EL BBVA TIENE TODA LA DOCUMENTACIÓN

EL BBVA APORTA LA DOCUMENTACIÓN Y CON ELLO LAS FACTURAS PARA PODER RECLAMARLAS A FAVOR DE NUESTROS CLIENTES. 

Siempre lo hemos creído, y siempre hemos actuado con contundencia. Pero ni por esas los Jueces lograban que las entidades financieras, aportaran las facturas de lo que habían costado los trámites de las hipotecas.

¿Para qué sirven? 

Respuesta importante de saber. Y es que las facturas de lo que costó formalizar nuestra hipoteca, será el importe que nos tenga que devolver el banco. En este caso el BBVA.

Nunca antes las entidades financieras, como el BBVA, aportaban las facturas. A lo largo de los años, desde que empezó la crisis económica, y se destaparon todos los abusos en los préstamos hipotecarios, que se vienen reclamando a los bancos que aporten las facturas y con ellas el importe de lo que se cobró a los clientes.

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Nunca el banco lo aportaba, ni siquiera con la ORDEN DE UN JUEZ. Siempre decían y/o alegaban que eran los clientes quienes tenían la obligación de tenerlas, y que ellos no tenían ningún tipo de documentación al respecto.

Pues bien.. ahora resulta que el BBVA que tantas veces lo negó.. en este procedimiento, va y las aporta.

OSEA, EL BBVA Y TODAS LAS ENTIDADES FINANCIERAS POSEEN LA DOCUMENTACIÓN DE NUESTRAS FACTURAS CUANDO HICIMOS LA HIPOTECA. 

Y la prueba está aquí mismo.

DOCUMENTO RECUPERADO… ¿DEL BBVA?

 

Así lo dicta el Juez cuando les «obliga» a que aporten las facturas del préstamo hipotecario de nuestro cliente. Hasta ahora nunca habían aportado nada, siempre alegando que ya no las tenían o que se la habían dado en su momento a nuestro cliente.

Ahora, de forma «MAGICA» aparecen y resulta que sí que las tenían.

Lo que nos preguntamos es ¿Por qué ahora? 

Quisiéramos creer que es por que no las encontraban y el banco es un archivo mal gestionado… sería la excusa más barata. Pero realmente lo que creemos ahora, visto lo visto, es que el BBVA ha aportado las facturas para mostrar su «buena fe» ante ESTE Juez.

Sea como fuere, lo más importante es que las han aportado, y con ello POR FIN PODEMOS RECLAMAR TODO AQUELLO QUE NOS COBRARON Y NO NOS TOCABA PAGAR.

Aquí os dejamos un enlace a otra noticia similar y de interés.

Haz CLICK AQUÍ para ver esta noticia en donde explicamos también acerca de las facturas.

Los bancos tienen las facturas y no nos las quieren aportar.

 Ahora sí, una batalla más GANADA!! 

Otra forma de hacer derecho es posible!

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BANCO SABADELL, MÁS ALLÁ DE LA JUSTICIA.

EL BANCO SABADELL NO RESPETA LAS DECISIONES DE LOS JUECES.

¿Por qué decimos esto?

 

Son muy pocas las personas que cuando firmaban una hipoteca, llegaban a obtener las facturas de los gastos de notaría, registro, tasación, y gestora.

Lo más habitual era que el banco nunca las entregara, y el cliente que había «sacado» su hipoteca, tan solo pensaba en irse a vivir a la casa que acababa de comprar.

Nunca nos hemos preguntado si tenemos el derecho de RECLAMAR estas facturas, y hay mucha gente que «entiende» que si el banco no lo da, quizás es porque»no hace falta».

En este país no estamos acostumbrados a reclamar lo que es nuestro. Y muchas veces ni siquiera preguntamos si nos corresponde.

 

Lo que nos dice la ley de enjuiciamiento civil es que hagamos unas diligencias preliminares.

¿Qué significa esto?

 

Las DILIGENCIAS PRELIMINARES, es un juicio para que el banco aporte la documentación. Es un gastador de dinero y obviamente el banco se negaría.

Lo que acostumbra el banco a decir, es que si en el momento de presentar la demanda de CLAUSULAS ABUSIVAS, no tenías las facturas, es tu problema y TU OBLIGACIÓN el aportarlas.  «El banco no las tiene» ( O ESO DICEN, una mentira como una catedral).

¿Qué hacemos desde nuestro despacho?  Y AHORRAMOS UN DINERAL.. por qué no decirlo.

 

En nuestro despacho presentamos directamente la demanda amparándonos en el artículo 281 de la LEC.

En el cual dice: » La prueba tendrá como objeto, los hechos que guarden relación con la tutela judicial que se pretenda obtener en el proceso», lo que nos viene a decir, es que para que se cumpla el principio constitucional de la tutela judicial efectiva, el juez pueda acordar que la parte contraria ( el banco) aporte los documentos necesarios para los hechos que estamos discutiendo en el juicio».

Y también nos amparamos en la Ley 93/13 de defensa del consumidor y en distintas jurisprudencias del TJUE. (Tribunal de Justicia de la Unión Europea).

Recientemente el Juzgado número 29 y el número 50 de Barcelona ( éste último el especializado de cláusulas abusivas), en ambos juzgados nos dieron la razón y le dieron un plazo a las entidades bancarias para que aportasen la documental exigida.

Ambas entidades financieras se opusieron presentando el llamado recurso de reposición, los cuales fueron impugnados por nosotros y desestimados por los dos juzgados.

Así, de esta forma, quedó firme la OBLIGACIÓN de las entidades bancarias a aportar al procedimiento las mencionadas facturas.

Y ¿por qué decimos que el Banco Sabadell va más allá de la Justicia?

 

y ahora viene lo bueno… o ilógico.

El motivo por el cual decimos esto es que el Banco Sabadell ( recordemos … personas que cuidan de personas?¿?¿?¿?) es que ha presentado un escrito al juzgado, que en resumidas cuentas dice, que no van a presentar las facturas por que no les da la gana.

Obviamente el escrito no lo dice de esta forma, pero viene a decir lo mismo pero en palabras más técnicas.

Otra manera de mandar a tomar viento a todo el sistema judicial, pero finamente.

Así que desde aquí queremos hacer saber cómo las gastan en general las entidades financieras.

OTRA FORMA DE HACER DERECHO ES POSIBLE… así reza nuestro lema y el banco Sabadell también le ha dado SU PROPIO SIGNIFICADO.

 

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