¿Cuánto pagó el fondo buitre por mi vivienda?

¿Te gustaría saber cuánto pagó el FONDO BUITRE por tu vivienda?

Se abre un nuevo camino de OPOSICIÓN a la reventa de vivienda.

 

La banca española realizó ventas masivas de deudas. Muchas de ellas con garantía de «vivienda habitual» a fondos buitre. Los mismos que estan afincados en paraísos fiscales que, a través de su filial española sin que el deudor pudiese hacer nada. Es decir, el banco prefirió vender a bajo precio su deuda y tu vivienda a un fondo inversos antes que negociar un precio contigo por tu casa.

Esta solución que se basa en el derecho de retracto del artículo 1535 del Cógigo Civil, ha pasado sin pena ni gloria en los juzgados españoles. Diferentes sentencias del Tribunal Supremo han convertido la ADJUDICACIÓN al remate de TU VIVIENDA y DEUDA en un paseo triunfal del BANCO y del FONDO BRUITRE por las ejecuciones hipotecarias en juicios ordinarios.

En la actualidad esas adjudicaciones y sentencias del Tribunal Supremo tienen un TALÓN DE AQUILES, que nos permitirá una nueva estrategia procesal en el DERECHO DE RETRACTO y su reclamación. Tu vivienda protegida. 

El principal argumento de esta carnicería sobre miles de familias y empresas era y es, que no se puede saber el PRECIO INDIVIDUALIZADO al que se vendió su deuda o vivienda porqué se hizo en BLOQUE, y por lo tanto el  DERECHO DE RETRACTO NO ES POSIBLE.

Charla sobre el DERECHO DE RETRACTO y la nueva línea de investigación que estamos llevando. 

En esta charla, hablaremos sobre la DENUNCIA SOCIAL, por la que los bancos y Tribunales de justicia NO OFRECEN ninguna solución negociada para empresas en quiebra o familias por el mismo precio que lo venden a FONDOS BUITRE. Pero también explicaremos la ESTRATEGIA PROCESAL que hemos descubierto. Está basada en el incumplimiento de los artículos de la Ley Tributaria, – IMPUESTO DE SOCIEDADES- por los que el FONDO BUITRE y su COLABORADOR NECESARIO, el Banco, SI debe de declarar el PRECIO INDIVIDUALIZADO a la inspección TRIBUTARIA.

AEAT investiga a los FONDOS BUITRE. 

Tanto es así que la Agencia Tributaria Española, AEAT ha abierto decenas de actas de inspección por fraude a los fondos de inversión. Donde el quid de la cuestión es precisamente el VALOR INDIVIDUALIZADO de las viviendas. Y por la cual la filial declara los beneficios y pérdidas obtenidos por la adquisición y venta de su deuda a su matriz de Luxemburgo o Irlanda. También la Banca Española declara pérdidas entre el valor de tasación a efectos de subasta.

Por ejemplo, si es tu vivienda habitual, el precio al remate y el que cobra realmente con descuento en el acuerdo de venta de la cartera de activos al Hedge Fund.

Las sentencias del Tribunal Supremo en este asunto estarían dando la base jurídica a ese fraude tributario.

Pero la ley del Impuesto de Sociedades está hoy aún por encima de las Sentencias del Supremo. Es más, las organizaciones sociales y del derecho a la vivienda DEBEN de CONVERTIR ese FRAUDE en la HERRAMIENTA por salvar a los ciudadanos  y medianas y pequeñas empresas de la voracidad de los Hedge Funds americanos. Y la banca de inversión española privada que operan desde paraísos fiscales y ejercer no sólo el DERECHO DE RETRACTO sino una revisión profunda legislativa de toda la estafa hipotecaria que se inició desde el 2007.

Es de suma importancia que a nivel nacional de este asunto, ofrezcamos a todas las organizaciones sociales, en esta primera CHARLA subiremos a nuestro canal de YouTube. En el mes de abril se realizará otra de gran formato en donde sea posible el «streaming».

Siguenos en Facebook, comparte nuestros artículos en redes sociales y danos tu ME GUSTA.

Al inicio haremos un repaso de la situación en los juzgados de las ejecuciones hipotecarias, ya que han aumentado espectacularmente en los últimos eses después de la entrada en vigor de la  Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y que fue de las cláusulas abusivas.

También haremos una presentación de los resultados de la entrega de firmas en el Congreso de los  Diputados de la campaña: La vivienda en propiedad es inembargable ¡BASTA DE ABUSOS BANCARIOS!

Porque, 

OTRA FORMA DE HACER DERECHO, ¡ES POSIBLE!

Enlaces que te interesarán:

SUSPENDIDO DESAHUCIO SIN FECHA

PENSIÓN DE ALIMENTOS, ¿Qué hago?

ABRIMOS LA PUERTA. DERECHO DE RETRACTO.

GANAMOS A UN FONDO BUITRE

Rellena el siguiente formulario para contactar con nosotros, te responderemos GRATIS lo más rápido posible. Y recuerda, que puedes suscribirte a nuestra WEB GRATIS para estar al día de todo lo que sucede sobre la estafa bancaria y otros temas actuales de interés. 

ABRIMOS LA PUERTA. DERECHO DE RETRACTO.

 

ABRIMOS UNA NUEVA PUERTA HACIA EL DERECHO DE RETRACTO. 

Abrimos el melón para que se pueda reconocer el DERECHO DE RETRACTO en los PROCEDIMIENTOS JUDICIALES.

EL DERECHO DE RETRACTO. 

En una investigación que llevamos en conjunto con la Asociación 500×20, estamos abriendo la puerta al derecho de retracto. Estamos definiendo la estrategia que se trata de tumbar diferentes sentencias del Tribunal Supremo. A continuación explicaremos con un ejemplo para que sea más fácil de entender, y el avance de lo que estamos elaborando.

La CRISIS ECONÓMICA derivó en una importante morosidad. Esta ocasionó que las entidades financieras y bancos tuvieran en sus PASIVOS millones y millones de euros de «dudoso cobro».

VENTA EN GLOBO. 

La estrategia seguida por los bancos fue agrupar miles de prestamos en un paquete, y haciendo un importante descuento, se lo vendieron a empresas de inversiones. Comúnmente esto se llama: VENTA EN GLOBO.

A continuación lo explicamos con un ejemplo: 

Aquí partimos de un ejemplo simplificado donde un banco incorpora 2.000 contratos donde el banco tiene por cobrar 1.000.000 €. Y realiza un 60% de descuento para venderlo a una empresa de inversión.

Si traemos a colación la sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, STS 505/2020 ECLI 2020:3164. Encontraremos que en la página 15, en su punto décimo dice lo siguiente:

«Las carteras o conjuntos de créditos se ceden o transmiten por un precio alzado en el que se valora el conjunto, y con un importante descuento. Venta en globo».

OPERACIÓN CONTABLE DEL BANCO HACIA EL FONDO BUITRE. Derecho de retracto. 

Vamos a centrarnos en la operación contable del banco una vez realizada la transacción, o lo que es lo mismo, la venta al fondo de inversión o «fondo buitre». 

Pongamos que si el banco tenía un pasivo de 1.000.000€,  y por ello SOLO ingresa 400.000€  da como resultado unas pérdidas de 600.000€. Entonces el  banco cuando haga la declaración del IMPUESTO DE SOCIEDADES, en su cuenta de beneficios, declarará una pérdida de 600.000€, que obviamente desgravará.

¿A qué se acoge el banco?

El banco lo hace en virtud del artículo 11 del IMPUESTO DE SOCIEDADES, que dice lo siguiente:

» Los ingresos y gastos derivados delas transacciones o hechos económicos se imputarán al período impositivo en que se produzca su devengo, con arreglo a la normativa contable, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro, respetando la debida correlación entre unos y otros».

Con esto comprobamos que el argumento utilizado por el Tribunal Supremo es válido y correcto para el vendedor, es decir, el banco.

Ahora bien, si nos centramos en el Fondo de Inversión (o fondo buitre), ¿sería aplicable la VENTA EN GLOBO, sin poder INDIVIDUALIZAR lo que se pagó por cada préstamo, tal y como afirma el Tribunal Supremo?. La respuesta es NO.

Porque si fuera tal y como dice en sus sentencias el Tribunal Supremo la empresa de inversión estaría cometiendo FRAUDE TRIBUTARIO, un DELITO.

Pongamos otro ejemplo para que se entienda lo que queremos decir:

Supongamos que esa venta sucedió en el año 2020. El Fondo de Inversión (fondo buitre) pagó 400.000€ y podría recuperar hasta 1.000.000€. Todo lo que sobrepase de los 400.000€ en global, supondría un beneficio para el fondo de inversión, debiendo tributar por ello.

Esta claro que,  en un año no cobrarían la totalidad del dinero, sería en varios años ya que los mil procesos judiciales tardarían años… otros irían más rápidos, y otros más lentos.

RECORDEMOS que el ART. 11 del IMPUESTO DE SOCIEDADES, obliga a tributar en el AÑO NATURAL o IMPOSITIVO.

Tal y como se ve en el cuadro 3, supongamos que el 2021 el fondo de inversión de las distintas reclamaciones judiciales, en 40 de ellas (por poner un número) recuperó 70.000€. De cara a cada juicio se sabe exactamente cuánto se debía y cuánto se cobra.

Según el Tribunal Supremo INSISTE en que no puede saberse cuánto se pagó por cada préstamo, de el fondo de inversión al banco.

Entonces, si no se sabe cuánto se pagó el fondo de inversión por cada préstamo. ¿cómo puede saber qué es BENEFICIO y qué es PÉRDIDA?

Siguenos en Facebook, comparte nuestro contenido y danos tu ME GUSTA.

 

¿Quién debería de opinar al respecto? La Agencia Tributaria, los Tribunales Económicos Administrativos, el Tribunal Supremo en la Sala de lo Contencioso de lo Administrativo.

EL DERECHO DE RETRACTO DEL ART. 1535 DEL CÓDIGO CIVIL, ES UN DERECHO IRRENUNCIABLE, Y EL TRIBUNAL SUPREMO NO PUEDE CORTAR NUESTRO DERECHO A PAGAR A UN FONDO BUITRE LO QUE SE PAGÓ POR NUESTRA DEUDA.

QUE DEJEN DE ENGAÑARNOS.

O nos dan la posibilidad de pagar lo que el fondo de inversión (o fondo buitre) pagó por nuestro préstamo, o que los dueños de estas empresas vayan a la cárcel por FRAUDE TRIBUTARIO.

AQUÍ TE DEJAMOS OTRO ENLACE QUE NECESITARÁS LEER: 

500X20.PROUESPECULACIO.ORG

Otra forma de hacer derecho, ¡es posible!

Enlaces que no te puedes perder: 

SUSPENDIDOS LOS DESAHUCIOS

¡Ganamos a favor de una empresa!

NEGOCIACIÓN CON ENDESA

¿CUÁNDO UTILIZAR EL DERECHO DE RETRACTO?

Rellena el siguiente formulario para dejar tu mensaje, comentario o bien para ponerte en contacto con nosotros o SUSCRIBIRTE. 
RECUERDA completar de forma correcta la casilla de correo electrónico para que podamos responderte. 

TENGO UNA DEMANDA, ¿Qué hago?

¿Qué tengo que hacer si me demandan?

Cuando recibimos una demanda ya sea por parte de una persona, una entidad bancaria etc… lo más importante primero es MANTENER LA CALMA.

Es necesario saber entender el por qué nos han demandado y ponerse en contacto con un abogado. Si es especialista mejor. 

Uno de los primeros instinto es ignorar la demanda, y pensar que si no la recibimos, o «pasamos» de ella, ella pasará de nosotros. CRASO ERROR. Nunca hay que evitar una demanda, sino todo lo contrario hay que «coger el toro por los cuernos». Si no lo enfrentamos, es posible que después cuando nos reclamen «lo que sea» no tengamos margen de movimiento y no podamos hacer frente ni defendernos como corresponde.

Si estas leyendo este artículo es muy posible que tengas alguna pendiente, o que esperes alguna. Si es el caso, apunta nuestro teléfono y nuestros correos electrónicos ya que te atenderemos sin coste alguno, sin compromiso siempre que te suscribas a nuestra web, que también es GRATIS. 

SÍGUENOS EN FACEBOOK y danos tu ME GUSTA.

SIGUENOS EN NUESTRA PÁGINA DE FACEBOOK Y DANOS TU ME GUSTA.

Tener un respaldo jurídico es ESENCIAL.

De hecho si lo miramos bien, hasta para trabajar necesitamos conocimientos jurídicos puesto que el contrato y las condiciones de trabajo, para que se nos respeten, primero debemos conocerlas, y segundo necesitamos saber CÓMO defenderlas si nuestros jefes, encargados, etc… no las respetan.

¿CÓMO RESPONDEMOS ANTE UNA DEMANDA? 

Contestar a la demanda es uno de los pasos más importantes que se dan. Aunque también puede darse el caso de que se trate de un requerimiento o emplazamiento para que el que lo recibe realice alguna acción en el primer caso o se persone ante el órgano judicial en el segundo.

Es decir, que ya dependiendo de lo que recibamos deberemos de realizar una acción u otra. Por ello, la importancia de contar con un abogado siempre.

Siempre es difícil enfrentarse a una demanda, sea contra quien sea. En nuestro caso, somos especialistas en el sector bancario, hipotecario, penal y civil. Así que si necesitas un buen asesoramiento, no dudes en SUSCRIBIRTE GRATIS. 

Y contarás con nuestra asesoría jurídica siempre que la necesites.

Por qué…

OTRA FORMA DE HACER DERECHO, ¡ES POSIBLE!

Enlaces que seguro te interesan: 

EFECTO TITULIZACIÓN.

NOTICIÓN sobre ejecuciones hipotecarias.

TITULIZACIONES 2021, ¡HAY ESPERANZA!

ENDESA ENERGIA y sus (supuestos) fraudes procesales

ENDESA TE PIDE UNA DECLARACIÓN JURADA

Rellena el siguiente formulario para ponerte en contacto con nosotros, dejar tu mensaje o comentario. 
Recuerda completar correctamente la casilla de correo electrónico para que podamos responderte.