LA INCAPACIDAD PENDE DE UN BUEN INFORME MÉDICO

COMO CONSEGUIR LA INCAPACIDAD. UN BUEN INFORME MÉDICO PUEDE AYUDARTE A CONSEGUIRLO. 

¿CÓMO LA CONSIGO?

Al finalizar este artículo te dejamos unos enlaces en los que podrás obtener información sobre el tema de incapacidades y tipos. Aquí te dejamos uno:

Primero de todo, decirte que es un trámite costoso y duradero. No se determina de hoy para mañana, ni tampoco en el transcurso de un mes.

Empieza a pedir informes médicos: 

No hay nada sin informes médicos, y no sólo que determinen la visita en sí al médico, sino que DIAGNOSTIQUEN fehacientemente una sintomatología y la enfermedad.

Existe una realidad, y es que a los médicos les cuesta muchísimo escribir en un INFORME MÉDICO, que tienes tal o cual enfermedad y además, y porqué no, poner por escrito lo que supone.

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Si, si!! ESTO TIENE QUE CAMBIAR. 

No me pregunten el por qué, pero a los médicos no se les da bien escribir informes. «Te escriben informes a petición del paciente». Que significa que:

«A quien corresponda: el paciente Fulanito de tal me ha pedido que escriba esto en un papel, pero yo no tengo nada que ver»

Es entendible en situación del médico, no a todo el mundo le puedes hacer un informe en donde puedas escribir lo que le la gana a un paciente. Pero ni tanto, ni tan poco.

Recibimos a muchísima gente que tiene problemas de salud graves. Y aun así, el INSS y los médicos de la seguridad social, se lavan las manos. Aun estamos esperando al médico que tendrá el coraje de escribir un informe con pies y cabeza, en donde JUSTIFIQUE y ACLARE que realmente el paciente al que visita desde hace años, realmente NO PUEDE TRABAJAR.

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Obviamente, así no hace falta que lo escriba, pero sí que en las manos de médicos queda que se realice un buen informe con la sintomatología que esta padeciendo no cualquier paciente, sino SU PACIENTE.

Ese que conoce y trata desde hace años. Ese mismo que esta en su consulta con un LUPUS galopante, con CANCER o con una problemática de salud importante, tanto que no le permite trabajar.

Así que, desde aquí y para cualquier médico que nos esté leyendo, esperamos un buen informe algún día en el que describa la sintomatología, las patologías y todo lo que conlleva cualquier enfermedad en un paciente concreto. No sé si me explico.

LOS ABOGADOS NO SON MÉDICOS.

 

Así es, los abogados a la abogacía y los médicos a la medicina. Cada uno en su campo es muy importante. Así que si los médicos hacen su trabajo, y nos plantan un buen informe de su PACIENTE, ese que conoce de toda la vida, ayudará al letrado a relatar una buena demanda y a realizar los trámites necesarios para que una persona que se ve superada por alguna enfermedad, pueda tener una incapacidad.

Así que si estas leyendo este artículo, y has llegado hasta aquí, es que realmente necesitas información sobre cómo obtener tu incapacidad. El secreto esta en unos buenos informes médicos que acrediten las enfermedades que tengas. Actualizados en los últimos seis meses.

Además, también puedes obtener informes médicos de mutua privada, aunque ésta última la consideran menos importante ya que la «estas pagando». Y en un tribunal se considera IMPARCIAL a los médicos del INSS. Cosa que a día de hoy tampoco entiendo ya que los médicos que están por las mañanas en el INSS, por las tardes tienen su consulta privada y firman igual los informes.

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ENDESA NOS PONE UN DETECTIVE

REPRESALIAS DE ENDESA!

NOS PONEN UN DETECTIVE EN NUESTRO DOMICILIO PARTICULAR POR DEFENDER A LAS FAMILIAS.

ENDESA NOS ESPÍA Y NOS GRABA DURANTE 7 HORAS. (que sepamos)

Queremos mostrar este video de nuestro canal de YOUTUBE «abogadoslowcostag.com» en el que enseñamos cómo ENDESA nos ha querido «represaliar».

¿Cómo?

Cortándonos la luz directamente, sin pruebas y además con coacciones y con un detective en la puerta de casa.

En el video de nuestro canal os lo explicamos y queremos que SE DIFUNDA todo lo posible, así que no dudes a la hora de COMPARTIR. ES IMPORTANTE DIFUNDIR LO QUE ENDESA ESTA HACIENDO. 

Aquí te dejamos nuestro video de YOUTUBE, pero te aconsejamos que leas el articulo antes de verlo, hay cosas que contamos que no salen en el video y si te encuentras en una situación similar, te puede servir y MUCHO.

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Creemos que estamos ante un abuso, atropello, violación a la intimidad de nuestros hijos menores de edad, que se ha cometido por parte de ENDESA, el E.C.A. y la empresa RESEN S.L. y ahora además también una empresa de detectives llamada ZENIT.

Ésta última fue la  empresa que contrató ENDESA para que el día 5 de abril viniera UNA HORA ANTES del corte en la luz de nuestra vivienda particular. Es decir, ¿ya sabían que iban a cortar SI o SI?. Y además, ¿para qué se quedó el detective durante siete horas vigilando TODOS nuestros movimientos?.

Tenemos muchas preguntas que caen por si solas. 

Y es que después de que veas el video podrás sacar tus propias conclusiones. Pero huele muy mal que ENDESA nos ponga un detective en la puerta de casa, para demostrar una «anomalía en el contador», cuando lo UNICO QUE LE HACE FALTA ES UNA FOTOGRAFÍA COMO ESTA. 

Fotografía que debe de APORTAR ENDESA para demostrar que hay una doble acometida, o bien una fuga de electricidad.

Desde nuestro HUMILDE despacho, ayudamos a todas las familias que tienen problemas con la hipoteca y los abusos bancarios. De hecho, somos especialistas en este sector. Pero ya hace un año más o menos, que nos vienen muchos casos de familias a las que ENDESA les ha cortado la luz por una SUPUESTA DOBLE ACOMETIDA.

Así que empezamos a ayudar a estas familias, que en demasiadas ocasiones siempre nos contaban la misma historia. Endesa les había cortado la luz directamente aludiendo una «supuesta» doble acometida.

Sin previo aviso, sin oportunidad de reaccionar, con niños pequeños, en plena ola de frío y en demasiadas ocasiones, a las 20h de la tarde.

¿Cuál es la técnica que utilizan?

Endesa utiliza una sub-contrata, en este caso fue RESEN S.L., en otros municipios serán otras empresas particulares. ( no son especialistas).

Esta empresa realiza «batidas» por zonas, pasando la «pértiga»  por las casas particulares y midiendo ( en teoría), entre el cable de la luz general y la luz que pasa por el contador en una hora determinada del día. ( incluídos festivos).

Si hay diferencia entre la medición de la pértiga y el contador, es que EXISTE UNA DOBLE ACOMETIDA. 

Esto también es relativo, ya que desde que estamos en este tema defendiendo a las familias, puede ser una pérdida de fluido eléctrico, un fallo en el sistema, o incluso un error en el contador. Pero nada de ello se contempla. Se da por sentado que es una DOBLE ACOMETIDA si o si.

Seguimos… 

Después lo que debería de hacer la subcontrata de ENDESA es realizar la pertinente fotografía en donde se declara dicha «anomalía» y denunciar.

En lugar de esto, a lo que se dedica la empresa subcontratada por ENDESA es llamar al timbre del domicilio particular y coaccionar a las familias.

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¿Cómo?

Primero, ni se identifican, segundo, ni siquiera van vestidos con la uniformidad de ENDESA ni de ninguna EMPRESA que se pueda uno referir o identificar. Tercero, y la guinda del pastel, te COACCIONAN amenazando. O firmas que tienes una DOBLE ACOMETIDA, reconociendo así UN DELITO, o bien te quitan la luz. 

¿Sabes cuántas familias han firmado con este tipo de coacción? MILES!

NUNCA FIRMES NADA A PESAR DE QUE TE QUITEN LA LUZ. SI LO HACES, RECONOCES UN DELITO Y YA NO PODEMOS DISCUTIR APENAS DELANTE DE UN JUZGADO.  ES MUY IMPORTANTE SABER ESTO!

La razón de la «amenaza» viene porque van a comisión. Si consiguen que firmes, por cada corte «reconocido» cobran unos 90 euros. Y si no lo reconoces 40 euros.

Si no cuela con la amenaza. Entonces ya te dejan sin luz. Y después al cabo de un tiempo, te encontrarás con una factura que te la pasarán por banco. Puede ir desde los 5000 euros hasta los 30.000 euros. Estos son los importes con lo que nos han venido decenas y decenas de familias.

En el video de nuestro canal de YOUTUBE, te contamos cómo calculan la factura-multa que te llegará, si este es tu caso.

Y así es como actúa ENDESA, la subcontrata, y el E.C.A. 

Así que el día 5 de abril nos llegó a nosotros mismos. Viniendo a la puerta de casa hasta 6 personas al domicilio, y una séptima que es el detective privado, que nos estaba grabando desde las 8h de la mañana hasta las 13:30h más o menos.  ( de esto último NO SABÍAMOS NADA hasta esta semana pasada!!! ).

En el video Andrés Giordana lo explica muy bien. Y es que cuando presentamos las «diligencias previas» al Juzgado para ver las pruebas que tenía ENDESA contra nosotros a la hora de demostrar una SUPUESTA DOBLE ACOMETIDA, vimos que no tenían ninguna fotografía demostrando nada. Tan sólo aportaron unas fotografías de nuestro contador.

La supuesta doble acometida, tan sólo constaba en un papel de la subcontrata, en donde ESCRITO A MANO, algún «técnico» ha escrito que había una diferencia. Vamos, como si cojo yo ahora y digo que el vecino tiene una diferencia de amperaje en su contador y lo escribo en una servilleta.  En conclusión, que me lo invento y listo.

Y así ha sido. 

Porque no existe ninguna fotografía de nada. Incluso viniendo seis personas en nuestro domicilio, incluso sacando fotografías del interior de la casa a través de la valla como aquí se demuestra. Han aportado ninguna fotografía de la diferencia de amperaje. Y con lo que se defienden es con la video-grabación de un detective, en donde lo único que se demuestra es un abuso total por parte de estas empresas en un domicilio particular.

Aquí se ven cuatro de las seis personas que había ese día en nuestro domicilio, además del detective que está gravando desde su coche blanco con los cristales tintados de la parte de atrás.

Queremos destacar, que esta gente actúan como «matones». Vienen a tu domicilio, no se identifican, no van vestidos con ninguna uniformidad, ni logotipo de empresa, y se niegan a mostrar credenciales.

Todo ello mientras me sacan una fotografía del interior de mi casa. Con lo cual esa persona ahora puede saber hasta el color de ropa interior que llevo.  Además, mientras, entre ellos, no dudan en hacer muecas y risitas. Ahora ya sabemos por qué. Nos estaban grabando.

La cuestión es QUÉ PRETENDIAN con todos esos abusos. 

  1. Nos cortaron la luz indiscriminadamente y sin preguntar.
  2. Se metieron con la grua (cesta) dentro de la parcela para quitar el cable de 25 metros. Invadiendo una casa particular.
  3. Ninguno de las seis personas se identificaron, ni mostraron ninguna credencial
  4. Nos coaccionaron.
  5. Provocaron a más no poder para que tuviéramos una reacción violenta a sabiendas que lo estaban grabando todo.

ES ESO LO QUE BUSCABA ENDESA??? Porque no hay otra explicación ni motivación para que un DETECTIVE privado escriba en un informe: «nos quedamos a la espera de la reacción».

POR FAVOR, DIFUNDAN ESTE ARTICULO WEB. COMPARTE ESTE POST POR REDES SOCIALES. ES IMPORTANTE QUE SE SEPA LA FORMA DE ACTUAR DE ENDESA. 

NO VAMOS A PARAR!

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ENLACES DE INTERES:

ENDESA estafa!!

ENDESA Y EL E.C.A. IMPUNIDAD TOTAL PARA CORTAR LA LUZ

URGENTE!!! ENDESA EXTORSIONA A LOS VECINOS.

EL ABUSO DE LAS ELÉCTRICAS A JUICIO.

ENDESA A JUICIO

Si te encuentras en esta situación no dudes en contactarnos. Rellena el siguiente formulario para ponerte en contacto con nosotros, dejar tu mensaje o hacer tu comentario. 

 

 

 

 

INCAPACIDAD PERMANENTE Y EL ICAM.

RESUELVE TUS DUDAS SOBRE LA INCAPACIDAD PERMANENTE.

¿QUÉ SON CADA UNA DE ELLAS?

La incapacidad permanente. 

La incapacidad permanente es la situación de un trabajador, que tras haber estado sometido a un tratamiento prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales GRAVES. Éstas deben de ser susceptibles de determinar objetivamente, y además tienen que tener el rasgo de ser previsiblemente DEFINITIVAS. Deben disminuir o anular la capacidad laboral.

No obstante se puede prever la recuperación de la capacidad laboral, si dicha posibilidad se estima médicamente hablando como incierta o a largo plazo.

La incapacidad permanente total

La incapacidad permanente total para la profesión habitual es aquella que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de dicha profesión. Eso sí, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.

Los Tribunales han establecido una serie de criterios para calificar la incapacidad permanente como total.

Criterios para calificar la incapacidad permanente como total:

  • La valoración de la incapacidad permanente «ha de realizarse atendiendo fundamentalmente a las limitaciones funcionales derivadas de los padecimientos del trabajador».
  • Han de ponerse en relación las limitaciones funcionales resultantes, con los requerimientos de las tareas que constituyen el núcleo de la concreta profesión.
  • La aptitud para el desempeño de la actividad laboral habitual, de un trabajador, implica la posibilidad de llevar a cabo todas o las fundamentales tareas de la misma, con profesionalidad y con unas exigencias mínimas de continuidad, dedicación, rendimiento y eficacia.
  • No es obstáculo a la declaración de tal grado de incapacidad el que el trabajador pueda realizar otras actividades distintas, más livianas o sedentarias, o incluso pueda desempeñar tareas menos importantes o secundarias de su propia profesión habitual o cometidos secundarios o complementarios de ésta.

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¿Cuál es la profesión habitual?

La norma entiende por profesión habitual, en caso de accidente, sea o no de trabajo, la desempeñada normalmente por el trabajador al tiempo de sufrirlo.

En caso de enfermedad común o profesional, es aquella a la que el trabajador dedicaba su actividad fundamental durante los doce meses anteriores a la fecha en que se inició la incapacidad temporal de la que deriva la incapacidad permanente.

Los Tribunales han señalado que la profesión habitual no es la que coincide de forma esencial con la labor específica que se desarrolla en un determinado puesto de trabajo, sino que es aquella que el trabajador está cualificado para desempeñar y a la que la empresa le haya destinado o pueda destinar en movilidad funcional.

La incapacidad permanente se declarará tras una valoración conjunta de las actividades que caracterizan a dicha profesión habitual.

En este sentido, los Tribunales sostienen que en la resolución de una demanda de incapacidad no solamente se han de tener presentes las funciones o tareas concretas que el trabajador desarrollaba, sino todas las que integran objetivamente la profesión.

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