TITULIZACIÓN, abrimos la puerta.

SE ABRE UNA PUERTA PARA RECONOCER EL DERECHO DE RETRACTO Y LA TITULIZACIÓN.

POR FIN UN JUZGADO PIDE QUE SE DIGA LA CANTIDAD POR LA QUE SE HA VENDIDO UNA HIPOTECA A UN FONDO BUITRE.

Siempre hemos escuchado que los fondos buitre han sido los grandes ganadores de la crisis del 2008. Éstos llevan años comprando por migajas las llamadas hipotecas «tóxicas». Pues bien, ya era hora de que un juzgado pidiera al BBVA (INTRUM)  el contrato de cesión de crédito, el importe cedido, la fecha de la cesión y que todo cuadre. La titulización, en este caso también la mencionaremos.

Las entidades financieras llevan años vendiendo nuestras hipotecas a fondos de titulización, o a fondos buitres, o a los fondos buitre comprando a los fondos de titulización…etc. Luego los mismos bancos recompraban estas hipotecas, y así sucesivamente, cometiendo toda clase de atropellos éticos y jurídicos.

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También hemos vivido a lo largo de éstos años bancos malos, bancos fusionados y/o absorbidos por un euro…

Si bien es cierto que ya llevamos ganadas la abusividad de la cláusula de cesión del crédito en decenas de juicios, lo importante aquí es que no sólo hemos ganado la nulidad, sino que tenga efectos prácticos para las familias. Hasta ahora los juzgados venían negando el derecho de retracto, amparándose en que no era una «cesión de crédito», sino una TITULIZACIÓN en bloque.

¿CUÁLES SERÍAN ESTOS EFECTOS PRÁCTICOS?

Por ejemplo, en este caso lo que nos dice es que podríamos saber el importe exacto por el que un fondo buitre ha comprado nuestro préstamo hipotecario. 

SE ABRE UNA NUEVA PUERTA PARA GANAR A LOS FONDOS BUITRE.

Se dan casos en los que se han vendido por un 10%  o un 15% de lo que faltaba por amortizar.

Redondeando, si habíamos dejado de pagar la hipoteca debiendo por ejemplo, unos 100.000€ y el fondo buitre compró nuestra hipoteca por el 10%, significa que el fondo buitre se quedó con nuestra hipoteca por 10.000€.

Primera sesión de PROCESO A LA BANCA. (Sicom)

Es por ello FUNDAMENTAL que sean los JUZGADOS los que requieran a éstos fondos, la escritura notarial de la cesión, y el importe INDIVIDUALIZADO. Como en este caso hemos conseguido.

Y para finalizar una última aclaración, recordemos que la TITULIZACIÓN en bloque siempre había estado considerada por los Juzgados como que NO ERA UNA CESIÓN DEL CRÉDITO. Cosa que SI ES. Por todo ello que ahora con esta nuevo auto, se nos abre una puerta importantísima a considerar y tener en cuenta. Básicamente lo que nunca se ha dado, que es CONSEGUIR QUE LA TITULIZACIÓN sea individualizada y personalizada, que tenga nombre y apellidos, y un importe que siempre se había negado.

OTRA FORMA DE HACER DERECHO, ES POSIBLE! 

Andrés Giordana y Silvia Monfort

 

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VARAPALO DESCOMUNAL A CAIXABANK!

AHORA CAIXABANK TENDRÁ QUE ESPERAR SU TURNO PARA ACUDIR AL JUZGADO ESPECIALIZADO COMO CUALQUIER «HIJO DE VECINO.»

Hemos logrado remediar la mayor injusticia llevada a cabo por las entidades financieras, y el Consejo General del Poder Judicial en el ámbito del mercado hipotecario.

VAMOS A PONERNOS EN SITUACIÓN:

Antes de junio de 2017, cualquier familia que quisiese iniciar una demanda por CLAUSULAS ABUSIVAS,  disponía de todos los juzgados de su ciudad, así también como los bancos. 

¿QUE SUCEDIÓ EN JUNIO DE 2017?

El Consejo General del Poder Judicial creó Juzgados ESPECIALIZADOS para analizar la abusividad de las distintas cláusulas dentro de una escritura hipotecaria. Pero solamente asignó un solo JUZGADO para cada provincia.

Es decir, de todos los Juzgados que puede tener una provincia, sólo atendía un Juzgado para este tipo de temas. Lógicamente a los pocos meses, estos juzgados se colapsaron. Obvio.

En cambio las entidades financieras o bancos, continuaban teniendo a su disposición TODOS LOS JUZGADOS de cada provincia.

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NO PARECE JUSTO, ¿NO?

Pues no, era realmente injusto. Los bancos en pocos meses obtienen sentencias, y en cambio si el que hace la demanda al banco es una familia, pueden llegar a tener hasta tres años de espera. ( todo esto, a causa de designar UN SOLO JUZGADO ESPECIALIZADO POR PROVINCIA).

QUE HA OCURRIDO AHORA?

El Juzgado número 2 de OLOT NOS HA DADO LA RAZÓN.

Como bien también se describe en la Sentencia, la DECLINATORIA es el mecanismo procesal puesto a disposición de las partes, para formular alegaciones relativas a la falta de competencia o jurisdiccional de un concreto órgano judicial, para resolver de una pretensión que ha llegado a su conocimiento.

El artículo 63 de la LEC señala: «también propondrá declinatoria para denunciar la falta de competencia de todo tipo».

Es decir, vamos a traducir: 

En nuestro despacho veníamos denunciando esta injusticia solicitando la llamada «declinatoria». Que básicamente significa que el Juzgado número 2 de Olot no es competente para atender este pleito, y ha de enviarlo TAMBIÉN al Juzgado ESPECIALIZADO DE GIRONA, como tiene que hacer cualquier familia en caso de demandar.

SI SE PONEN UNAS NORMAS, QUE SEA PARA TODOS. No solo para unos cuantos.

A continuación en la captura de pantalla, os enseñamos el argumento que utilizamos para conseguir esta victoria.

Este es un importante paso para igualar las fuerzas a la hora de demandar CLAUSULAS ABUSIVAS en nuestras escrituras hipotecarias. En este caso, acabamos de ganar muchísimo tiempo para ésta familia, puesto que si para el banco anteriormente podía ir a cualquier juzgado, ahora tendrá que esperar SI o SI, a que el JUZGADO ESPECIALIZADO se ponga las pilas. Y de esta manera ponerse a la cola, como cualquiera.

 

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Porque creemos que…

OTRA FORMA DE HACER DERECHO ES POSIBLE!

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JUZGADOS DE CLÁUSULAS SUELO…TAN IGUALES Y TAN DISTINTOS

LOS MAL LLAMADOS JUZGADOS DE CLÁUSULA SUELO, EN REALIDAD SON JUZGADOS «ESPECIALIZADOS» EN TODAS LAS CLAUSULAS ABUSIVAS. 

 

CUADRICULA QUE EXPRESA LOS RESULTADOS SEGÚN EL JUZGADO EN CATALUÑA.

 

Por que una imagen vale más que mil palabras.

 

Hemos realizado este esquema como un muestreo de lo que cada juzgado especializado considera como cláusulas abusivas.

Realizamos el ejemplo con tres de las cuatro provincias de Cataluña.

Los resultados que en esta cuadrícula mostramos, son fruto de nuestro trabajo en el bufete. Aclaramos que también las demandas presentadas en cada uno de estos casos, son defendidos de forma idéntica.

Es decir, las demandas están defendidas de la misma manera, y por eso la curiosidad de contrastar resultados.

Este es el motivo que evidencia la DISPARIDAD de criterios en el Juzgado número 8 de Tarragona, respecto a los de Barcelona y Girona.

Nuestra exposición de motivos dentro de cada cláusula es exactamente igual. Luego no podemos evitar preguntarnos, ¿qué es lo que realmente cambia?

Obviamente el CRITERIO DEL JUZGADOR. Pero que no deja de sorprender que el Juzgado de Tarragona, no considera abusivas, TRES CLÁUSULAS.

Explicaremos una por una. 
COMISIÓN DE APERTURA.

En las contestaciones de las demandas por parte de los bancos, no dejaron acreditado que la COMISIÓN de APERTURA, se correspondiera con algún gasto real. Por eso consideramos que el Juzgado de Tarragona se equivoca en el prisma jurídico que utiliza.

VENCIMIENTO ANTICIPADO.

El vencimiento anticipado, ya prácticamente ningún juzgado de España lo considera como válido. Incluso en las demandas por ejecución hipotecaria la mayoría de los jueces lo declaran abusivo y se procede al archivo de la causa. Por eso de nuevo, creemos que en el Juzgado de Tarragona, la Juzgadora se vuelve a equivocar desde el punto de vista de la Ley.

CESIÓN DEL CRÉDITO.

Más incomprensible es por el mismo Juzgado de Tarragona, que no vea que la CLAUSULA DE CESIÓN DE CRÉDITO es una cláusula NULA de pleno derecho, y siga dictando en sus sentencias estimarlo.

¿Qué queremos decir con esto?

Primero que si tienes una casa en Tarragona y estas metido en un procedimiento ordinario o en el procedimiento de ejecución hipotecaria, ya puedes ir «rezando» para que dicha Jueza recabe de nuevo información, la contraste y por fin se dé cuenta de que son tres cláusulas más que abusivas.

Igualmente estamos redoblando esfuerzos para hacer cambiar la postura del Juzgado de Tarragona. Tarde o temprano tendrá que darse cuenta que la doctrina va encaminada en un sentido distinto al que la juzgadora esta fallando.

La esperanza nunca se pierde.

 

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