NUEVA FORMA DE COBRAR EL AJD.

AJD. NUEVA FORMA DE COBRAR EL AJD AUNQUE EL TRIBUNAL SUPREMO DIGA QUE NO. 

OTRA CLAUSULA ABUSIVA ENCONTRADA. 

 

Como nuestro despacho se caracteriza por ser pionero y seguir luchando contra los abusos bancarios, encontramos que generalmente en la cláusula primera de los contratos de prestamos hipotecarios, que la llamada cláusulas de CONSTITUCION DE HIPOTECA no es nada TRANSPARENTE. 

Viñeta por S.M.

 

Esta clausula contiene un contrato principal y unos contratos accesorios. El contrato principal es el importe que nos prestaron para comprar la vivienda, por ejemplo  pongamos unos 200.000€.

 

La cláusula continua con unos accesorios que son SUPUESTOS Y FUTURIBLES, en el caso de que el cliente no pague la hipoteca, es decir, que esta cláusula sólo se refiere a supuestos hechos que puedan ocurrir en un futuro, y de esta forma el banco se garantiza abusivamente cobrar unas cantidades EXTRAS de dinero. Así lo justifican.

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Por ejemplo, se reservan una cantidad de intereses ordinarios, que pueden llegar a ser unos 10.000 euros. También se reservan otra cantidad sobre el concepto de intereses de demora, que pueden llegar a ser de unos 50.000 euros, y otro ítem más sobre gastos y costas judiciales que podrían llegar a ser unos 40.000 euros más.

 

Entre los 200.000 euros  de la compra de la vivienda, más los gastos extras que incluye la entidad bancaria, que serían unos 100.000 euros más , se nos incrementa la responsabilidad hipotecaria hasta los 300.000 euros.

EL BANCO NOS ESTÁ COBRANDO DINERO DE MÁS. 

 

Ahora, el banco, en vez de liquidar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados, los gastos de notaria, y los gastos de registro, no lo calculan en base a los 200.000€ que nos hayan prestado, sino que lo hacen en base a los 300.000€ que han aumentado de forma injustificada, ya que para eso existe el art. 1911 del código civil. ( que habla de todo esto, osea que no hace falta sumarlo).

 

Esta clausula no tiene transparencia con lo que es abusiva, ya que hemos pagado más de un 50% de más.

Aquí no se discute si el AJD lo tiene que pagar el cliente o el banco.. aquí lo que se discute es que el banco lo calcula de forma fraudulenta e intencionada.

 

Según la plataforma de afectados por la hipoteca de Madrid, sostiene que desde que Felipe González creó en 1993 este impuesto del AJD, calculan que  desde el año 1994 hasta el año 2018, los Ayuntamientos han cobrado doce mil millones de euros en exceso. Dinero que es de los hipotecados.

 

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IMAGEN DEL JUICIO REAL del caso del BBVA.

 

En conclusión,

 

Imaginemos una persona que ha pagado durante toda la vida del préstamo, sin atrasarse un sólo día. A la finalización del préstamo hipotecario ¿no deberían de devolverle o reintegrarle ese 50% extra que le han cobrado al principio de la hipoteca?, porque recordemos que es una clausula impuesta tan sólo POR SI ACASO fallamos en pagar la hipoteca. Luego es correcto que nos la tengan que devolver si cumplimos.

 

De todos modos, como es una clausula NO TRANSPARENTE, daría igual que pagáramos o no la hipoteca, en todo caso, nos lo tendrían que devolver por no ser CLARA Y TRANSPARENTE.

 

 

Andrés Giordana y Silvia Monfort.

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