ASISTENCIA JURÍDICA, ¿¿GRATUITA??

ASISTENCIA JURÍDICA ¿GRATUITA?

CUANDO LO BARATO SALE REALMENTE CARO. 

Se «supone» que cuando uno pide Asistencia Jurídica Gratuita, es por que no va a pagar nada, y la asistencia Jurídica te la «paga» el Estado.

NADA MÁS LEJOS DE LA VERDAD. 

SOLICITUD DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA
SOLICITUD ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA.

Aportamos una captura de pantalla de lo que es una SOLICITUD para la Asistencia Jurídica Gratuita. Como podréis ver, una solicitud aparentemente normal, hasta que llegamos al apartado ANEXO A LA SOLICITUD DE LA PERSONA DECLARANTE.

PUNTO NÚMERO 7 DE LA SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA.
En su punto número 7 dice: 

«Que en caso de vencer en el pleito judicial que se derive de la presente solicitud, me VERÉ OBLIGADO A PAGAR LAS COSTAS DE MI DEFENSA y REPRESENTACIÓN según prevé y con los límites del art. 36.3 de la Ley 1/96 de 10 de enero».

TRADUCCIÓN:

Es decir, tu pides un abogado al estado, por que no puedes pagarlo. Hasta ahí todo bien. Luego es cuando dice LITERALMENTE y POR ESCRITO que «ME VERÉ OBLIGADO A PAGAR LAS COSTAS DE MI DEFENSA Y REPRESENTACIÓN» en caso de GANAR y obtener beneficio económico.

Expondremos dos ejemplos de dos casos reales.

Primero: Una persona solicita un abogado de oficio para demandar al INSS. Para que su incapacidad sea reconocida como derivada de un accidente laboral y no de una enfermedad común. Como el INSS alega basándose en una artritis reumatoide.

La diferencia entre la incapacidad sea de accidente laboral o enfermedad común es la cuantía a cobrar de pensión. (Obviamente en la que es laboral la incapacidad será de mayor cuantía). 

En este caso el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, desestima el recurso de la Seguridad Social, y le da la razón a esta persona.

Ahora bien, su abogado de oficio, le pasó una MINUTA DE 8000 EUROS. Calculando un beneficio de la siguiente forma:

Cómo cobraba una pensión de incapacidad de 900 euros, y ahora su pensión se ve incrementada en 400 euros mensuales, pasando de los 900 euros a los 1300 euros al mes.

Est abogado de OFICIO, calculó esos 400 euros mensuales multiplicado por todos los años que a ésta persona le faltan para jubilarse, y de ahí sacó la cifra de 8000 euros.

Es decir, que le cuantifica la minuta por los años que va a cobrar hasta que se jubile. ( contando que viva hasta esa fecha)

CONCLUSIÓN:

Tuvo que solicitar un préstamo para hacer frente al pago DEL ABOGADO DE OFICIO.

El otro ejemplo que expondremos, es el siguiente:

SEGUNDO: Una familia que no pudo pagar su hipoteca, a la cual el banco le había demandado por ejecución hipotecaria, alegó la ya tan conocida, Clausula de Vencimiento Anticipado.

En este caso el ABOGADO DE OFICIO, según nos cuenta nuestro cliente, le calculó todos los años que ha pasado y que pasará a futuro sin pagar un alquiler una vez desahuciado.

Es decir, le multiplicó un alquiler mensual por 7 años a pagar, y le reclamó de minuta 14.000 euros.

No todos los abogados de oficio aplican esta cláusula. Por lo que recomendamos a quienes lean este artículo y hayan tramitado LA ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA, que le pregunten a su abogado de oficio si les va a reclamar una minuta como en los casos que estamos explicando aquí. 

 

Recomendamos fehacientemente que de ser la respuesta negativa, se la pongan por escrito.

PONTE EN CONTACTO CON NOSOTROS RELLENANDO EL SIGUIENTE FORMULARIO.

 

Una respuesta a «ASISTENCIA JURÍDICA, ¿¿GRATUITA??»

  1. Es cierto, y solo por eso, debería el cliente poder elegir el abogado que desee. Quizás así, se garantice una verdadera TUTELA JUDICIAL EFECTIVA. El Art.36.3 ley 1/1996 dice que si gana el solicitante de justicia gratuita y la parte contraria no es condenada a pagar las costas, estas las pagará el que gana, siempre que no exceda de una tercera parte de lo obtenido. Es decir, que si ganas 100.000€ el Abogado de oficio te podría cobrar hasta 33.000€, además, lo que ganas se considera incremento patrimonial (que tributa al 19% hasta 60.000€ y el resto al 45%). Vamos, que entre el Abogado y Hacienda, reza para perder!!. La jugada es perfecta para los Abogados de Oficio que no sepan o no tengan ganas de perder un minuto en tu caso. Solo por designación cobran del Estado y en caso de perder, no tienen que devolver nada, pero en caso de ganar, pueden cobrarte una cantidad, que suele ser 3 veces superior a lo habitual por un Abogado privado que tu elijas. Y solo en ese caso, según el Art.36.5 Ley 1/1996, estarían obligados a devolver lo cobrado por el Estado. Me gustaría conocer una estadística (si la hubiera), de los clientes que están satisfechos con la atención recibida, la profesionalidad y la posibilidad de poder contactar con su abogado del turno de Oficio?. Por desgracia, a día de hoy, no he conocido a nadie satisfecho/a. Si la gente supiera que la mayoría de casos se pierden porque el Abogado no ha prestado la atención debida a la documentación, posiblemente las compañías de seguro, se negarían a hacer seguros de responsabilidad Civil a los Abogados. Ojo!!, no toda la culpa es del Abogado ehhh, que los Secretarios Judiciales y los Jueces también cometen errores a diario, pero a ellos no se les puede pedir explicaciones y creo, que siendo funcionarios públicos de la administración de Justicia, no pueden dictar Autos o Sentencias al «pito pito, golgorito». Todos sabemos que el Juez firma lo que el Secretario Judicial ha realizado, sin comprobar nada, por lo que si el Secretario comete un error, el error es doble por parte del Juez (in-vigilando). Habría que denunciar con nombre y apellidos a quienes lo hacen mal. Ya está bien de hablar de las administraciones como algo abstracto, cada funcionario tiene una función y es responsable de la misma. Hablamos de Justicia y depende de un Auto o Sentencia JUSTO que a esa persona se le solucione o complique la vida. Al igual que los médicos, la Justicia y la Medicina, juegan con la vida de las personas y el corporativismo, es el cáncer de cualquier profesión. El argumento de que en la Justicia 2 y 2 no son 4 es un argumento que carece de base, es una frase hecha para justificar «finamente» que «hago lo que me da la gana, según me pille el día». En fin, está claro que no estoy NADA contento con el funcionamiento de la Justicia en España. Pero…, es lo que hay!!.

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