¿Me pueden embargar?

¿Qué cantidad me pueden  embargar por impago de hipoteca?

No puedo pagar la hipoteca ¿Me pueden embargar?

El embargo de nómina no es una medida común. Normalmente cuando tienes una ejecución hipotecaria suele bastar para liquidar la deuda. Pero claro, puede pasar que la DEVALUACIÓN de tu vivienda puede causar que no quede  del  TODO SALDADA. Es por este motivo que un juez puede recurrir a fijar un embargo de nómina para que la deuda que quede, acabe satisfecha.

De todas maneras, hay unas normas claras para ello.

Los límites mínimos de los embargos de salarios por cualquier deuda están definidos por el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Estos límites para deudas estándar son los siguientes:

  • Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional que en 2019 es igual 900€.
  • Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional se embargarán conforme a esta escala:
    1. Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 %.
    2. Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 %.
    3. Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60 %.
    4. Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75 %.
    5. Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90 %.

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Si el ejecutado es beneficiario de más de una percepción, se acumularán todas ellas para deducir una sola vez la parte inembargable. Igualmente serán acumulables los salarios, sueldos y pensiones, retribuciones o equivalentes de los cónyuges cuando el régimen económico que les rija no sea el de separación de bienes y rentas de toda clase, circunstancia que habrán de acreditar al Letrado de la Administración de Justicia.

Y en 2021,¿Qué importe del salario es inembargable?

A partir del mes de septiembre de 2021, el salario mínimo interprofesional ha quedado fijado en una mensualidad de 965€. Así lo dispone el Real Decreto 817/201, de 28 de septiembre.

¿Cuánto me pueden embargar de una nómina de 1000€?

Teniendo en cuenta que el salario mínimo interprofesional está fijado desde dicha fecha del pasado año 2021 en 965 euros mensuales, vamos hacer el cálculo.

a) Nómina de 1.000 euros mensuales

b) los primeros 965 euros son inembargables.

b) el resto, es decir, los 35 euros que restan hasta los 1.000 euros de la nómina, se le puede embargar el 30%, es decir 10,50 euros.

Conclusión: Percibiendo una nómina de 1.000 euros mensuales sólo podrá embargarse 10,50 euros mensuales.

Embargo de salario nulo cuando se superan los límites legales:

El embargo del salario que supere los porcentajes establecidos en el artículo 607 LEC que hemos visto anteriormente es nulo de pleno derecho. Aunque existen EXCEPCIONES que trataremos en próximos escritos. 

El artículo 609 de la LEC dispone:

«El embargo trabado sobre bienes inembargables será nulo de pleno derecho».

El ejecutado podrá denunciar esta nulidad ante el Tribunal mediante los recursos ordinarios o por simple comparecencia ante el Letrado de la Administración de Justicia si no se hubiera personado en la ejecución ni deseara hacerlo, resolviendo el Tribunal sobre la nulidad denunciada.»

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LA SUBIDA DEL SMI PERJUDICA UN MILLÓN DE PENSIONISTAS

 UN MILLÓN DE  PENSIONISTAS NO TENDRÁ CAPACIDAD DE FINANCIACIÓN.

¿PORQUÉ DECIMOS ESTO?

En pocos días la subida del salario mínimo interprofesional se acrecentará de los 735,90€ hasta los 900€ de esta última actualización.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy que el nuevo salario mínimo interprofesional (SMI) en España será de 900 euros al mes en 14 pagas, lo que equivale a 12.600 euros al año. Esto supone un incremento histórico de esta renta del 22,3%, desde la retribución mínima que se cobra actualmente, fijada en 735,90 euros.

Si tomamos como referencia la Ley de Enjuiciamiento Civil que nos dice que el S.M.I es  inembargable, se traduciría en que:

TODAS LAS PERSONAS QUE COBREN ESA CANTIDAD O MENOS NO SE LES PODRÍA EMBARGAR LA NÓMINA.
SUBIDA DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL

Actualmente el tramo de pensionistas que cobran una nómina entre 735,90€ y los 900€ es de aproximadamente 1.000.000 de personas.

Este millón de pensionistas, a partir del 1 de Enero de 2019, se quedan automáticamente sin acceso alguno al mercado financiero.

Dicho de otra manera, los bancos no les prestarán absolutamente un euro, ya que para las entidades financieras, esas nóminas han dejado de ser «SOLVENTES».

Es decir, no tienen capacidad de solicitar préstamos.

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Con todo esto, no queremos decir que no esté bien que se haya subido el salario mínimo interprofesional un 22%. Pero sí decimos que las pensiones deberían estar ligadas en el mismo porcentaje a las subidas del salario mínimo.

Es decir, las pensiones deberían de haber subido al mismo tiempo para no quedarse atrás.

Es indignante que trabajadores que han cotizado toda su vida a la Seguridad Social, tengan pensiones inferiores al salario mínimo de un trabajador.

Pongamos un ejemplo:

Supongamos un matrimonio de jubilados donde cada uno tiene una nómina de unos 850€, es decir, él de 800€ y ella de 850€. Es decir, que en el hogar de ese matrimonio de jubilados entraría una suma total de 1650€ al mes.

A partir del año nuevo, si quisieran renovar su vehículo y financiarlo. NO PODRÍAN.
Por que?

Por que sus nóminas SON INEMBARGABLES, y los bancos ante una posible «morosidad» su departamento de «RIESGOS» no aprobaría el préstamo.

Otro ejemplo:

Si quisieran alquilar una vivienda, esta pareja de jubilados, tampoco podrían, ya que si el propietario de la vivienda a alquilar quisiera firmar una póliza de seguros de «impagados», no podría asegurarla. Ya que las compañías de seguros no aceptan nóminas por debajo del Salario Mínimo Interprofesional.

A partir de ahora ni siquiera serviría para sacar a plazos una tostadora.

Gracias al Presidente del Gobierno Pedro Sánchez, que aprueba Reales Decretos para quedar de bonito, de un plumazo ha barrido estos derechos a un millón de pensionistas que han pasado su vida cotizando.

SUBIDA DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL

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