E-Distribución (ENDESA) recibe un golpe magistral.

ARGUMENTOS LAPIDARIOS de parte del «Departamento de Acción Climática» de la Generalitat de Cataluña en contra de E-DISTRIBUCIÓN. (Endesa).

INDUSTRIA LE PARA LOS PIES A E-Distribución (antes Endesa) Y NATURGY. 

Estamos muy contentos por haber obtenido por fin este resultado contra Endesa. Unos argumentos contundentes y CLAROS en contra de lo que está haciendo E-DISTRIBUCIÓN (antigua ENDESA) con el tema de las «supuestas» dobles acometidas, re-facturaciones desproporcionadas…etc…

Hemos conseguido una resolución inédita y lapidaria contra las empresas de energía eléctrica. Hasta ahora nunca ninguna administración se había pronunciado de esta forma tan contundente.

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Es una resolución tan extensa como demoledora contra E-distribución (la antigua ENDESA) que hemos decidido dividirla en tres artículos consecutivos. (uno por semana) 

Empecemos por el principio y para poneros en antecedentes:

El hecho de ir llevando muchos casos contra E-Distribución en las distintas Comunidades Autónomas, ya que trabajamos por toda España, recordemos que el control a las compañías eléctricas es una competencia DELEGADA EN LAS COMUNIDADES AUTONOMAS. 

En este caso ha sucedido en Girona, en concreto en el Departament de Acció Climática de la Generalitat de Cataluña.  

En esta reclamación, como en las demás que hemos tenido, nos hemos empleado a fondo y son muchos los argumentos que utilizamos para defender a nuestros clientes como corresponde.

Fijaros en esta captura de pantalla que os aportamos seguidamente, es el documento del Departamento de Acción Climática de la Generalitat de Cataluña sobre E-Distribución (Endesa): 

Captura de pantalla del informe del Departamento de Acción Climática de la Generalitat de Cataluña.

Como se puede ver, la empresa de energía E-DISTRIBUCIÓN (la antigua ENDESA) siempre utiliza el criterio residual para cobrar una REFACTURACIÓN a lo que ellos alegaban como «doble acometida». 

Este criterio residual es el que se multiplica la potencia contratada por seis horas por un año. Según el Real Decreto esta formula se utiliza cuando no exista un CRITERIO OBJETIVO. 

Para E-DISTRIBUCIÓN (ENDESA) lo más práctico y más digamos, suculento, es utilizar este criterio residual y no el criterio objetivo.

Como se puede apreciar en la siguiente captura de pantalla, el departamento de Acción climática de la Generalitat de Cataluña recoge las siguientes cuestiones, no tiene desperdicio ninguno de los párrafos.  A continuación de la captura de pantalla, haremos la traducción de lo escrito. 

Captura de pantalla del informe del Departamento de Acción Climática de la Generalitat de Cataluña.

TRADUCCIÓN de la captura de pantalla anterior sobre ENDESA E-Distribución: 

En este sentido, entendemos que el papel de las empresas se debería de limitar a facturar de acuerdo con criterios objetivos para recuperar el coste de los suministros consumidos inadecuadamente. 

Si el que se pretende es aplicar un criterio de cálculo que implícitamente suponga la imposición de una sanción al usuario por el fraude cometido, en este caso, se debería de tipificar legalmente esta infracción administrativa y seguir el procedimiento sancionador por parte de la Administración competente en materia de energía, ya que este procedimiento será el que mejor garantice el derecho de los usuarios. 

Sigue:

Por lo tanto, estaríamos hablando de dos procedimientos diferenciados, uno ejecutado por la empresa distribuidora y dirigido a recuperar el coste del suministro consumido indebidamente mediante la aplicación de criterios objetivos de calculo, y otro ejecutado por la administración competente en materia de energía y dirigido a sancionar y disuadir las conductas fraudulentas. 

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En cuanto a esto, el artículo 64.23 LSE establece como infracción muy grave: «cualquier manipulación de los equipos de medida o de las instalaciones o la no disposición de los dispositivos necesarios, tendientes de alterar la medición de las cantidades suministradas o consumidas o de cualquiera de los conceptos que sirvan de base para la facturación de la energía suministrada o consumida. 

No obstante, esta previsión legal se enmarca en el régimen de inspecciones, infracciones y sanciones delante de empresas, asociaciones de empresas o personas físicas que ejerzan alguna actividad de las previstas a la LSE.  

Por todo esto faltaría incluir un catalogo de infracciones a CARGO DE LOS USUARIOS, y las sanciones correspondientes, juntamente con el que establece para empresas distribuidoras y comercializadoras de electricidad a la normativa estatal del sector eléctrico. 

Y esto no acaba aquí, vamos a dedicar dos artículos más en nuestra web para seguir poniendo todo el contenido que el Departamento de Acción Climática de la Generalitat de Cataluña ha escrito en el documento. Si quieres seguir el tema, no lo dudes y SUSCRÍBETE GRATIS a nuestra web y sigue nuestro contenido.

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Preguntas TRAMPA del ICAM

¿QUÉ TE PREGUNTARÁN EN EL ICAM? 

Estas son las preguntas TRAMPA del tribunal médico o ICAM al pedir una pensión de incapacidad permanente. 

Cuando tenemos cita en el ICAM o el Tribunal Médico, uno de los pasos más importantes es el proceso de saber si vamos a seguir de baja o no. O bien si éste nos prepará la solicitud de una pensión de incapacidad.

Las características de este paso, siempre nos pone nerviosos. 

Cuando vamos a la cita del tribunal médico, o bien como se le llama de forma común el EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades) es importante que la persona de la pensión de incapacidad tenga claro QUÉ es lo que le pedirán. Así como también las pruebas que tengas que pasar antes del dictamen de ese tribunal.

Una de las pruebas que se pasará es que el trabajador deberá de responder a una serie de preguntas que los miembros del tribunal médico le harán. Estas preguntas van con un simple objetivo:

SABER CÓMO LE AFECTA SU ENFERMEDAD O DOLENCIA EN TU VIDA LABORAL Y VIDA PRIVADA/PERSONAL. 

Estas preguntas que te vamos a exponer a continuación son las más comunes, y llevarán a dar una respuesta al tribunal médico, bien afirmativa para la obtención de una pensión permanente o bien su denegación.

Estas preguntas son como una especie de preguntas TRAMPA, y aunque no se hace con mala intención, si buscan dejar claro cuáles son los efectos de la enfermedad o dolencia en la persona que solicita la pensión de incapacidad permanente.

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Lo que el trabajador debe hacer es en NO PONERSE NERVIOSO, estar tranquilo y responder de forma clara y sincera las preguntas. Casi siempre son las mismas, aquí unos ejemplos:

  • ¿cómo te encuentras? 
  • ¿ha mejorado tu estado de salud mientras has estado de baja? 
  • ¿has venido acompañado?
  • ¿en que puesto trabajas? 
  • ¿qué tipo de trabajo o tareas solías realizar a diario?

En cualquier caso, debes de recordarle al tribunal médico bien tus limitaciones, las del día a día, y sobretodo EN QUÉ TE LIMITA ESTA ENFERMEDAD para tu puesto de trabajo.

También tienes que ver que el tribunal médico es solo un paso más de un largo proceso que debe durar hasta 135 días hábiles. El máximo plazo que tiene la Seguridad Social para comunicarte si se te ha concedido la pensión de incapacidad permanente o no ( y en caso afirmativo, con qué grado).

IMPORTANTE RECORDAR. 

Hay que recordar, que la Seguridad Social es la encargada de otorgar o denegar la pensión de incapacidad permanente.  Su dirección provincial correspondiente tiene la responsabilidad de hacerlo y NO EL TRIBUNAL MÉDICO. 

El tribunal médico, cuya opinión aunque no es vinculante, se tiene MUY EN CUENTA por la seguridad social, es decir, en un 80% de los casos es la opinión de éste tribunal el que acaba decantando la balanza hacia dar o no dar una pensión de incapacidad.

Si tienes que tramitar tu pensión de incapacidad, o bien te la han retirado, no lo dudes y ponte en contacto con nosotros rellenando el siguiente formulario.

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ROBAN TU DINERO CON UN SMS. PHISING

NUNCA ABRÁIS UN ENLACE QUE OS MANDEN POR SMS

«EL ULTIMO SMS QUE NOS MANDARON, CASI NOS ARRUINA» – Así nos lo cuenta una familia que contactó con nosotros.

El Phising está de moda, y es que los ladrones cibernéticos están a la última de todo, y se las ingenian de todas las maneras posibles para obtener tus contraseñas.

«Todo empezó cuando recibimos un SMS a nuestro móvil que ponía que era del banco, en concreto el BBVA. Nos decía que nos habían cobrado 580€ de algo que no sabíamos. Claro, la primera reacción es, ¡vamos a ver qué es esto! y abrimos el enlace del SMS, que se suponía que venía del banco».

-«Supuestamente era nuestro BANCO BBVA»-– nos cuentan. Pero enseguida que le dieron al enlace que enviaron apareció la apertura de su cuenta bancaria, en su banco, y le pedían el código de seguridad para poder entrar, es decir, el PIN.

Esta es una pantalla que aparece entre medias, apenas dura unos segundos y pasa a abrir el portal de tu banco. Pero si no te das cuenta, estarás entrando en tu banco en una página de PHISING, es decir que la abrirás y lo harás en el ordenador de otra persona que está esperando ver tu número bancario para robarte todo el dinero.

Siempre que te manden un SMS de tu banco con un cargo o un ingreso que no tienes previsto, cierra todas las pestañas, y abre el banco desde tu APP OFICIAL DE TU BANCO, o bien acude a la oficina en persona. (Phising).

A partir de aquí, a la familia le suplantaron su pin, y no pudieron acceder más a su cuenta bancaria. Tuvieron que ir corriendo a su oficina bancaria para que se bloquearan las cuentas, y no hicieran ningún cargo.

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Desde abogadosLowCostAG.com recordamos, que NUNCA HAY QUE DAR NINGÚN TIPO DE INFORMACIÓN a nadie por teléfono, aunque pregunten por tí directamente, es decir, por tu nombre incluso. Existen bases de datos que recogen nuestros teléfonos, gastos, usos que nos gustan, restaurantes a los que vamos etc… Así que es muy probable que sepan de entrada tu nombre, pero nunca les des tu PIN ni nada a cualquiera que asegure que llame de «BBVA» o de «CÍRCULO DE LECTORES», o «EL CORTE INGLÉS», o de cualquier tienda o establecimiento.

SI DAS TU PIN, O CÓDIGOS DE SEGURIDAD A OTRA PERSONA QUE NO SEPAS QUE ES EL CORRECTO, NO TE VA A CUBRIR EL SEGURO DEL BANCO LA ESTAFA, YA QUE HAS SIDO TU MISMO EL QUE HA DADO LA CLAVE DE SEGURIDAD. (Phising).

Al final, esta familia pudo salvar la situación, y no le robaron nada de dinero en su cuenta, ya que no llegó a abrir el enlace y no dio su PIN de seguridad.

Igualmente, tramitó de nuevo sus tarjetas y cambió las claves de seguridad por si acaso.

Estate al dia de todas las nuevas ESTAFAS que van saliendo por internet y en la vida en sí. Desde AbogadosLowCostAG.com te asesoramos y te informamos de todo, porque toda información es poca, y es nuestra fuerza para las familias.

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