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ENDESA CORTA LA LUZ EN 30 DÍAS Y NO ACEPTA PLAN DE PAGOS. 

Esta semana ENDESA ha pasado de las amenazas a los HECHOS.

Ahora, ENDESA corta la luz a las familias que no puedan pagar la TOTALIDAD DE LA MULTA EN 30 DÍAS. 

¿COMO LO HACEN? ¿CUAL ES SU PLAN?

Básicamente consiste en desglosar la MULTA en varias, dando así diferentes importes. Aunque fijaos que son todas las facturas del mismo mes. ¿Cómo se pueden pagar cuatro facturas de luz del mismo mes? 

En este caso se trata de una familia a la que le llegó la factura el día 30 de enero de 2020, y a día 24 de febrero le han quitado la luz por falta de pago.

Obviamente esta familia no tiene casi los 6000 euros que le reclama ENDESA de una supuesta ANOMALÍA en el contador.

Es decir, le llegó la factura el día 30 de enero y le dieron un plazo de menos de 30 días para pagar la factura. Ahora tiene un nuevo plazo de 60 días para pagar.  En caso contrario le darán de baja definitiva al suministro eléctrico, con las consecuencias que eso contrae.

¿QUÉ CONSECUENCIAS SON?

Aparte de tener que pagar todo lo que ENDESA reclama para restablecer el suministro eléctrico, tendrían que tramitar un ALTA NUEVA, con todo el coste y tiempo que supone. Eso quiere decir que tendrían que hacer la instalación eléctrica  COMPLETA a la normativa vigente a día de hoy para poder obtener DE NUEVO el boletín AZUL. 

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AHORA EXPONEMOS OTRO CASO DE ANDALUCÍA. 

 

En este caso el MINISTERIO DE INDUSTRIA, dependiente de la Junta de Andalucía, es más serio a la hora de trabajar si se compara con «el Ministerio de Industria Bananero de la Generalitat de Cataluña». ¿Por qué decimos esto?

Porque en el Ministerio de Industria dependiente de la Generalitat de Cataluña, ante los reclamos de las familias, le dan la razón a ENDESA sin realizar NINGUNA comprobación.

En cambio en la Junta de Andalucía, al menos, se le ha exigido a ENDESA una serie de documentación. Por ejemplo, requerir a ENDESA si se ha presentado alguna denuncia por el DELITO DE DEFRAUDACIÓN DE FLUIDO ELÉCTRICO.

(Recordemos qué ENDESA TIENE LA OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR LOS DELITOS DE FLUIDO ELÉCTRICO, y si no lo hacen estaría ENDESA cometiendo un DELITO DE ENCUBRIMIENTO).

 

Nuestra sorpresa fue la respuesta que le da La Compañía eléctrica  a la Junta de Andalucía, en la que se alega que el Real Decreto 1955/2000 no dice nada de DENUNCIAR el SUPUESTO DELITO, que la Junta de Andalucía no hace NADA.

Nosotros decimos que,

PRIMERO, el código Penal, esta por encima Del Real DECRETO 1955/2000. Y SEGUNDO, que ENDESA no presenta la DENUNCIA no porque no lo diga el REAL DECRETO sino porque NO TIENEN PRUEBAS FEHACIENTES DE LA SUPUESTA DOBLE ACOMETIDA de las familias envueltas en esta problemática.

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