BITCOINS, ¿LAS NUEVAS PREFERENTES?

LAS CRIPTOMONEDAS, BITCOINS, ¿SERVIRÁN PARA ESTAFAR A MILLONES DE PEQUEÑOS INVERSORES?

Encabezado de la Sentencia del Tribunal Supremo sobre los BITCOINS

 

Con esta sentencia, que aunque parezca una cuestión menor de un caso particular, podemos  sacar muchas conclusiones SOBRE LOS BITCOINS, que se esconden entre lineas.  Con esta sentencia se puede abonar el terreno para una MACRO-ESTAFA, por parte de las entidades financieras.

Antes de entrar en el fondo de la sentencia, queremos mostrar qué a través de plataformas virtuales como COINBASE,  es promocionada por el mismo BBVA para la compra-venta de BITCOINS.

PÁGINA COINBASE. Compra y venta de BITCOINS

¿SERÁN LOS BITCOINS LAS NUEVAS «PREFERENTES»?

 

Aquí vemos como el BBVA forma parte de esta plataforma.

 

Ahora ya entrando en materia, vemos que en la sentencia del Tribunal Supremo, encontramos un párrafo que es realmente escandaloso. Todo esto puede dar mucho de si, analicemos:

Parte de la Sentencia, concretamente en su página número 7.

 

Las dos primeras palabras, resultan terroríficas. «AUN CUANDO».  Lo que aquí nos está indicando el Juez Pablo Llarena es que a la totalmente consolidada doctrina del Tribunal Supremo en el caso de los BITCOINS, va a ser una excepción.

Y no sólo una excepción, sino que todo va a seguir igual, excepto para las criptomonedas, BITCOINS.

Lo que nos dice la doctrina del Tribunal Supremo es que siempre ha de restituirse el «objeto de un delito», en caso de robo o estafa. Es decir, que se tiene que devolver dicho dinero, u objeto.

Según ésta Juez, en éste caso no puede devolverse, puesto que el BITCOIN sea algo susceptible de ser retornado, o devuelto. Ya que no estamos hablando de un objeto material y que tampoco tiene la consideración legal de dinero.

¿Por qué decimos que se puede estar preparando una MACROESTAFA tipo PREFERENTES?

 

Pensemos por un momento, que una persona compró 10 bitcoin en el año 2015, por 10.000 euros.  Esos BITCOINS en la actualidad, están sobre los 100.000 euros. Es decir, se ha incrementado un patrimonio de 90.000 euros.

Esos 100.000 euros, nuestro animado inversor los tiene dentro de la plataforma virtual, como COINBASE.  Si él quisiera cambiarlos por euros y llevárselos a su casa, podría hacerlo. Los cambiaría y listo.

Ahora bien, esta plataforma, COINBASE, que tiene sus activos líquidos, los utilizara para comprar otra clase de producto que no sean BITCOINS. Por ejemplo, acciones de empresas, o crear fondos de titulización… etc.. entre otros.

Si en un determinado momento, esta plataforma quiebra, y se va a la banca rota, lo normal sería que nuestro animado inversor, recuperara sus 100.000 euros. Que son el precio que estaba cotizando en el momento del cierre de la plataforma COINBASE.

Aquí es donde entra en juego esta sentencia, del Juez Pablo Llarena. Esta sentencia marca que ha de devolverse el dinero, pero JUSTO EN EL MOMENTO DE LA TRANSACCIÓN ORIGINAL DE COMPRA DE LOS BITCOINS, esos son los 10.000 euros originales, pero nunca los 100.000 euros en los que estaban cotizados en el momento del cierre.

¿TODO PREPARADO PARA UNA POSIBLE ESTAFA MASIVA?

Cuando aparecieron las criptomonedas, los bancos se escandalizaron pensando que les arruinaba su particular «chiringuito capitalista». Al cabo de unos años los mismo bancos comenzaron a poner en sus páginas web, la posibilidad de comprar y vender CRIPTOMONEDAS o MONEDAS VIRTUALES como el BITCOIN. 

Y ahora, surge de la nada, una sentencia del TRIBUNAL SUPREMO ESPAÑOL en la cual ya marca doctrina (jurisprudencia), para que en caso de hipotéticos quiebres de las monedas virtuales, los beneficiados sean los propios bancos y los perjudicados, los «animados inversores».

 

OTRA FORMA DE HACER DERECHO ES POSIBLE. 

 

 

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