¡Ganamos a favor de una empresa!

¡Ganamos una ejecución hipotecaria a favor de una empresa!

La directiva 93/13 del TJUE juega a favor. 

Si en algo somos especialistas es en DERECHO HIPOTECARIO, ya que desde nuestros inicios nos hemos dedicado a ello en cuerpo y alma. Hemos defendido los derechos de las familias a obtener un alquiler social como tal, hemos estado en manifestaciones contra desahucios del BBVA, Coral Homes, la Sareb, etc… hemos luchado siempre contra las injusticias y abusos bancarios, así que si los bancos han tirado tanto de la manta con las familias, ¿Qué les impide hacer lo mismo con los autónomos y pymes o pequeños empresarios? Una empresa puede ser también víctima de los abusos bancarios.

VIÑETA CEDIDA POR S.M.

Así es, hemos estado llevando el caso de varias empresas que a causa de la COVID-19 se encontraron con una bajada de ingresos interesante, y que a causa de la misma, su negocios han tenido que cerrar.

No es plato de buen gusto ver que tu empresa, o el negocio familiar, quiebre y acabe en bancarrota. 

En este caso el empresario, una mediana tienda familiar, con unos 15 empleados, ha tenido que cerrar sus puertas después de muchos años de actividad, y en el que sus familiares y amigos dejan atrás muchos recuerdos. Intentaron pasar la crisis económica, después les golpeó la crisis sanitaria y finalmente han tenido que dejarlo todo. Y más cuando tuvieron que dejar de pagar sus deudas hipotecarias en donde habían puesto todo su esfuerzo durante años.

Al menos, y en compensación hemos podido ayudarles en parar el golpe que LA SAREB les quiso propinar con la ejecución hipotecaria que les presentó en su día.

Y es que, con la directiva 93/13 y tal y como dice en el DECRETO, en el que hace mención al TJUE, se apunta que el juzgado de primera instancia debió de atenerse a dicha directiva realizada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) EN LA CITADA SENTENCIA DE 26 DE mayo DE 2017.

Cita en su sentencia que: 

«De las cláusulas cuyo eventual carácter abusivo no haya sido examinado en un control judicial anterior del contrato controvertido concluido con la adopción de una resolución con fuerza de cosa juzgada, han de ser conocidas por el juez nacional, bien a instancia de parte o de oficio».

Así pues, lo que el Juez afirmó y como hemos explicado muchas veces ya en nuestra página web, lo que nos viene a decir es que en CUALQUIER EJECUCIÓN HIPOTECARIA se DEBE de mirar si EXISTEN CLÁUSULAS ABUSIVAS tal y como lo dicta la Directiva 93/13 del TJUE.

En este caso, había avaladores PERSONAS FÍSICAS. 

VOLVEMOS A GANAR A LA SAREB. 

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Enlaces que pueden ayudarte:

EJECUCIÓN HIPOTECARIA, LOS BANCOS YA NO QUIEREN TU CASA

TORTAZO A LA SAREB.

NOTICIÓN sobre ejecuciones hipotecarias.

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¿Cuán alta será mi pensión?

¿Qué hay que hacer para cobrar el 100% de la pensión? 

¿Cómo podré obtener una pensión más alta?

 

Llegar a la jubilación siendo autónomo es una preocupación que cada vez esta siendo más generalizada. Aunque estos trabajadores por cuenta propia reúnen otras características para cobrar el 100% de la pensión.

Para poder cobrar una pensión suficientemente alta para el nivel de vida que tenemos hoy en día el autónomo tiene que tener en cuenta dos cosas:

  1.  Lo primero es que, a diferencia de trabajadores por cuenta ajena, los autónomos que han interrumpido su actividad laboral durante los últimos 24 años tendrán reducciones de la base reguladora sin poder evitar el impacto de esos parones, lo que si pueden hacer los trabajadores por cuenta ajena.
  2. La segunda particularidad es la base de cotización de los autónomos. Generalmente se elige siempre cotizar lo mínimo, pero tiene consecuencias sobre el importe de tu pensión, la base de cotización mínima es de 944,40 euros mensuales. 

A resumidas cuentas, cuanto mas alta sea tu base de cotización, mayor será el importe de tu pensión.

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En este punto, es clave que el autónomo sepa que, a partir de los 47 años, se aplican unas reglas diferentes para las bases de cotización que recoge la Seguridad Social:

-Los autónomos con 47 años al inicio de 2021 que tengan una base de cotización de menos de 2.052 euros mensuales solo podrán elegir bases comprendidas entre la base mínima y 2.077,80, salvo excepciones.

-Los autónomos con 48 años o más al empezar 2021 tendrán una base de entre 1.018,50 y 2.077,80 euros mensuales salvo que hayan cotizado al menos cinco años. En ese caso, si su base de cotización anterior fuese igual o menor a 2.052 euros mensuales, podrá elegir bases de entre 944,40 y 2.077,80 euros mensuales. Si su base fuese superior a 2.052 euros mensuales, podrá elegir cualquier base comprendida entre la base mínima y la base que tenían.

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COMISIÓN DE APERTURA, ¡Qué no te tomen el pelo!

TORCEMOS EL BRAZO AL TRIBUNAL SUPREMO.

El TJUE le echa un rapapolvo al Tribunal Supremo. 

Los que nos seguís, sabéis que nos dedicamos a muchas ramas del derecho. Desde divorcios, a casos penales, pero nuestra primera especialidad es la del derecho hipotecario. En este caso, hemos conseguido doblegar al Tribunal Supremo apoyándonos en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Hemos logrado que devuelvan la cláusula abusiva de COMISIÓN DE APERTURA.

Y es que ha quedado reflejado, más abajo podréis leer el extracto de la sentencia ganada. 

COMISIÓN DE APERTURA

La comisión de apertura es una cláusula en el cual las entidades financieras cobraban un porcentaje para conceder un préstamo. Normalmente va entre un 1% o un 2% de la cantidad prestada.

En el año 2015 normalmente los juzgados iban declarando la abusividad de la comisión de apertura con la correspondiente devolución de ingresos para los clientes que lo reclamaban.  Nosotros tenemos infinidad de sentencias ganando la abusividad de dicha cláusula. 

Desde el 2015 hasta el 2019 existen infinidad de sentencias declarándo la comisión de apertura en unos casos abusiva y en otros no.

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Todo esto tuvo su fin con la sentencia del TRIBUNAL SUPREMO. (comisión de apertura). 

Pero sin embargo, un tribunal superior al Tribunal Supremo, que no es ni más ni menos que el TJUE, TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA, (en cuestiones de defensa del consumidor), opina distinto.

Y os pongo la captura de pantalla de la sentencia que hemos recibido y en el cual dice:

Es por ello que seguimos la misma linea que el TJUE. Así  defendemos a los consumidores basándonos en las directrices que marca la Unión Europea. Defendemos los derechos de los consumidores. De todas aquellas familias que en su momento fueron víctimas, sí VICTIMAS, de una burbuja inmobiliaria que ha dejado sin vivienda a miles y miles de familias.

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RETA O MUTUALIDAD, ¿QUÉ PASA CON NOSOTROS?

¿QUÉ PASA CON LOS AUTÓNOMOS QUE COTIZAN SOLO EN LAS MUTUALIDADES Y NO A LA SEGURIDAD SOCIAL?

¿RETA O MUTUALIDAD?

En estos momentos de incertidumbre y sobretodo para buscar AYUDAS del Gobierno, aun estamos esperando a que se contemple un sector bastante amplio de trabajadores. ¿MUTUA O RETA?

MUTUALISTAS INDEPENDIENTES.

Existen 450.000 trabajadores, entre ellos médicos, abogados, arquitectos y un largo etc… que en lugar de cotizar a la SEGURIDAD SOCIAL, o RETA, cotizan a mutualidades de esas profesiones. En el caso de abogados, puesto que es nuestro sector, LA MUTUALIDAD DE LA ABOGACÍA. Y somos conscientes que muchos de nuestros compañeros que trabajan por libre, muchísimos COTIZAN SOLO EN LA MUTUALIDAD.

Todas estas mutuas están flexibilizando los pagos mensuales para poder retener a sus clientes. Pero… siempre existe un PERO.

NOS ENCONTRAMOS ANTE UN PROBLEMA.

Las medidas que se han decretado por el Gobierno para facilitar a los AUTONOMOS el cobro de su prestación por DESEMPLEO especifica que durante un mes suspenderles el pago de las cuotas mientras esté el período de INACTIVIDAD LABORAL. O más si estamos en un ESTADO DE ALARMA derivado de esta pandemia del COVID-19 y se alarga el período.

Este decreto ha hecho reaccionar a las mutualidades alternativas a la Seguridad Social. Estas ENTIDADES, una decena en total, agrupan alrededor de 450.000 mutualistas en España.

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Son profesionales liberales como hemos dicho, abogados, médicos, ingenieros superiores y técnicos, químicos, arquitectos etc.. que cuando decidieron empezar a cotizar, por así decirlo, escogieron la mutualidad personal al sistema genérico como es el RETA.

No todos los mutualistas usan su entidad como alternativa al RETA, los números oscilan en total en menos de 200.000 sobre esos 450.000 profesionales.

El 70% de los arquitectos solo cotiza en la MUTUALIDAD.

 

Quienes primero establecieron medidas para flexibilizar el pago mensual de las cuotas de sus mutuas, fueron los abogados en la MUTUALIDAD DE LA ABOGACÍA. De 202.000 mutualistas, 70.000 están SOLO en régimen alternativo al de los autónomos. La mutualidad de la abogacía lanzó en mitad del mes de marzo un plan para aquellos que necesiten suspender sus cuotas durante los meses de ABRIL, MAYO y JUNIO.

Quienes se acojan a él podrán pagarlas en seis o doce cuotas a partir del próximo JULIO. La de los letrados es la mayor de las 10 mutualidades alternativas al sistema RETA, y ha marcado el camino para que las demás profesiones «mutualizadas» hagan lo mismo.

Otro «PERO»

Un trabajador por cuenta propia puede elegir cotizar a la mutualidad en lugar de al RETA al inicio de su carrera profesional. Ello es compatible con cotizar también al RETA.

PERO…

si de inicio se opta por la Seguridad Social, la vía de la mutualidad queda PROHIBIDA. Igualmente, si ese profesional se da de baja de su mutualidad para pasarse al RETA, por ejemplo en un momento como el que estamos viviendo, para poder tener ayudas del estado, al pasarse al sistema PUBLICO, no hay vuelta atrás.

NO PODRÁ VOLVER AL SISTEMA MUTUALISTA ni por asomo.

Precisamente uno de los colectivos, como es el gremio de ARQUITECTOS, pidieron también en el mes de marzo que no se DISCRIMINE a los autónomos incluidos en las MUTUALIDADES.

MUTUALIDAD DE LA ABOGACÍA.

Estos profesionales ni se contemplan en un plan estratégico del gobierno en ayudas. Parece que ni existen.

Así también queremos ALZAR LA VOZ también para todos aquellos «acompañantes de AUTONOMOS» que tampoco son ni nombrados, pero que existen.  Por ejemplo, en los negocios familiares, donde el autónomo es, por decirlo de alguna forma, «la cabeza de familia», y el resto, pareja e hijos.. los ayudantes a que funcione el negocio, sea el que sea, pero que por una serie de «causas» solo acompañan al verdadero AUTONOMO.

«es una situación DISCRIMINATORIA», puesto que estos colectivos existen, cotizan, en su sistema alternativo, pero cotizan y pagan sus impuestos. Pero no van a obtener ninguna clase de ayuda aunque su facturación ahora sea de CERO.

Andrés Giordana en su intervención en el PROCESO A LA BANCA. Abogado defensor.

El Consejo Superior coincide con el Ejecutivo en que el «ESCUDO ECONOMICO Y SOCIAL» es necesario para poder paliar las consecuencias devastadoras del CORONAVIRUS. Éste ESCUDO sólo se puede crear a partir de poderes y el dinero público, pero, en la situación excepcional actual, no es posible que ser beneficiario o no de las ayudas dependa del tipo de trabajo que tengas. O bien que por ello, se esté marginando a miles de profesionales. En el caso de arquitectos, el 70% trabaja  por cuenta propia en España. Así que hagan números y verían cómo y aunque este profesional haya COTIZADO, no entra en el plan estratégico de ayudas gubernamentales.

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