OTRA VICTORIA CONTRA ENDESA

VOLVEMOS A GANAR A ENDESA

Esta semana pasada volvimos a ganar en los juzgados a ENDESA. 

Una vez más ENDESA ENERGÍA SAU es condenada y con costas por NO DEMOSTRAR que nuestro cliente había cometido fraude, que es de lo que se acusaba a esta familia.

La doble acometida sostenida por ENDESA pero totalmente inexistente ha quedado más que demostrado en el juicio.

Endesa no ha podido validar  que con sólo la diferencia de la lectura de los amperímetros NO ES SUFICIENTE para demostrar un SUPUESTO FRAUDE de fluido eléctrico. 

A esta familia se le acusaba de tener una doble acometida en su vivienda. Además, también se le reclamó la cantidad de 6.593,18 euros a «modo» de multa en su facturación y bajo la amenaza de el corte del suministro en caso de no pagarlo.

Finalmente y después de un año de la demanda por parte de ENDESA a esta familia HA QUEDADO SOBRESEÍDO. Aquí os dejamos la captura de pantalla con los datos y la fecha de esta semana pasada.

Una vez más GANAMOS A ENDESA. 

Esta familia en enero del año pasado recibió la demanda y tuvo conocimiento que la acusaban de tener una doble acometida en su vivienda. Se pusieron en contacto con nosotros buscándonos por internet, y encontrando los casos resueltos que teníamos ya anteriores.

Esta familia NO PODÍA PAGAR semejante multa, dictada a través del REAL DECRETO 1955/2000 y se enfrentaban a «amenazas» por parte de la compañía afirmándoles que en caso de no pagar la multa les cortarían el suministro eléctrico. Esto en plena ola de frío y en medio de las fiestas de fin de año y principios de enero.

Esta familia NO TENÍA dicha DOBLE ACOMETIDA, y por lo tanto se veían indefensos totalmente para poder demostrar algo que tan sólo constaba en el ACTA de inspección de la subcontrata de ENDESA. 

Si te encuentras con este problema, no lo dudes y contacta con nosotros a través del formulario de contacto que hay al final de este artículo. Te asesoraremos sin compromiso y te enviaremos un correo para que te suscribas a nuestra web (GRATIS, sin cuotas mensuales). Porque sabemos que la información es fundamental para defender nuestros derechos.

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Influencers, nueva ley que los regulan.

La nueva Ley para regular las actividades de los influencers.

La Ley regulará algunos aspectos de este nuevo colectivo, y aunque aun existen vacíos legales, ya empieza a regularizar los puntos más importantes.

Esta ley lo que primero que hace es estipular un nombre legal, y quiere que se les denomine «PRESTADORES DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL». Eso hace que haya mayor transparencia en los artículos o servicios que promocionan y en los regalos que reciben. INFLUENCERS. 

Ser INFLUENCER es una nueva ocupación profesional. Aunque tiene muchos aspectos que falta regular, como ya hemos avanzado. Eso es algo con lo que la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia quiere acabar con la redacción de una ley que incluya estas actividades en el marco de la comunicación audiovisual. Esto es algo que afectaría a los comportamientos en redes de personajes famosos y demás prescriptores con miles de seguidores.

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LAS REDES SOCIALES se han convertido en una fantástica plataforma de promoción para todo tipo de marcas y empresas.

Esta Ley está en fase de anteproyecto y la prepara la CNMC, pero quiere que se defina un nuevo nombre para estos personajes «famosos» como: «PRESTADORES DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL», y la normativa que deban seguir se incluya en la LEY DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

El incumplimiento de la nueva normativa aporta como sanciones para los INFLUENCERS de hasta 30.000 euros. Además, una vez haya salido adelante, la norma también se encargará de controlar que los productos o servicios que anuncien dichos INFLUENCERS sean de calidad y no resulten engañosos o perjudiciales para el consumidor.

Otro de los puntos que se añadirán es que las estrellas de internet que se presten a estas actividades deberán declarar a Hacienda los regalos que reciban de las marcas a cambio de su promoción.

Si eres INFLUENCER seguro que este artículo te ha interesado, y si tienes contratado alguno también, desde ABOGADOSLOWCOSTAG.COM te informamos de todos los nuevos avances en temas legales que están a la orden del día.

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¿Estafa por internet?

SI HAS SUFRIDO UNA ESTAFA POR INTERNET, NO LO DUDES CONSULTANOS GRATIS.

La aseguradora NO SIEMPRE compensa el robo o la estafa por internet. Lee nuestro artículo.

Tal y como dice el artículo 248 del Código Penal, «… comete estafa el que, con ánimo de lucro, utilice engaño bastante para producir error en otro, introduciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno». Y sigue… «también lo comete el que, con ánimo de lucro, y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consiga la transferencia NO CONSENTIDA de cualquier activo patrimonial en perjuicio de tercero. Así como los que fabriquen introduzcan, posean o faciliten programas de ordenador específicamente destinados a la comisión de las estafas». ESTAFA POR INTERNET.

Se considera «delito de estafa cuando la cuantía de lo defraudado excede de los 400 euros. Si el valor de lo estafado es inferior a 400 euros estaremos ante una falta de estafa.»

Los estafadores estudian a sus víctimas, y buscan a las que pueden ser más vulnerables, así, las víctimas favoritas de los timadores solían ser los turistas, pero en la actualidad estos casos suelen darse en la gente mayor, principalmente, y en segundo lugar los desempleados o personas que tiene más necesidades económicas. Siendo otra de las razones principales del aumento de estos engaños la actual crisis económica.

Muchos sienten vergüenza por haber sido engañados y no solo denuncian, sino que no le cuentan a nadie lo sucedido, quedando la conducta del timador IMPUNE.

LA ESTAFA DEL TIMADOR QUEDARÁ IMPUNE SIEMPRE QUE NO SE DENUNCIE. 

Las cifras reales de la comisión de este tipo de delitos son muy difíciles de averiguar, ya que los timados suelen tener bastante miedo o vergüenza a denunciar.

En relación a las estafas por internet, algunas personas mayores tienen problemas para recordar detalles sobre los ataques, o no disponen de suficientes conocimientos para explicar la naturaleza técnica de los hechos.

Los timos tradicionales conviven con los nuevos, por lo que hay que estar siempre alerta.

Además, es muy importante recordar la importancia de FORMULAR LA DENUNCIA. Y sobretodo, consultar con un abogado para poder llevar a buen fin la reclamación de la denuncia a la aseguradora.

EL PERFIL DEL ESTAFADOR.

Con la experiencia que hemos tenido, el perfil del estafador NO SUELE ACTUAR SOLO. Usualmente actúan entre dos y tres personas, compinchadas, y la idea es la de obtener dinero en metálico en acto. Suele ser muy educados, con buena presencia, hablar con seguridad y se ganan pronto la confianza de su víctima.

Es gente profesional que se suele especializar en estafas y timos predeterminados, por lo que realizan su trabajo de una forma mecánica y muy convincente.

En gran cantidad de ocasiones son desconocidos de la víctima, y desaparecen de la zona o municipio después de cometer la estafa.

CÓMO ACTUAR EN CASO DE SUFRIR UNA ESTAFA POR INTERNET. 

Si has sufrido una estafa por internet, no lo dudes y contáctanos. Para ello tan solo tienes que rellenar el siguiente formulario de contacto que hay a continuación. Es totalmente privado.

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