Bienes Gananciales. ¿Qué son?

EL REPARTO DE BIENES GANACIALES NO SE REPARTEN AUTOMÁTICAMENTE EN EL DIVORCIO.

Es imprescindible iniciar un procedimiento de «liquidación de gananciales».

Cuando iniciamos una relación de pareja y nos decidimos a casarnos, todo nos parece de color de rosa. A través de los años, se comparte todo o casi todo, desde el pago de la hipoteca, la comida, si luego tenemos hijos,  y un largo ETC…

Pero, ¿qué pasa si hay una ruptura?

Primero decir, que si hay acuerdo entre la pareja, todo es mucho MÁS FÁCIL. No digamos si hay niños de por medio. Pero la realidad es que si no hay acuerdo de la pareja sobre la liquidación de gananciales, ésta deberá de realizarse mediante un procedimiento más costoso regulado en nuestra LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL: El procedimiento para la LIQUIDACIÓN DE LO RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL.

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Este procedimiento tiene dos fases:

Primero, la fase de formación del inventario: Aquí se determinarán los bienes y derechos que integran el activo (inmuebles, terrenos, dinero, etc…) y el pasivo (préstamos y demás deudas de la sociedad de gananciales).

Segundo, la fase de liquidación: Una vez aprobado el inventario, se procederá al pago de las deudas de la sociedad. El remanente constituye el haber de la sociedad de gananciales, que se adjudicará por mitad entre los cónyuges.

También hay que señalar que este proceso es totalmente posible hacerlo al mismo tiempo que el divorcio. Iniciado el proceso de divorcio, cualquiera de los cónyuges puede solicitar la formación de un inventario.

 

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TINSA, y sus TASACIONES.

TASACIONES QUE HAN SIDO UNA ESTAFA.

TINSA «adaptando» números. 

Las TASACIONES fraudulentas no paran de saltar en créditos hipotecarios que se establecieron en la época de la burbuja inmobiliaria.

Entre 2008 y 2016 hubo la mayoría de tasaciones de TINSA puesto que la burbuja del mercado inmobiliario iba a estallar en breve. No sabíamos  en esa época todo lo que iba a pasar en un futuro cercano. Ahora vemos las consecuencias de esas TASACIONES, especialmente las de TINSA.

Qué hizo TINSA durante la burbuja inmobiliaria.

Utilizó el METODO DE COMPARACIÓN.

El sistema utilizado por la tasadora es el mismo en todos los casos analizados. La entidad financiera ofrece la «tasadora» que valorará la vivienda a hipotecar a través del método de comparación. Un sistema que el Tribunal Supremo ya ha declarado su ineficacia en una reciente sentencia contra las valoraciones de los justiprecios expropieatorios en la Comunidad de Madrid.

 

Con ese mecanismo, la sociedad de tasación debe buscar al menos seis compraventas u ofertas de venta de viviendas con características similares. Una vez hecho esto, ver los precios, deshecha aspectos especulativos y con sus precios, hacer una  MEDIA PONDERADA que dará como resultado el valor de la vivienda a TASAR.

A partir de este análisis, en 2016 la Fiscalía de Madrid encontró varios casos que realizaban el mismo patrón.  Se trata de inmuebles testo donde el tasador afirma haber analizado un bloque de viviendas donde en realidad hay un solar, números de calles que no existen, alteración de los m2 de una vivienda para aumentar su precio, etc. y que no se puede acreditar de donde salieron dichos datos. Es decir, son inventados en la mayoría de los casos de este tipo.

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La analítica es un muestreo realizado a partir de los datos ofrecidos para cada vivienda por la Dirección  General del Catastro, que permite comprobar los m2, la antigüedad y las características del inmueble que supuestamente la tasadora habría analizado, pero que realmente no ha hecho.

Y que conlleva estos hechos realizados SUPUESTAMENTE por la tasadora. ¿se dan por válidas?

Como hemos visto, las tasaciones se hicieron con doble finalidad: Primero establecer un valor de tasación a efectos de subasta, y después, servir asimismo de referencia de valor para las operaciones que la entidad haga posteriormente en el mercado de títulos valores respaldados por esas hipotecas (Titulizaciones).

Creemos que el mecanismo de fraude esta claro.

El banco o entidad financiera que concede el préstamo necesita que el deudor CREA que tiene entre sus manos una vivienda cuyo valor es mucho más alto de lo que realmente vale, y de esta manera sortea las posibles reticencias de su cliente a adquirir un bien que probablemente no pueda pagar.

(La casa es cara, pero como vale mucho, pues si no puedo pagarla, la vendo y al menos saco la diferencia)

Así también nos hemos encontrado ya varios casos en los que las TASACIONES han ido a la baja. ¿porqué? la razón es para que la entidad financiera que ya tiene a su cliente «atrapado» en su sistema hipotecario y que por situaciones tales como la BURBUJA INMOBILIARIA y la PANDEMIA, ahora han tirado las tasaciones a la baja para OBLIGAR supuestamente, (claro), a su cliente a realizar más novaciones, o incluso tener que agregar más inmuebles como avales de una nueva novación.

No es el primer caso en el que nos encontramos con una tasación a la baja para «enfangar» aun más al deudor y obligarlo a aportar más inmuebles para ASEGURAR su crédito hipotecario.

No dejamos de creer que puede también tratarse de un delito de ESTAFA tal y como se estableció la Fiscalía de Madrid en 2016. En este caso fue contra Unión de Créditos Inmobiliarios, Santander de Titulización y Valtenic, S.A,

 

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La Burbuja inmobiliaria pasando factura.

NEGOCIOS QUE SE HAN VISTO ATRAPADOS POR LA BURBUJA INMOBILIARIA.

Ahora la burbuja inmobiliaria nos pasa factura. 

Cuando ya se supone que empezamos a despegar, nos encontramos en los juzgados a muchos negocios que ya no pueden sufragar gastos. Y es que la pandemia, la antigua crisis económica, y burbuja inmobiliaria va pasando factura. Si eres uno de esos pequeños-grandes empresarios que ha intentado por todos los medios subsistir pero no ha podido, este artículo te interesa.

Si bien con la crisis económica, la burbuja inmobiliaria y para rematarnos, vino la pandemia, muchos negocios han aguantado estas tres tormentas todo lo posible, pero existe una realidad.

LOS BANCOS NO PRESTAN DINERO A QUIENES LO NECESITAN. 

Los bancos NO PRESTAN DINERO A QUIENES LO NECESITAN, sino todo lo contrario, cuando lo hacen es para «embarcarte» a otros préstamos que quizás no necesitas, pero que ELLOS y su DEPARTAMENTO DE RIESGOS acredita que es una buena oportunidad (habría que ver para quién).

Tenemos la creencia que los BANCOS o ENTIDADES FINANCIERAS son profesionales del sector y que a sus clientes les van a OFRECER operaciones suculentas para invertir y ganar dinero (CON ELLOS, nada más lejos de la verdad). Si en una operación económica alguien gana, es el banco. Quitate de la cabeza que «me conocen», «somos amigos», etc.. si no has visto al director del banco entrar a cenar en tu casa, o pasar unas vacaciones contigo, NO ES TU AMIGO. (entiéndelo).

EL DIRECTOR o EMPLEADO DEL BANCO NO ES TU AMIGO, ES UN EMPLEADO COMERCIAL QUE TE VENDE PRODUCTOS FINANCIEROS lanzados en la Burbuja inmobiliaria

Este fue uno de los peores errores de la crisis económica y la burbuja inmobiliaria. Pensar y creer que la persona que estaba detrás del mostrador, o de la mesa del banco, era nuestro amigo y PODÍAMOS CONFIAR. Nada más lejos de la verdad.

En fin, ahora gracias a esa confianza de años anteriores concedida, vemos en la actualidad, negocios en quiebra, o casi en la bancarrota. ¿mala gestión? puede ser. Pero también y lo más probable es que el banco nos ofreciera unos productos caducos en los que ellos sabían de sobra que no podríamos sufragar. Y si le sumamos la pandemia, ha sido lo que nos ha dado el remate para que tengamos que cerrar nuestro negocio.

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El IMPAGO DE HIPOTECA es lo más habitual a lo que no hemos podido hacer frente, y ahora nos damos cuenta que nuestro negocio también tiene CLAUSULAS ABUSIVAS, entre otras TASACIONES infladas o bien a la baja para poder «enganchar» más propiedades y BLINDAR de esta manera la operación a FAVOR del banco.

Si tienes un negocio familiar y no puedes hacer frente a la hipoteca, puedes contactar con nosotros para que te asesoremos. Somos especialistas en el sector.

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GANAMOS AL ICAM

CONSEGUIMOS QUE SE DESESTIME UN RECURSO DEL ICAM CONTRA UNA INCAPACIDAD ABSOLUTA DE NUESTRA CLIENTE. 

El ICAM le quitó la pensión de incapacidad absoluta a nuestra cliente.

El 1 de diciembre de 2021 el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, lo que conocemos como ICAM, quitó la pensión de INCAPACIDAD PERMANENTE en grado de ABSOLUTA, realizamos la demanda correspondiente y ganamos al ICAM, teniendo  éste que restablecer la pensión que le habían quitado de 1713,02€ con mejoras.

Después el ICAM recurrió a esta sentencia. Si algo sabemos del ICAM es que quita pensiones a discreción sin pararse a pensar en la gravedad que pueda ocasionar a las personas. De hecho, en este caso, se acogieron a UNA SOLA PALABRA de todo el expediente médico, en el que ponía … «que tenía una mejora en estos últimos años» para quitarle la pensión de incapacidad absoluta.

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Es decir, si tienes una pensión de incapacidad, no dudes en que pueden quitártela en cualquier momento, ya que el ICAM decide si tu situación ha mejorado o no dependiendo de lo que «entiendan» en los informes médicos  más actualizados. (ojo con esto).

Esa es la primera reacción del ICAM, luego claro está, haciendo la correspondiente demanda, se trata de recuperar la pensión que en un principio se otorgó, y que el ICAM agarrándose a cualquier párrafo de los informes médicos, estipule que haya alguna mejora de la persona. Es por ello que hicimos la contestación y al final el Juez estipuló que el ICAM no tenía razón a la hora de afirmar que había tenido una mejora nuestra cliente, y que por ello se debía de extinguir la pensión. Así que, ahora nuestra cliente además de seguir cobrando su pensión, deberá de cobrar los atrasos de todos los meses que el ICAM le quitó la pensión.

En este caso, en la sentencia se recoge que : «las pruebas que sirvieron para la declaración de invalidez realizada en 2017 por lo que no puede considerarse que haya variado las limitaciones funcionales tenidas en cuenta, como decimos, para declarar a la trabajadora en la situación de invalidez discutida. Así que la resolución debe ser la desestimación del recurso y la confirmación de la sentencia en todos sus términos al deberse descartar necesariamente la infracción de los preceptos legales alegados.» 

 

Al final, logramos recuperar la pensión de incapacidad absoluta de nuestra cliente.

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