NOVEDADES! ULTIMA REFORMA DE LA LAU

¿QUÉ PASA SI EL CASERO DEJA DE PAGAR LA HIPOTECA DEL PISO QUE HAS ALQUILADO?

 

Las olas de desahucios siguen y siguen. Es algo que NO PARA, aunque no se refleje en las televisiones. Y ahora también existen más oleadas que son los DAÑOS COLATERALES que hay por causa de la crisis económica y las estafas bancarias. Éstos son, por ejemplo, los INQUILINOS que han alquilado una casa y se queda sin casero por que ha tenido que dejar de pagar su hipoteca.

El inquilino de esa casa que ha alquilado también puede verse afectado indirectamente cuando se queda sin casero.. AHORA con la nueva reforma de la LAU podremos hacer frente a estas situaciones.

Y es que aunque el piso/casa esté alquilado y el inquilino pague religiosamente  todos los meses el alquiler, puede que el propietario se vea inmerso en un proceso de ejecución hipotecario y el inquilino NO LO SEPA. Por todo ello la última reforma de la LAU, nos viene muy pero que muy bien.

Quizás un buen día, venga la policia a la puerta de la casa con la intención de realizar el desahucio del inquilino, creyendo que el inquilino es el propietario. Pero para que esto no pase, se ha realizado la nueva reforma de la LAU, y de todas maneras, para eso hacemos este artículo, hay que estar preparado.

Así que.. en caso de encontrarnos en esta situación, ¿qué hacemos?

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¿Qué es lo que pasa entonces?

NUEVA REFORMA DE LA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS

Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.

EN SU ARTÍCULO 13. dice:

RESOLUCIÓN DEL DERECHO DEL ARRENDADOR 

TRADUCCIÓN:

 

Lo que viene a decir esta nueva reforma de arrendamientos urbanos es que, se deberá respetar el contrato vigente, durante el plazo de cinco años, o bien de 7 años si se trata de una persona JURÍDICA.

Para aquellos casos en los que se hubiese firmado un contrato de por ejemplo, 10 años, la duración de ese contrato, igualmente será de cinco o siete años respectivamente.

Otra cosa que nos dice también, es que a partir de ahora, este Real Decreto Ley 7/2019, es que el INQUILINO tiene EL DERECHO DE RETRACTO CONVENCIONAL:

TRADUCCIÓN:

Que si el inquilino iguala la cantidad de dinero por la que se subastó el inmueble, puede quedarse y comprar la casa. 

 

 

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OTRA FORMA DE HACER DERECHO ES POSIBLE!

 

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ENDESA A JUICIO

ENDESA A JUICIO

SE ADMITE LA SOLICITUD DE PRELIMINARES CONTRA ENDESA

ENDESA SE PASA! Y UN JUEZ LO RECOGE. 

Es una realidad, y no es el primer escrito que hacemos que ENDESA DISTRIBUCIÓN y sus «secuaces» de RESEN ( la empresa que va a comisión por corte de luz) que esta empresa se pasa con los usuarios. No sólo se permiten el lujo de cortar La Luz a cualquiera que ellos crean pertinente, ( tengan razón o no), sino que además se permiten el lujo también de «amenazar» a la gente con la coacción de que si no firmamos que estamos «enganchados» a La Luz, o nos la cortan directamente, tengamos razón o no.

Así que, como están siendo cada vez más los afectados por este tipo de acciones, no nos ha quedado otra que interponer demanda contra ENDESA DISTRIBUCIÓN, y RESEN. 

La primera medida que hemos tomado en los juzgados, ya han sido principalmente realizar una solicitud de unas diligencias Preliminares.

Si quieres ver más información de ENDESA, haz CLICK AQUÍ.

ENDESA ME CORTA LA LUZ
ASÍ QUEDA EL CONTADOR DESPUÉS DE QUE ENDESA PASE. Haz CLICK en el título de arriba para leer este artículo sobre ENDESA ME CORTA La Luz.
¿Qué son unas DILIGENCIAS PRELIMINARES?

Básicamente y hablando en llano, una solicitud hecha desde los juzgados y a través de abogado para que ENDESA DISTRIBUIDORA y RESEN, aporten la documentación necesaria que «dicen» que tienen para ampararse en cortarte La Luz.

¿Y a partir de aquí, qué?

De momento, ya tendremos mucho ganado, puesto que al requerirlo desde un juzgado, más vale que entreguen pruebas SUFICIENTES como para justificar el corte de luz a la brava.

Y ES LO QUE HEMOS CONSEGUIDO

 

En los juzgados se HA ADMITIDO A TRAMITE LA SOLICITUD DE DILIGENCIAS PRELIMINARES, ocasionando así legalmente la documentación para preparar el juicio, ya que será la documentación para una futura situación juridical y al objeto del futuro pleito, y por ello, la finalidad de las diligencias y a las circunstancias del caso concreto.

Es decir, que más vale que tengan pruebas buenas y fuertes para demostrar y justificar el corte de luz. Por que ya tenemos varios casos en los que NO SE DEMUESTRA NADA, y ni siquiera las pruebas que ENDESA aporta directamente a los afectados, significan ni tienen peso como para proceder a un corte de luz.

Aquí te dejamos otro de nuestros escritos sobre el mismo tema.

ENDESA TE CORTA LA LUZ. ES UN DELITO!

OTRA FORMA DE HACER DERECHO ES POSIBLE.

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