UN BUEN INFORME PARA LA INCAPACIDAD

POR FIN UN MÉDICO ESCRIBE LO QUE TIENE QUE ESCRIBIR EN UN INFORME PARA EL ICAM Y CONSEGUIR LA INCAPACIDAD.

Hace unos artículos atrás, escribíamos en esta misma web, la importancia de tener un buen informe médico.

Y por fín, UN MÉDICO, ha escrito de su puño y letra lo que hacía falta. Que es básicamente los impedimentos que le causan a la paciente, tener las lesiones o la enfermedad que le provoca NO PODER DESARROLLAR SU PROFESIÓN HABITUAL. 

 

Se puede apreciar en el informe, que además de describir la enfermedad de la paciente, añade:

» NO PUEDE REALIZAR SU TRABAJO HABITUAL, NI ESFUERZOS NI CARGA DE PESOS». 

 

Este informe, ha permitido que el ICAM se vea en la «obligación» de tramitarle por si sólo la INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL. Ya que es el mismo MÉDICO ESPECIALISTA, el que escribe el informe que NO PUEDE REALIZAR EL TRABAJO de profesión habitual, que en este caso era en una fábrica cargando cajas y pesos durante la jornada laboral.

HAY QUE LLEGAR A ESTOS EXTREMOS para que el ICAM, se vea en la obligación de tramitar la incapacidad. Ya que en los tiempos que vivimos, o en la actualidad, están empezando a »quitarlas» en las revisiones.

Desde ABOGADOSLOWCOSTAG.COM recomendamos, siempre tener los informes médicos al día, actualizados de menos de seis meses. Y como ya íbamos pidiendo, que  los médicos hagan un escrito SIMPLE pero CONTUNDENTE de lo que supone padecer la enfermedad que se tenga.

REALMENTE NO CUESTA TANTO, Y ES MUY ACLARADOR A LA HORA DE TENER QUE IR A LOS JUZGADOS. 

EL MEDICO A CURAR, y el JUEZ a IMPARTIR JUSTICIA. 

Y si cada uno hace su función como debe de ser, el médico sabrá a qué personas puede hacerle un informe sencillo y breve en el que aclare lo que supone la enfermedad de su paciente, ya que es quien lo conoce mejor, y si es el especialista MEJOR QUE MEJOR. Y el Juez, podrá admitir y proceder a la INCAPACIDAD según el dictamen médico.

Es de lógica pura, pero hasta estos extremos hemos llegado.

ENLACES DE INTERÉS: 

LA INCAPACIDAD PERMANENTE PENDE DE UN BUEN INFORME MÉDICO.

EL ICAM ME DA EL ALTA, ¿qué hago?

la incapacidad permanente y el ICAM

EL T.S. dice que podemos reclamar a los bancos.

 

Rellena el siguiente formulario para poder dejar tu comentario, tu mensaje o poderte poner en contacto con nosotros. 

Recuerda escribir bien tu correo electrónico para que podamos ponernos en contacto contigo.

QUE PASA SI TE DENIEGAN LA INCAPACIDAD PERMANENTE

 

TE DAMOS LOS TRES PASOS A SEGUIR CUANDO TE DENIEGAN LA INCAPACIDAD PERMANENTE.

TE GARANTIZAMOS LA MEJOR DEFENSA JURÍDICA 

Cuando te llega la carta  en donde te deniegan la INCAPACIDAD PERMANENTE siempre es una muy mala noticia.

Normalmente el INSS, ya creemos que es por inercia, DENIEGA TODAS O CASI TODAS las solicitudes de INCAPACIDAD. Supongo que juegan con el cansancio de la gente y el desánimo, a no ser que tus lesiones sean de una elevada gravedad y obviamente incapacitantes.

Se deben de tener en cuenta que el dolor y las molestias que a uno le impiden trabajar. Muchas veces es difícil de valorar por parte del EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades), dado que no todas las enfermedades y dolencias presentan claros y evidentes síntomas.

VIÑETA CEDIDA POR S.M.

No significa que, por ello, se haya perdido la posibilidad de que te concedan la INCAPACIDAD PERMANENTE.

Síguenos en FACEBOOK, y danos tu ME GUSTA.

DANOS TU ME GUSTA A NUESTRA PÁGINA.

SIEMPRE PUEDES RECLAMAR LA INCAPACIDAD PERMANENTE

Uno de los primeros pasos que debes hacer es:

LA RECLAMACIÓN PREVIA.

Tanto si el INSS te ha denegado la Incapacidad Permanente, como si te ha reconocido una INCAPACIDAD PERMANENTE pero no estas de acuerdo en el grado que te ha otorgado, lo primero que tienes que hacer es una reclamación previa.

El siguiente paso sería presentar la DEMANDA DE INCAPACIDAD PERMANENTE.

Si después de la reclamación previa el INSS te vuelve a denegar la INCAPACIDAD, lo cual también es frecuente, el siguiente paso es reclamar mediante abogado, que valorará si en tu caso es VIABLE presentar una demanda de incapacidad ante el Juzgado de lo Social.

Esta valoración se debe realizar teniendo en cuenta los aspectos jurídicos además de con un punto de vista médico-pericial.  En caso de presentar la demanda de INCAPACIDAD PERMANENTE tienes 30 días hábiles de plazo desde la notificación de la resolución posterior a la Reclamación Previa.

UN REQUISITO IMPRESCINDIBLE ES ACREDITAR LA INCAPACIDAD.

 

Presentaremos entonces la demanda de INCAPACIDAD PERMANENTE, una vez se celebre el juicio, deberás presentar prueba y acreditar el grado de Incapacidad Permanente que alegas con todos los medios y pruebas médicas de los que dispongas, tales como documentación médica, informes, radiografías, resonancias, … etc.

Se tiene que tener en cuenta que toda aquella documentación que presentemos al Juez deben de ser lo suficientemente fuertes para que pueda anular la resolución del INSS.

Por lo que es IMPRESCINDIBLE además de contar con la declaración de un médico especialista que te proporcione un informe médico completo,  es fundamental para poder recurrir la INCAPACIDAD PERMANENTE.

Luego sólo faltará esperar la resolución del Juez.

SI AUN ASÍ ES NEGATIVA, SE PUEDE RECURRIR.

En caso de que salga negativa la sentencia y no te den la INCAPACIDAD PERMANENTE, puedes seguir iniciando un recurso.

El recurso se presentará ante el TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA o en su caso el TRIBUNAL SUPREMO.

Y en conclusión:

 

Aunque el INSS en principio deniegue una primera resolución por INCAPACIDAD PERMANENTE o la pueda valorar de forma errónea, siempre hay la posibilidad de reclamar.

Si tienes cualquier duda, rellena el siguiente formulario para ponerte en contacto con nosotros. También puedes usar el siguiente formulario para dejarnos tus comentarios sobre este artículo.

VIÑETA CEDIDA POR S.M.

POR QUE OTRA FORMA DE HACER DERECHO ES POSIBLE.