CÓDIGO BUENAS PRACTICAS.

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HASTA EL BANCO DE ESPAÑA CONSIDERA QUE CAIXABANK SE HA APARTADO DEL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS. 

CAIXABANK NO RESPETA EL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS. 

Explicamos este caso: 

Nuestro cliente había avalado a su hijo en una hipoteca. Debido a la crisis financiera y demás problemas económicos derivados de ésta el hijo no pudo hacer frente al pago de la cuota. Y con el transcurso de los meses, se fueron acumulando cuotas IMPAGADAS. (vemos el Código de buenas prácticas).

Todo esto les llevó a que la entidad financiera CAIXABANK decidió unilateralmente cobrar las cuotas o los atrasos de la cuenta bancaria del AVALADOR. Es decir, de la cuenta del padre, y lo hizo SIN PREVIO AVISO y SIN AUTORIZACIÓN. 

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CAIXABANK LE QUITA 8.100 euros A UN PADRE QUE HIZO DE AVALADOR DE SU HIJO SIN PREVIO AVISO. Todos los ahorros que tenía en su cuenta bancaria. 

Cuando nuestro cliente nos consultó respecto a que le habían cobrado las cuotas de su hijo, que de hecho le quitaron 8100 euros que tenía en su cuenta bancaria, y lo dejaron sin nada, nos preguntó si ¿eso era legal?

OBVIAMENTE NO. 

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Entonces fue cuando le dijimos que nos dirigiríamos al departamento de atención del cliente de CAIXABANK.

Hacemos un pequeño inciso para decir, que es bastante engorroso el trámite correcto para poder llegar a obtener una respuesta del mismo BANCO DE ESPAÑA, en este tipo de casos.

Cumplidos todos los pasos requeridos, al final pudimos llegar a obtener una respuesta. Aquí os muestro la captura de pantalla: 

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Ahora con este informe exigiremos a  CAIXABANK a que se le reintegre el dinero a nuestro cliente. Y que se respete el CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS. Es decir, empezar por informar al avalador que existe una deuda del avalado. Y a partir de ahí, se pueda llegar a una negociación.

Si este también ha sido tu caso, o piensas que puede serlo. No lo dudes, CONSULTA GRATIS a nuestro bufete, sin cuotas mensuales ni nada parecido. Trabajamos por todo el país, incluidas Islas Canarias, porque poco a poco hemos crecido, porque nos importan las personas y porque en,

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UN AVALISTA como CONSUMIDOR FINAL.

intereses de demora

CAIXABANK hace un juicio cuando estaba en vigor el real decreto por la PANDEMIA. (avalista). 

Se considera CONSUMIDOR FINAL a un avalista de una mercantil que fue el negocio de su hija.

CAIXABANK incumple el código de buenas prácticas. 

Esta sentencia GANADA contra CAIXABANK tiene dos particularidades. Pero antes de explicar todo esto, vamos a ponernos un poco en situación para que se entienda bien, ya que es importante para nosotros explicar bien este caso.

PRIMERA de las dos particularidades que vamos a exponer. (avalista)

La que es ahora cliente nuestra, en su momento, había solicitado un préstamo MERCANTIL (aquí viene el kit de la cuestión) para instalar un negocio. CAIXABANK le concede el préstamo después de haberle exigido un AVALISTA.

El NEGOCIO le funcionaba más o menos bien, hasta que la PANDEMIA DEL COVID-19, frenó en seco sus ingresos. En uno de los reales decretos del gobierno se concedió una prorroga de TRES MESES en el pago de PRÉSTAMOS que estuviesen afectados por la COVID-19.

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CAIXABANK además, ofreció tres meses más extras. Cuando este banco presenta una demanda por impago, no habían no había transcurrido los seis meses de MORATORIA. Si bien es correcto afirmar que nuestra clienta ya debía UNA CUOTA de antes de la aplicación del mencionado real decreto, esto no le permite a CAIXABANK considerar la MORATORIA desde la fecha que a ellos les venga en gana.

Por eso el juzgado, en este caso, DESESTIMA la demanda de CAIXABANK por FALTA DE LEGITIMACIÓN ACTIVA, ya que cuando habían presentado la demanda no habían transcurrido los mencionados seis meses de MORATORIA. 

 

En conclusión y para que nos entendamos, CAIXABANK alegaba que se podía aplicar la MORATORIA desde antes de la aprobación del REAL DECRETO, por ello existe una falta de legitimación activa, ya que la moratoria para el pago de las cuotas se han de tomar en cuenta desde que se aprobó el REAL DECRETO, nunca desde ANTES, como pretendió CAIXABANK. 

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Y ahora vamos a por la SEGUNDA PARTICULARIDAD DE ESTA SENTENCIA. (avalista)

En este caso, también se había presentado una DEMANDA RECONVENCIONAL POR CLAUSULAS ABUSIVAS, ya que la AVALISTA lo fue como CONSUMIDORA FINAL, ya que era AJENA AL NEGOCIO. (Aunque fuese una funcionaria contable y entendiera de escrituras).

Destacamos esta parte debido a que de nuevo los abogados de CAIXABANK quisieron hacer ver que la AVALISTA ( en este caso la MADRE) al tener conocimientos jurídicos y contables no podía ser considerada consumidora, nada más lejos de la realidad.

Y debido al mismo argumento de los abogados de CAIXABANK es que el juez profundiza en la figura del CONSUMIDOR FINAL, tal y cómo puede leerse en la captura de pantalla que a continuación exponemos.

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Y a continuación os mostramos el FALLO de la misma sentencia. Si estáis en una situación similar, no lo dudéis y poneros en contacto con nosotros rellenando el formulario de contacto que encontraréis al final de este artículo.

avalista como consumidor final.

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Influencers, nueva ley que los regulan.

La nueva Ley para regular las actividades de los influencers.

La Ley regulará algunos aspectos de este nuevo colectivo, y aunque aun existen vacíos legales, ya empieza a regularizar los puntos más importantes.

Esta ley lo que primero que hace es estipular un nombre legal, y quiere que se les denomine «PRESTADORES DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL». Eso hace que haya mayor transparencia en los artículos o servicios que promocionan y en los regalos que reciben. INFLUENCERS. 

Ser INFLUENCER es una nueva ocupación profesional. Aunque tiene muchos aspectos que falta regular, como ya hemos avanzado. Eso es algo con lo que la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia quiere acabar con la redacción de una ley que incluya estas actividades en el marco de la comunicación audiovisual. Esto es algo que afectaría a los comportamientos en redes de personajes famosos y demás prescriptores con miles de seguidores.

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LAS REDES SOCIALES se han convertido en una fantástica plataforma de promoción para todo tipo de marcas y empresas.

Esta Ley está en fase de anteproyecto y la prepara la CNMC, pero quiere que se defina un nuevo nombre para estos personajes «famosos» como: «PRESTADORES DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL», y la normativa que deban seguir se incluya en la LEY DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

El incumplimiento de la nueva normativa aporta como sanciones para los INFLUENCERS de hasta 30.000 euros. Además, una vez haya salido adelante, la norma también se encargará de controlar que los productos o servicios que anuncien dichos INFLUENCERS sean de calidad y no resulten engañosos o perjudiciales para el consumidor.

Otro de los puntos que se añadirán es que las estrellas de internet que se presten a estas actividades deberán declarar a Hacienda los regalos que reciban de las marcas a cambio de su promoción.

Si eres INFLUENCER seguro que este artículo te ha interesado, y si tienes contratado alguno también, desde ABOGADOSLOWCOSTAG.COM te informamos de todos los nuevos avances en temas legales que están a la orden del día.

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GANAMOS A ENDESA DE NUEVO

EMPEZAMOS EL AÑO GANANDO A ENDESA DE NUEVO

Especialistas en ganar juicios a ENDESA. De nuevo empezamos el año con buen pie.

Este 2023 se abre de nuevo con una noticia magnífica y es que volvemos a ganar a Endesa en una más de sus IMPUNES injusticias. Como ya hemos visto en otros artículos anteriores sobre «dobles acometidas» o «fraudes eléctricos», estas empresas muchas veces hacen su «particular» regularización de forma impune.

Sentencia Endesa
Desestimado fraude eléctrico. No hay doble acometida.

En este caso y como en tantos otros, ENDESA ENERGÍA S.A.U. no hizo bien el trabajo y acusó de forma indebida a una familia de tener una DOBLE ACOMETIDA.

Además, ni siquiera lo justificó de forma fehaciente (también como en tantos otros casos) ya que ni existió manipulación del contador, como tampoco se aportaron facturas, ni lecturas acreditadas desfasadas o incorrectas. Tampoco se comprobó  la SUPUESTA doble acometida por un órgano de la Administración competente, sino que se hizo de forma UNILATERAL por parte de ENDESA.

En este caso ENDESA acusaba a nuestro cliente de tener una doble acometida y defraudación de fluido eléctrico y por lo tanto una multa de más de 6000€ por una doble acometida.

Ganamos a Endesa.
Desestimado fraude eléctrico, no había doble acometida. Hemos ganado.

ENDESA y sus malas «artes».

Desde que nos empezaron a llegar casos sobre ENDESA que hemos investigado a fondo todos los mecanismos que ésta hace y utiliza para directamente cobrar a través de una «multa-ocultada», como ya hemos visto otras veces.

Aquí un ejemplo de OTRO CASO que tuvimos, te dejamos el enlace AQUÍ. (Endesa y sus multas).

Si ENDESA te ha denunciado, o bien te ha llegado ya la factura sin ni siquiera darte la oportunidad de defenderte, no lo dudes, contacta con nosotros porque evitar multas de este tipo ES POSIBLE.

Acabamos de ganar este caso al igual que otros casos anteriores. Somos expertos en la materia conocemos todo acerca de este tipo de casos y cómo defenderlos para ganarlos y evitar multas INCREMENTADAS enormemente.

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Porque la información es necesaria en los tiempos que corren y sobre todo porque la ayuda LEGAL y JURÍDICA tiene que estar al abasto de todo el mundo.

En ABOGADOSLOWCOSTAG.COM te ayudamos en todo lo que podemos porque tal y como es nuestro lema, 

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Derecho de retracto. NOVEDADES

OBTENEMOS EL IMPORTE DE UNA VENTA INDIVIDUALIZADA, DE UNA VENTA EN GLOBO. (Derecho de retracto). 

De nuevo, obtenemos el PRECIO por el cual se ha CEDIDO(vendido) un préstamo personal. Derecho de retracto. 

El derecho de la información contra las advertencias que hacen los notarios en las escrituras. Derecho de retracto. 

Ahora tenemos la prueba de lo que veníamos denunciando. Los fondos buitre siempre intentan ocultar el precio individualizado por las que compran los derechos de crédito de las familias. Tal y como se expone en esta escritura notarial, (fotografía de la portada) este notario es el que advierte que esta información no puede utilizarse para ningún fin distinto a que no sea una reclamación judicial de la deuda. Derecho de retracto.

Comúnmente, cuando se hacen estas ventas a fondos buitre, toda la información se encuentra comprimida en unos Cd´s. Esta información esta guardada por lo visto en las mismas notarias bajo 7 llaves. Es el mismo notario el que extrae la información mínima indispensable para que el fondo buitre pueda reclamar judicialmente, dando FE del resto de los datos.

Nuestras preguntas son:

¿un notario tiene más importancia que un juez?

¿pueden los notarios estar por encima de la ley?

Y si la agencia tributaria requiriera esta información, ¿el notario la negaría?

Este bufete, ¿estaría incumpliendo las advertencias del notario al ponerlo a la web?

Esta última pregunta SI LA RESPONDEREMOS.

NOS DA EXACTAMENTE IGUAL LAS ADVERTENCIAS DEL NOTARIO.

Este bufete no tiene ninguna prohibición judicial para publicar esta información en nuestra web.

Creemos firmemente que esta clase de notarios se están extralimitando en las funciones que por Ley le corresponden. Los notarios no están por encima de la ley y no pueden prohibir la publicación de información.

El derecho a la información es un derecho recogido constitucionalmente. Si bien no somos un medio periodístico, nuestro blog se caracteriza por brindar información a una pluralidad de lectores. Información responsable, información seria e información veraz.

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Es necesario que nos informemos bien sobre el derecho de retracto, las ventas en globo que han realizado las financieras, así como poder obtener el precio CONCRETO e individualizado por el cual han vendido nuestras viviendas sin saberlo.

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