GANAMOS AL ICAM

CONSEGUIMOS QUE SE DESESTIME UN RECURSO DEL ICAM CONTRA UNA INCAPACIDAD ABSOLUTA DE NUESTRA CLIENTE. 

El ICAM le quitó la pensión de incapacidad absoluta a nuestra cliente.

El 1 de diciembre de 2021 el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, lo que conocemos como ICAM, quitó la pensión de INCAPACIDAD PERMANENTE en grado de ABSOLUTA, realizamos la demanda correspondiente y ganamos al ICAM, teniendo  éste que restablecer la pensión que le habían quitado de 1713,02€ con mejoras.

Después el ICAM recurrió a esta sentencia. Si algo sabemos del ICAM es que quita pensiones a discreción sin pararse a pensar en la gravedad que pueda ocasionar a las personas. De hecho, en este caso, se acogieron a UNA SOLA PALABRA de todo el expediente médico, en el que ponía … «que tenía una mejora en estos últimos años» para quitarle la pensión de incapacidad absoluta.

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Es decir, si tienes una pensión de incapacidad, no dudes en que pueden quitártela en cualquier momento, ya que el ICAM decide si tu situación ha mejorado o no dependiendo de lo que «entiendan» en los informes médicos  más actualizados. (ojo con esto).

Esa es la primera reacción del ICAM, luego claro está, haciendo la correspondiente demanda, se trata de recuperar la pensión que en un principio se otorgó, y que el ICAM agarrándose a cualquier párrafo de los informes médicos, estipule que haya alguna mejora de la persona. Es por ello que hicimos la contestación y al final el Juez estipuló que el ICAM no tenía razón a la hora de afirmar que había tenido una mejora nuestra cliente, y que por ello se debía de extinguir la pensión. Así que, ahora nuestra cliente además de seguir cobrando su pensión, deberá de cobrar los atrasos de todos los meses que el ICAM le quitó la pensión.

En este caso, en la sentencia se recoge que : «las pruebas que sirvieron para la declaración de invalidez realizada en 2017 por lo que no puede considerarse que haya variado las limitaciones funcionales tenidas en cuenta, como decimos, para declarar a la trabajadora en la situación de invalidez discutida. Así que la resolución debe ser la desestimación del recurso y la confirmación de la sentencia en todos sus términos al deberse descartar necesariamente la infracción de los preceptos legales alegados.» 

 

Al final, logramos recuperar la pensión de incapacidad absoluta de nuestra cliente.

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CARTA DE DESPIDO.

¿QUÉ ES UNA CARTA DE DESPIDO? TODO LO QUE HAY QUE SABER. 

¿QUE ES UNA CARTA DE DESPIDO?

Cuando empezamos a trabajar, lo hacemos con toda la ilusión, ya que nos aporta una estabilidad económica. Pero, no debemos olvidar que puede que en algún trabajo un día nos llegue la «carta de despido», y con ello una serie de consecuencias. Para ello, debemos saber qué es una carta de despido y qué debemos de hacer.

Una ​carta de despido​ es el documento oficial a través del cual la empresa avisa al empleado de la extinción de su relación laboral, los motivos de la misma y la fecha en la que el trabajador no deberá acudir al que hasta entonces era su puesto de trabajo.

A continuación le mostramos un ejemplo:

¿QUÉ HA DE INCLUIR NECESARIAMENTE UNA CARTA DE DESPIDO?

La carta de despido ha de incluir como mínimo los siguientes aspectos:

●  Descripción clara y concisa de los motivos que incentivaron al empleador a despedir al trabajador.

●  Fecha efectiva en la que tendrá lugar el despido.

●  Datos de la empresa.

● Información del trabajador.

¿CUÁLES SON LAS RAZONES POR LAS QUE HAN LLEGADO AL DESPIDO LABORAL?

La decisión de redactar una carta de despido podrá ser motivada por:

  1. Un ​despido objetivo​, de carácter económico, técnico, organizativo, productivo o de fuerza mayor.
  2. Un ​despido disciplinario​.
  3. A raíz de una dimisión o despido voluntario del trabajador.Es decir, que nos quedamos sin trabajo.

¿DÓNDE SE REGULA LA CARTA DE DESPIDO?

La fundamentación legal de la carta de despido se encuentra en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores​.

¿CREES QUE TE HAN DESPEDIDO INJUSTAMENTE?

Si no estás conforme con la carta de despido o tienes dudas, acuérdate de firmar añadiendo la mención «No conforme” y poner la fecha del día de la firma.

Si quieres reclamar por el ​despido​, tienes que ir al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) autonómico correspondiente, con los datos de la empresa para que este servicio pueda enviarle la citación para el acto de conciliación.

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Tienes un plazo de 20 días hábiles (lunes a viernes) para la presentación de la demanda ante los Juzgados. Este plazo queda en suspenso cuando presentes la papeleta de conciliación en el SMAC durante un máximo de 15 días hábiles.

Pero, ¿por qué es importante que nos den la carta de despido?

Este documento es muy importante porque a la hora de presentar demanda judicial no podrás alegar otros hechos diferentes a los descritos en esa papeleta.

Parecen cosas «obvias», pero siempre hay que estar al día de estos trámites. El saber no ocupa lugar.

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