CARLOS

Es cierto, y solo por eso, debería el cliente poder elegir el abogado que desee. Quizás así, se garantice una verdadera TUTELA JUDICIAL EFECTIVA. El Art.36.3 ley 1/1996 dice que si gana el solicitante de justicia gratuita y la parte contraria no es condenada a pagar las costas, estas las pagará el que gana, siempre que no exceda de una tercera parte de lo obtenido. Es decir, que si ganas 100.000€ el Abogado de oficio te podría cobrar hasta 33.000€, además, lo que ganas se considera incremento patrimonial (que tributa al 19% hasta 60.000€ y el resto al 45%). Vamos, que entre el Abogado y Hacienda, reza para perder!!. La jugada es perfecta para los Abogados de Oficio que no sepan o no tengan ganas de perder un minuto en tu caso. Solo por designación cobran del Estado y en caso de perder, no tienen que devolver nada, pero en caso de ganar, pueden cobrarte una cantidad, que suele ser 3 veces superior a lo habitual por un Abogado privado que tu elijas. Y solo en ese caso, según el Art.36.5 Ley 1/1996, estarían obligados a devolver lo cobrado por el Estado. Me gustaría conocer una estadística (si la hubiera), de los clientes que están satisfechos con la atención recibida, la profesionalidad y la posibilidad de poder contactar con su abogado del turno de Oficio?. Por desgracia, a día de hoy, no he conocido a nadie satisfecho/a. Si la gente supiera que la mayoría de casos se pierden porque el Abogado no ha prestado la atención debida a la documentación, posiblemente las compañías de seguro, se negarían a hacer seguros de responsabilidad Civil a los Abogados. Ojo!!, no toda la culpa es del Abogado ehhh, que los Secretarios Judiciales y los Jueces también cometen errores a diario, pero a ellos no se les puede pedir explicaciones y creo, que siendo funcionarios públicos de la administración de Justicia, no pueden dictar Autos o Sentencias al “pito pito, golgorito”. Todos sabemos que el Juez firma lo que el Secretario Judicial ha realizado, sin comprobar nada, por lo que si el Secretario comete un error, el error es doble por parte del Juez (in-vigilando). Habría que denunciar con nombre y apellidos a quienes lo hacen mal. Ya está bien de hablar de las administraciones como algo abstracto, cada funcionario tiene una función y es responsable de la misma. Hablamos de Justicia y depende de un Auto o Sentencia JUSTO que a esa persona se le solucione o complique la vida. Al igual que los médicos, la Justicia y la Medicina, juegan con la vida de las personas y el corporativismo, es el cáncer de cualquier profesión. El argumento de que en la Justicia 2 y 2 no son 4 es un argumento que carece de base, es una frase hecha para justificar “finamente” que “hago lo que me da la gana, según me pille el día”. En fin, está claro que no estoy NADA contento con el funcionamiento de la Justicia en España. Pero…, es lo que hay!!.