¡¡EL BBVA RECLAMABA 42.000 y acaba pagando 11.500 euros!!! HAY VIDEO JUICIO REAL

EL BBVA ¡DE QUERER COBRAR 42.000 euros, HACEMOS QUE LE PAGUE A UNA FAMILIA 11.500 euros por CLAUSULA SUELO!

¡OS DEJAMOS AL FINAL DE ESTE ARTÍCULO EL VIDEO DEL JUICIO REAL!

 

Recientemente hemos ganado una sentencia por CLAUSULAS ABUSIVAS. Concretamente la famosa «CLAUSULA SUELO» en el Juzgado Especializado de GIRONA. 

Aunque parezca que  ganar a un banco la cláusula suelo no tenga nada de especial, en este caso se trataba de un PROMOTOR. 

¿Qué es lo que ha pasado? 

A continuación explicaremos el caso:

 

Esta familia había contratado un abogado en el año 2014 para que le quitaran la CLAUSULA SUELO, ya que tenía una cuota mensual de unos 1.200 euros, y no podían afrontarla.

En aquel entonces, este tipo de procedimientos lo llevaban los Juzgados en lo MERCANTIL. El resultado fue que GANARON. 

Y como el BBVA apeló a la AUDIENCIA PROVINCIAL,  la familia solicitó pagar la cuota del préstamo hipotecario SIN la aplicación de la cláusula suelo, mientras se resolvía el recurso.

( sería como una especie de «medidas cautelares», algo provisional mientras se decidía finalmente, así que se aceptó).

LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA, confirma la sentencia. 

El Banco no conforme, apela al TRIBUNAL SUPREMO.  Dicho tribunal tira por tierra todo lo logrado por la familia, hasta ese momento, aludiendo que el préstamo hipotecario se había firmado 8 DÍAS ANTES DE LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR (1/2007) y para postre, el TRIBUNAL SUPREMO encima los condenó en costas.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO.
SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO. FALLO.

Es decir, la familia ya habiendo ganado en el JUZGADO DE LO MERCANTIL (donde hay un Juez que dicta sentencia), después ganó en la AUDIENCIA PROVINCIAL ( donde hay 3 Jueces que dictan sentencia).

El BBVA lleva el caso al TRIBUNAL SUPREMO, y éste no solo le da la razón, sino que además condena en costas a la familia.

Osea, que la familia pasa, a deber unos 42.000 euros que era la cantidad que se había ahorrado en CLAUSULA SUELO.

Viñeta por S.M.

Existe una excepción para la NO CONDENA EN COSTAS, y es que tenga «serias dudas de derecho».

Nosotros nos preguntamos, si el Juez de lo MERCANTIL junto con los tres Jueces de la AUDIENCIA PROVINCIAL, fallaron a favor de esta familia,

¿Podría EL TRIBUNAL SUPREMO al menos, no cargar con costas a esta familia?

Por poder siempre se puede, puesto que no dejan de ser personas como nosotros, y si nosotros lo «vemos», la pregunta sería ¿por qué ellos no?

En fin… sigamos.

Automáticamente, el BBVA calculó toda la diferencia de las cuotas de la CLAUSULA SUELO, las que no se habían pagado durante la NO APLICACIÓN de  dicha cláusula suelo.

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Es en ese momento, cuando la familia contacta con nosotros a través de nuestra página WEB. 

Empezamos de nuevo un camino, tras estudiar el caso, consideramos que no existía la llamada «cosa juzgada». Y planteamos la demanda igualmente al JUZGADO ESPECIALIZADO NÚM 3 DE GIRONA.

Esta vez utilizando la LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN y no la de Defensa del Consumidor. 

¿Por qué?

Básicamente por los 8 famosos días que alega el TRIBUNAL SUPREMO y en la que se apoya para darle la razón al BBVA.

También queremos decir, que aunque se trate de un PROMOTOR, no dejan de ser CLAUSULAS ABUSIVAS, así que las defendimos enérgicamente durante el juicio.

Ahora, hace unos días nos llegó la sentencia, que aquí exponemos.

SENTENCIA QUE TUMBA LA CLAUSULA SUELO, EN UN PROMOTOR.
SENTENCIA QUE TUMBA LA CLAUSULA SUELO EN UN PROMOTOR.

¡HEMOS GANADO!

La jueza sentenció, finalmente, que no tenía razón el BBVA y que reintegrara a la familia 11.500 euros de la CLAUSULA SUELO.

Viñeta por S.M (2)
En conclusión,

Esta familia pasó de deber 42.000 euros por la CLAUSULA SUELO que se le exigía pagar, a cobrar 11.500 euros por la misma cláusula. 

 

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AQUÍ TENÉIS EL VIDEO DEL JUICIO REAL.

 

 

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NOTICIÓN! LAS LOCURAS DE BANKIA!!!

¿¿¿MEDIDAS CAUTELARES PARA LOS PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS??? 

Desde nuestro despacho, ya hace tiempo que venimos hablando de los PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS por impago de hipoteca. Y ahora hablaremos de MEDIDAS CAUTELARES.

Este PARCHE judicial, que llevan adelante las entidades financieras, hace aguas por todos lados.

Cuando hace muchos años se desarrolló el procedimiento ESPECÍFICO DE EJECUCIÓN HIPOTECARIA, el mismo tenía todo «bien atado».

Lo que ahora sucede especialmente en las hipotecas firmadas ANTES DEL 2015, es que contienen unas CLAUSULAS que son TAN ABUSIVAS, que impiden que este procedimiento especial, termine con la adjudicación de la casa por parte del Banco, es decir, que te quiten la posesión de tu casa.

Por este motivo, BBVA, La Caixa, BANKIA, están presentando procedimientos ordinarios, es decir un procedimiento común, y obviamente, NO SON IGUALES NI TIENEN LAS MISMAS CONSECUENCIAS.

Por ejemplo, si finalmente la familia termina «condenada» a pagar la totalidad del préstamo hipotecario que le faltaba por abonar, una vez que la sentencia sea firme, ( recordamos que estamos hablando del procedimiento ordinario),  DEJARÍA DE EXISTIR EL PRESTAMO HIPOTECARIO COMO TAL. 

¿Qué queremos decir con esto? ( ESTO ES IMPORTANTE TENERLO CLARO)

 

NO DESAPARECE LA DEUDA, LA DEUDA EN SÍ, SIGUE ESTANDO, PERO SE DESVINCULA TOTALMENTE DE LA VIVIENDA. 

Y ÉSTA SE TRANSFORMA EN UNA DEUDA PERSONAL. Es decir, como si por ejemplo, fuera un préstamo común o personal, SIN AVALISTAS. 

Este hecho que venimos  trabajando desde hace tiempo, BANKIA tomó nota de éstos comentarios que realizábamos en los juzgados, como argumento.

Ahora, BANKIA presenta además del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, unas MEDIDAS CAUTELARES ( Como si de un divorcio se tratara).

En estas MEDIDAS CAUTELARES piden que en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD se inscriba que EXISTE UN JUICIO.

¿POR QUÉ? 

La razón es que las familias NO PUEDAN VENDER LA CASA cuando el préstamo hipotecario deje de existir como tal. 

 

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Esta es una de las NUEVAS estrategias que están empezando a implementar las entidades bancarias contra las familias. La ejecución hipotecaria no les fue suficiente, luego atacan por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, y cuando ven que éste tiene sus «fallos» ( para ellos claro), y que podemos tener una buena vía para empezar a batallar, nos lo acaban de confirmar presentando este escrito que publicamos en este artículo.

MEDIDAS CAUTELARES PARA UN PROCEDIMIENTO ORDINARIO DE EJECUCIÓN HIPOTECARIA????
SI, SEÑOR.

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77-MI EX NO ME DEJA VER A MIS HIJOS

DIVORCIO Y CUSTODIA COMPARTIDA

 

Si a causa de una separación o divorcio, te resulta casi imposible hablar con tu expareja o alcanzar cualquier tipo de acuerdo con el/la.

Entonces es hora de conseguir un buen abogado para solicitar ayuda del sistema judicial.

No somos los únicos que hemos escuchado historias de nuestros amigos que después de un divorcio han tenido problemas con las visitas de sus hijos aun y tener bien explicado un régimen de visitas estipulado por un juez.

Luego, ¿qué no podrá ocurrir cuando ni siquiera se han empezado estas medidas y te ves en la situación de que tu ex no te deja ver a tus hijos?.

Seguro que más de uno que esté leyendo este post le suena de algo. Y es que no es una situación extraña por más dura que nos resulte. Algunas personas utilizan a sus hijos como moneda de cambio.

“Te dejo ver a tus hijos si me pagas la pensión” ( por ejemplo).

 

La verdad es que los asuntos legales pueden llegar a ser complicados y estresantes, por eso mismo es IMPRESCINDIBLE tener un buen abogado que sepa guiarte en todo el procedimiento.

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Es verdad que los tiempos van avanzando y ya la justicia suele aplicar la CUSTODIA COMPARTIDA si se dan ciertas condiciones. Aun así hay que tener un buen abogado para poder llegar a ese paso.

Es ahí donde entramos nosotros, para que puedas conseguir unas condiciones justas y adaptadas a tu nueva situación. Y obviamente intentar conseguir también lo mejor para tus hijos.

Andrés Giordana y Silvia Monfort. Abogados Low-Cost A.G.

Si estas en una situación compleja, donde tu expareja no hace las cosas fáciles y donde no puedes llegar a un buen entendimiento para el bien de tus hijos.

No dejes de ponerte en contacto con nosotros, somos especialistas en el campo y podremos asesorarte de la mejor manera posible.

La única manera que tendrás de ver a tus hijos es con la ayuda de un buen abogado y el sistema judicial, donde se impondrán unas medidas a cumplir por ambos progenitores.

Lo que se llama un convenio regulador, en donde constarán las medidas adoptadas por un juez que se deberán de cumplir a raja-tabla. No cabrán discusiones y por lo tanto debería de haber “cero” problemas.

Cuando ocurre una ruptura en una pareja con hijos, ya se sabe que acaban siendo problemáticas, por eso existen ciertas medidas, como el convenio regulador, donde, como bien dice, se regulan visitas, pago de pensión, vacaciones, y gastos extras que deben de ser atendidos.

 

Si estas a punto de divorciarte o estás pensando en ello, consulta primero con nosotros rellenando el siguiente cuestionario. Nos pondremos en contacto contigo, y te asesoraremos en detalle.