los informes necesarios para poder parar el desahucio en cualquier caso, o bien el lanzamiento.

Es importante recordar que es una medida transitoria, y que se ha tomado dicha medida a causa del COVID-19 y todas las repercusiones que esta teniendo en familias que si ya lo estaban pasando mal en una situación actual, ahora con la pandemia se haya visto agravada.

Seguimos en lucha contra los desahucios. 

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UN DESALOJO DE ULTIMA HORA.

En este caso, nos contactó una familia en el último momento, ya no les quedaba más por alegar. La fecha prevista para el desalojo o desahucio era para el 1 de noviembre de 2020.

Es uno de los miles de casos que se han producido hasta la fecha. Pero siempre es una buena noticia saber que hemos podido parar este desalojo.

El hecho de saber que esta familia podrá pasar las navidades y fiestas en su casa siempre es una buena noticia. Y es lo que reconforta de todas las horas gastadas e invertidas en revertir todos los argumentos legales que aportan los bancos para echar a las familias de sus viviendas.

Si bien ya sabemos que los bancos no se andan con tonterías a la hora de sacar a las familias de sus viviendas, la verdad es que también hay infinidad de recursos para tumbar estos argumentos bancarios.

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DELITO LEVE DE OCUPACIÓN. DELITO PENAL.

En este caso el banco acusó en lo penal por un DELITO LEVE DE OCUPACIÓN, y aunque en Derecho Penal la ocupación de inmuebles en contra de la voluntad de su dueño, en este caso EL BANCO, aunque sea NO VIOLENTA, se contempla en el Código Penal Español. 

Nos tuvimos que emplear a fondo para poder argumentar todo lo que pudimos y darle todas las opciones al magistrado para que fallara a favor de esta familia. Fuimos presentando escritos e instancias, y como dicen, a la tercera va la vencida,  al final lo conseguimos. Sin duda una buena noticia.

Si bien existían CLAUSULAS ABUSIVAS en su contrato de préstamo hipotecario, sabemos que no es un «seguro» para parar dicho desalojo. Las entidades bancarias argumentan que las familias han dejado de pagar y se acogen a ésta cláusula para no dar ninguna opción de negociar.

Existen muchas familias que lo estan pasando mal ya desde una crisis económica anterior.  No podemos saber si alguna vez nos vamos a encontrar en una situación similar. Enfrentarnos a un desalojo es terrible. 

Ahora le sumamos la pandemia, en donde muchísimas familias también pueden verse afectadas y se vean «obligadas» a dejar de pagar sus hipotecas. No es algo que sea extraordinario, sino más bien, es la que se nos viene este 2021. Ya que si en un año «normal» hasta ahora ya era difícil remontar nuestros negocios, ahora con una Pandemia que nos afecta desde marzo del 2020, aun resulta más difícil.

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Es por ello que hacemos este escrito, ya que si te ven en esta tesitura, siempre, SIEMPRE se pueden hacer «muchas cosas». Si este es tu caso, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, puesto que antes de llegar a éste extremo, hay mil soluciones y negociaciones que se pueden realizar. Contacta con nosotros sin coste alguno. Tan sólo tienes que suscribirte a nuestra web «newsletter» y obtendrás CONSULTAS GRATIS de por vida. 

Esta familia consiguió parar su DESALOJO contactando con nosotros en el último momento. Que es lo más difícil. Ahora si ves que puedes llegar a esta posición, ponte en contacto desde un buen principio, ya que de hacerlo tendremos mucho más margen de maniobra.

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